Comunicado SAT-compensacion de ISR a favor-IETU

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Declaración anual de personas físicas

Compensación del saldo a favor del ISR contra el IETU

Los contribuyentes personas físicas que en su declaración anual correspondiente al ejercicio del 2008, determinen saldo a favor del impuesto sobre la renta e impuesto empresarial a tasa única a su cargo, podrán compensar el saldo a favor contra el impuesto a cargo en la misma declaración, debiendo presentar el aviso de compensación a que se refiere el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.



Última actualización: 07/abril/2009, 17:21, información vigente.

 

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