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    DECRETOS

    • Entre estímulos, galimatías y anacronismos.

      ZFNTE 3

      Con fecha 31 de diciembre del 2018 fue publicado en el DOF el DECRETO de estímulos fiscales región fronteriza norte, mismo que por disposición expresa en el PRIMERO de susTRANSITORIOS entro en vigor el1 de enero de 2019y estará vigente durante 2019 y 2020. El decreto en cuestión no es otro que el que dispone la reducción (en una tercera parte) del ISR causado y la aplicación de una tasa disminuida del 8% en IVA, para contribuyentes con domicilio fiscal o sucursal en la región fronteriza norte, misma que se define en el mismo.

      Como es lógico suponer la aplicación del decreto contempla el dar satisfacción a ciertos requisitos para poder acceder a beneficios contemplados, toda vez que los beneficios se pueden segmentar en dos rubros, ISR e IVA, se disponen requisitos particulares para cada rubro. Así, mientras en ISR se debe solicitar la incorporación a unPadrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte”y se tiene de plazo hasta el 31/03/2019 (Artículo Séptimo) en materia de IVA se deberápresentar un aviso de aplicación del estímulo fiscal a que se refiere el artículo Décimo Primero,dentro de los 30 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto. Adicional a destacar que los contribuyentes conocidos coloquialmente como RIF no pueden acceder al decreto, tenemos la sorpresa, nada grata por cierto, se ha dado el día de hoy para contribuyentes que pretendiendo emitir CFDI con la tasa disminuida de IVA no lo han podido realizar, ya sea utilizando software propio o la plataforma de la autoridad, ya que como no han presentado el aviso referido, aviso que aún no se conoce por no haber sido difundido, resulta en que contribuyentes a los que les será aplicable el multicitado DECRETOel día de hoy no pueden aplicar la tasa disminuida en IVA en sus comprobantes, ¿Cómo lo van a enmendar?, habrá que esperar a que regresen de vacaciones. A continuación el texto íntegro del DECRETO, con algunos "destacados" de nuestra parte.

    • Solicitud de adhesión al Decreto de RFN ¿Sin respuesta?

      ZFNTE 3

      Si eres de los contribuyentes que se ubican en los supuestos de poder acceder a los beneficios del Decreto de Estímulos Fiscales para la Región Fronteriza Norte, si ya cumpliste con enviar tu solicitud de adhesión al mismo vía “Mi Portal” y revisando dicho apartado solo vez pasar con angustia los días mientras que la aceptación o rechazo no llegan, al consultar tu tramite el status solo dice “Activo”, “En proceso” o algo parecido, te recomendamos una vía alterna para verificar si fuiste o no aceptado en el padrón, realiza lo siguiente;

    Encuestas

    Al navegar en sitios "especializados" que esperas o prefieres encontrar en portada;

    Artículos de temas fiscales. - 13.8%
    Artículos de temas laborales y seguridad social - 17.2%
    Artículos de temas contables y financieros - 6.9%
    Todas las anteriores - 58.6%
    Otros - 0%

    Votos totales: 29
    La votacion ya ha finalizado en: %11 %b %2019 - %00:%Jul

    Registro

    Uso Frecuente

    Dólar 14-Ene-2022 (Vie)    
    FIX $20.3118
    Publicación DOF $20.3607
    Para pagos $20.3660
    Euro 14-Ene-2022 (Vie)    
    Tipo de Cambio $23.2641
    TIIE 17-Ene-2022 (Lun)    
    TIIE 28 Días 5.7215%
    TIIE 91 Días 5.8675%
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    Valor $7.113456
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    Recargos 2019    
    Mora 1.47%
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    Frontera Norte $312.41
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    Diario
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