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COPIA FACTURA CERTIFICADA?
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LAS CERTIFICACIONES DE DOCUMENTOS Es el cotejo de un documento, por medio del cual el Notario hace constar que una Copia es exacta a su original o en su caso, a otra Copia Certificada.ya que el notario da fe de su existencia legal y tiene peso juridico..
El notario tiene facultades para expedir todas las copias certificadas que le sean requeridas por los particulares.
Dichas copias certificadas tienen el mismo valor que un testimonio pero la diferencia entre una y otra es que el testimonio es un documento autorizado definitivo por el notario.
Quiere decir que el testimonio es la copia fidedigna de un acta o escritura autorizada definitiva mientras que la copia certificada solo hace constar la existencia de documentales jurídicas que no han sido autorizadas de forma definitiva.
La copia certificada no es inscribible ni como acta ni como documento protocolario. El notario solo puede expedir copia de conformidad a lo que expone el texto del articulo 154 de la ley del notariado.
si tienes esa documentacion certificada es totalmente deducible....
espero haberte ayudado..
Saludos Afectuosos
cpeduardocruzmarquez@hotmail.com
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Porque, la ley en ningun momento dice que el documento sea original, dice que tiene que cumplir con X requisitos.
Ahora bien el decia ademas de estos... y que pasa si no los cumple? son no deducibles? en derecho lo que no esta prohibido esta permitido, por lo que la ley nunca dice que van a ser no deducibles, dice que requisitos deben tener solamente, es decir marca la falta, mas no el castigo.
Saludos
Luis Morales
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Existencriterio aun dentro del mismo SAT, platicando con el administrador de Asistencia al contribuyente de una de las ALR de Monterrey y su Zona Metropolitana el nos comentaba que aun una copia simple debiera ser deducible.
Porque, la ley en ningun momento dice que el documento sea original, dice que tiene que cumplir con X requisitos.
Ahora bien el decia ademas de estos... y que pasa si no los cumple? son no deducibles? en derecho lo que no esta prohibido esta permitido, por lo que la ley nunca dice que van a ser no deducibles, dice que requisitos deben tener solamente, es decir marca la falta, mas no el castigo.
HOLA:
Perdón pero no estoy de acuerdo, sin mayor abundamiento al tema:
Respecto a requisitos para la deducibilidad.
El ART. 31 REQUISITOS DE LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS.
Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguiente requisitos:
Sin lugar a dudas la Ley dice que para que sean deducibles deberan reunir los requisistos
y enumera todo......
Por lo tanto si no cumple con uno de estos requisitos es no deducible.
Copia de factura es deducible si cumple con los requisitos.
Saludos
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- kreator
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y si cada alac hace lo que le da la gana y si es cierto en la ley jamas dice que el comprobante fiscal debe ser original (art 31 lisr frac III pers mor y 125 frac I 2o parr y quiza fracc VIII en fisicas) y si es cierto en este pais nos regimos por el derecho romano y su contrario sensum, pero mejor para evitarnos problemas y por la costumbre si resguardamos bien los originales pues mejor
saludos<br><br>Mensaje editado por: kreator, el: 27/06/2007 13:56
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