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ISR RETENIDO 2005 CONTRA CAS A FAVOR 2006???

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19 años 9 meses antes #1368 por Toñita
Hola:

Buen día, estoy actualizando los ejercicios 2005 y 2006 y en el período 2005 sale a pagar ISR por sueldos y en el período 2006 traigo CAS a favor pendiente de aplicar en los meses que van de este período, ¿sería correcto que actualizara y aplicará los recargos respectivos a dichas retenciones hasta la fecha en que traigo CAS a favor y aplicar el saldo que va quedando a favor?

Agradezco de antemano sus comentarios al respecto.

Que tengan un día excelente.

Saludos

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19 años 9 meses antes #1376 por AGARCOP
Es correcto que actualices tu CAS de acuerdo al CFF y lo apliques a periodos correspondientes del 2006, sin retroceder mas alla del mes donde se obtuvo el CAS, unicamente actualizas no agregues recargos, no aplica para este caso.

Salu2

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19 años 9 meses antes #1377 por vank
Fiscalmente, puedes hacer eso solo en el caso de las compensaciones de saldos a favor (art 9 rcff) , pero para CAS que yo sepa no. Aunque no recuerdo que la Ley diga que debes acreditar contra el Isr futuro, no creo que en una revision de lo acepten, aunque siempre hay opcion de pelearlo en juicio.

Esperemos mas comentarios.

Hola:

Buen día, estoy actualizando los ejercicios 2005 y 2006 y en el período 2005 sale a pagar ISR por sueldos y en el período 2006 traigo CAS a favor pendiente de aplicar en los meses que van de este período, ¿sería correcto que actualizara y aplicará los recargos respectivos a dichas retenciones hasta la fecha en que traigo CAS a favor y aplicar el saldo que va quedando a favor?

Agradezco de antemano sus comentarios al respecto.

Que tengan un día excelente.

Saludos


CPC. Mike Morales

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19 años 9 meses antes #1379 por mozart
Buenos dias y te comento ::::


El credito al salario NO aplicados contra otras contribuciones NO se pierde, puede recuperse mediante SU APLICACION contra el ISR a cargo del contribuyente o en su caracter de retenedor.........

Lo que resulta injusto es que los saldos de credito al salario PENDIENTES DE APLICAR NO SON OBJETO DE ACTUALIZACION..... el cual puede ser materia de impugnacion.........

para que se puede aplicar el credito al salario pendiente de su aplicacion, este, siempre debera de estar REFLEJADO en la declaracion anual...... considerandose que la aplicacion debera de efectuarse a valor Historico

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19 años 9 meses antes #1380 por AGARCOP
Pido una disculpa Toñita, pero efectivamente, estaba un poco confuso, puedes estar aplicandolo, mas no actualizandolo y mucho menos agregarle recargos.

Disculpas

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19 años 9 meses antes #1381 por Toñita
Gracias AGARCOP, Vank y Mozart, lo que actualizaria además de aplicarle la tasa de recargos correspondiente sería el ISR por retenciones hasta la fecha que tengo el credito al salario a favor (CAS), aunque en este caso Mozart menciona que para aplicarse debe estar reflejado en la anual :( :( yo pense que estos acreditamientos se podían reflejar en la informativa que se va a presentar en Febrero de 2007....

Agradezco mucho sus comentarios :wink:

Saludos

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