- Mensajes: 135
- Gracias recibidas: 0
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
Recordatorio a todos los usuarios de los foros:
5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.
SA y Coopperativa?
- Bety26
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
JAJA yo siempre con muchisimas dudas, espero me puedan ayudar.
Es una constructora de reciente creación, y hasta ahorita hay solo un trabajador y no es de la construccion es administrativo; pero como ya va a arrancar con una obra (la primera)va a comenzar a contratar al personal de obra y si se necesitan mas administrativos, pues tambien.
Como tiene la prima de riesgo más alta, se les hace muy honeroso el pago de las cuotas del imss e infonavit, entonces al dueño le ofrecieron el servicio deuna cooperativa.
Los trabajadores sean socios cooperativistas; la constructora pagarle una cantidad equivalente a los sueldos a una SA y la SA pagarle a la cooperativa; por lo tanto la SA le factura a la constructora, y a la constructora le van a cobrar el 10% del total de la \"paga\" o sueldos.
Esto es correcto, que riesgos hay, los trabajadores no van a tener prestaciones?
De entrada pues asi seria el \"flujo\" pero no entiendo, alguien me podria ayudar a comprender todo esto por que es así, si es correcta esta estrategia o recomendable (de entrada no entiendo la estrategia).
Muchas gracias. Saludos!
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- francojr27
- Fuera de línea
- Fresh Boarder
-
- Mensajes: 7
- Gracias recibidas: 0
Mira yo estube a cargo de una sociedad que \" prestaba los servicios de pesonal\" en una plaza esta empresa cobraba efectivamente el 10% de lo que pagaba de nomina, y con esto pagaba los gastos de seguridad social e infonavit, pero para el pago de aguinaldo tambien esta empresa los pagaba, esta empresa tambien le realizaba una factura para poder realizar este pago ala empresa que realmente esta contratando al personal, lo que si va a ganar es que no va a haber reparto de utilidades ya que con el 10% que esta empresa pagara apenas cubrira los gastos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Bety26
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
- Mensajes: 135
- Gracias recibidas: 0
Pero era una S,A?
Lo que no entiendo es la relacion entre los 3, La constructora, le paga a la SA, ok, seria como tu lo planteas, pero la cooperativa que tiene que ver aquí?
Saludos
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- sosgtorreon
- Fuera de línea
- Administrator
-
- Al opinar no soy objetivo, xq soy sujeto no objeto
- Mensajes: 6964
- Gracias recibidas: 0
Lo que no entiendo es la relacion entre los 3, La constructora, le paga a la SA, ok, seria como tu lo planteas, pero la cooperativa que tiene que ver aquí?
Tomado del mensaje inicial;
Bety26 escribio:
Es una constructora...
Como tiene la prima de riesgo más alta, se les hace muy honeroso el pago de las cuotas del imss e infonavit, entonces al dueño le ofrecieron el servicio deuna cooperativa.
1.- Los trabajadores sean socios cooperativistas;
2.- la constructora pagarle una cantidad equivalente a los sueldos a una SA
3.- y la SA pagarle a la cooperativa;
4.- por lo tanto la SA le factura a la constructora,
Por lo que tu misma expusiste los trabajadores van a pasar a formar parte de una cooperativa, buscando con ello reducir las cuotas del IMSS/RCV y eliminar las de INFONAVIT.
La SA va a contratar a la cooperativa (trabajadores) para que le presten un servicio a un tercero (la constructora).
Es una triangulacion, segun percibo.
Saludos.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Bety26
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Expert Boarder
-
- Mensajes: 135
- Gracias recibidas: 0
Y por ejemplo mmm me conviene a mi que me metan tambien a la cooperativa, si soy personal administrativo?
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.
- Luis
- Fuera de línea
- Moderator
-
- Muestrenme un impuesto que no cause problemas y le
- Mensajes: 631
- Gracias recibidas: 0
Un placer saludarte, al ser integrante de una cooperativa eres socio y no trabajador por lo que no te corresponde ninguna prestaciòn como tal,siento que muchas empresas lo hacen porque sienten que asi pueden evadir las responsabilidades laborales pero se encuentran en un error puesto que esta la figura de patron solidario, ademas toma en cuenta el siguiente criterio:
Criterios del SAT respecto de prácticas fiscales indebidas
=====================================
Sociedades cooperativas. Salarios y previsión social (Criterio que se adiciona en el mes de junio de 2004).
Las sociedades cooperativas de producción que presten servicios a terceros, a través de sus socios y trabajadores, constituidas con la única finalidad de disminuir, entre otras contribuciones, el impuesto sobre la renta por concepto de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, y de aplicar exenciones y deducciones que no cumplen con los requisitos y límites previstos en la Ley del Impuesto sobre la Renta, contravienen lo previsto en la misma, en materia de salarios y de previsión social, al disminuir el impuesto y aplicar exenciones y deducciones en forma improcedente.
Saludos y estoy a tus ordenes.
Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.
Por favor, Conectar para unirse a la conversación.