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APORTACIONES O PRESTAMOS DE MAS DE 600,000.00
- EJECUTIVO1968
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18 años 2 meses antes #29790
por EJECUTIVO1968
APORTACIONES O PRESTAMOS DE MAS DE 600,000.00 Publicado por EJECUTIVO1968
EL ART 86 PLANTEA QUE A PARTIR DE 2008, LA OBLIGACION DE INFORMAR AL SAT DE PRESTAMOS, APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL, O AUMENTOS DE CAPITAL RECIBOS EN EFECTIVO MAYORES A $ 600,000.00.
ESTO A TRAVES DE LA FORMA 86-A DURANTE EL PRIMER SEMESTRE EN FORMA MENSUAL A MAS TARDAR EL 15/07/2008 Y A PARTIR DE JULIO DENTRO DE LOS 15 DIAS POSTERIORES A LA "OPERACION"
MI PREGUNTA O DUDA: EN CASO DE QUE SE APORTACION EN EFCTIVO:
LOS 600,000.00 ES POR SOCIO? POR ACTA DE ASAMBLEA? POR DEPOSITO U OPERACION?
AGRADECERIA ALGUN COMENTARIO AL RESPECTO.-
ESTO A TRAVES DE LA FORMA 86-A DURANTE EL PRIMER SEMESTRE EN FORMA MENSUAL A MAS TARDAR EL 15/07/2008 Y A PARTIR DE JULIO DENTRO DE LOS 15 DIAS POSTERIORES A LA "OPERACION"
MI PREGUNTA O DUDA: EN CASO DE QUE SE APORTACION EN EFCTIVO:
LOS 600,000.00 ES POR SOCIO? POR ACTA DE ASAMBLEA? POR DEPOSITO U OPERACION?
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- enrique9727
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18 años 2 meses antes #29807
por enrique9727
Respuesta de enrique9727 sobre el tema Re: APORTACIONES O PRESTAMOS DE MAS DE 600,000.00
A como se redacta la norma, entendería que sería de manera acumulativa estos conceptos formulados por el contribuyente: aportaciones para futuros aumentos de capital, aumentos de capital, préstamos recibidos, etc.
Entiendo que la disposición buscaría que el propio desvirtué ingresos acumulables que superen a este importe, mediante la declaración comentada. De lo contrario, la autoridad podría ejercer algún ingreso presunto por no declararse.
Entiendo que la disposición buscaría que el propio desvirtué ingresos acumulables que superen a este importe, mediante la declaración comentada. De lo contrario, la autoridad podría ejercer algún ingreso presunto por no declararse.
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- velociraptor
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18 años 2 meses antes #29809
por velociraptor
Respuesta de velociraptor sobre el tema Re: APORTACIONES O PRESTAMOS DE MAS DE 600,000.00
y para despues,ir a fiscalizar a los que aportaron ,ó a la empresa que recibe esas "aportaciones" o "préstamos" en efectivo.....
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- enrique9727
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18 años 2 meses antes #29819
por enrique9727
Respuesta de enrique9727 sobre el tema Re: APORTACIONES O PRESTAMOS DE MAS DE 600,000.00
No considero que ese sea el fin de la disposición, el fiscalizar lo que se declara.
Si no más bien, cuando se fiscalice a algún contribuyente, la autoridad tenga presente que habría ingresos no afectos a tributarse.
Así si no hay tales declaraciones, entonces no le salgan que esos depósitos fueron de los que no corresponden a ventas y siempre fueron por aportaciones, préstamos y no que otro motivo que no corresponderían acumularse.
Si no más bien, cuando se fiscalice a algún contribuyente, la autoridad tenga presente que habría ingresos no afectos a tributarse.
Así si no hay tales declaraciones, entonces no le salgan que esos depósitos fueron de los que no corresponden a ventas y siempre fueron por aportaciones, préstamos y no que otro motivo que no corresponderían acumularse.
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- ELCHIVAERRANTE
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18 años 2 meses antes #29928
por ELCHIVAERRANTE
Respuesta de ELCHIVAERRANTE sobre el tema Re: APORTACIONES O PRESTAMOS DE MAS DE 600,000.00
EN MI HUMILDE OPINION ESTA DISPOSICION ES PARA EVITAR DELITOS COMO EL LAVADO DE DINERO Y PONERLE NOMBRE O DENOMINACION AL DINERO QUE SE APORTA Y EVIDENTEMENTE LA FISCALIZACION DE LOS RECURSOS INYECTADOS A LAS EMPRESAS O EVITAR LA ACUMULACION MEDIANTE ESTA MODALIDAD O USTEDES QUE PIENSAN QUE UNA APORTACION DE 600,000.00 EN EFECTIVO IMAGINENSE SERIAN 600 BILLETES DE MIL PESOS.
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- 638075
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18 años 1 mes antes #30121
por 638075
Respuesta de 638075 sobre el tema Re: APORTACIONES O PRESTAMOS DE MAS DE 600,000.00
Buen día estimados...
Entiendo que solo son aportaciones en efectivo cierto???
Si mi accionista hizo aportaciones o prestamos pero los refirió via transferencia o cheque no los debo reportar.
Transcribo el 86A de LISR
Los contribuyentes deberán informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos que para tal efecto señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000.00, dentro de los quince días posteriores a aquél en el que se reciban las cantidades correspondientes.
De enero a junio debo reportar el en julio y a partir de este mes reportar 15 días después de que la operación se haya realizado, en este caso, el monto de 600,000 es acumulativo o por mes? Lo he consultado en INFAMESAT y me dijeron que es por mes, pero hay analistas que consideran que hay que acumularlo.
Mil gracias por su ayuda.
Entiendo que solo son aportaciones en efectivo cierto???
Si mi accionista hizo aportaciones o prestamos pero los refirió via transferencia o cheque no los debo reportar.
Transcribo el 86A de LISR
Los contribuyentes deberán informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos que para tal efecto señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000.00, dentro de los quince días posteriores a aquél en el que se reciban las cantidades correspondientes.
De enero a junio debo reportar el en julio y a partir de este mes reportar 15 días después de que la operación se haya realizado, en este caso, el monto de 600,000 es acumulativo o por mes? Lo he consultado en INFAMESAT y me dijeron que es por mes, pero hay analistas que consideran que hay que acumularlo.
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