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duda en diot

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17 años 6 meses antes #42050 por masa
duda en diot Publicado por masa
Buenas tardes, tengo el siguiente dilema, soy persona física y presenté mi diot mensual desde enero del 2008, estoy obligado a presentar la anual de cientes y proveedores por el 2008?

saludos y gracias de antemano

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17 años 6 meses antes #42051 por masa
Respuesta de masa sobre el tema Re: duda en diot
Una pregunta mas, en caso de estar obligado a presentar la informativa de clientes y proveedores ¿ sería con la información de todo el año ?, ¿ o solo con la de enero a junio del 2008 ? , ya que según tengo entendido la diot surgió como obligación para las personas físicas a partir de julio del 2008

SALUDOS y nuevamente gracias

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17 años 6 meses antes #42053 por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: duda en diot
¿fueron en tiempo?

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17 años 6 meses antes #42054 por masa
Respuesta de masa sobre el tema Re: duda en diot
No, no lo fueron

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17 años 6 meses antes #42065 por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: duda en diot
Veamos…



TERCERO. Se reforma el Artículo Segundo Transitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008, publicada en el DOF el 31 de julio de 2008, para quedar de la siguiente manera:

Artículo Segundo. Por el ejercicio fiscal de 2008, se tendrá por cumplida la obligación de presentar la información de operaciones con clientes y proveedores, prevista en los artículos 86, fracción VIII, 101, fracción V y 133, fracción VII de la Ley del ISR y 32-G del CFF, cuando los contribuyentes presenten la información a que se refiere el artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, respecto de todo el ejercicio fiscal de 2008.


En este numeral la autoridad da por cumplida la obligación de presentar la información a que se refiere la declaración de clientes y proveedores, siempre que el contribuyente presente la DIOT por todo el ejercicio 2008……en síntesis, no establece que deban o no presentarse en forma oportuna….sino presentar todo el año 2008.

Las personas morales presentarán dicha información en los términos de la regla I.5.1.5.

I.5.1.5. Para los efectos del artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, las contribuyentes personas morales proporcionarán la información a que se refieren las citadas disposiciones, durante el mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.


Teóricamente aquí es donde existe confusión, puesto en este punto la autoridad ya nos establece un “plazo “, para enterar por cumplida la DIOT, así la autoridad me “libera “de presentar la de clientes y proveedores, siempre que el contribuyente presente la DIOT al mes siguiente al que corresponda la información, es decir, si entero la información de Ago-08, debo presentar la dichosa DIOT en Septiembre -08…y así sucesivamente…

He de mencionar que en ninguna de los numerales anteriores establece que se deban presentar en tiempo y forma.

Tampoco existe una regla o criterio de la autoridad a que si en el mes de Febrero del 2009 no se hayan presentado aun alguna ( s) DIOT del 2008 …tenga que presentar la de Clientes y proveedores……aunque es un punto en el que la autoridad trataría de obligar al causante a presentar la de clientes y proveedores….máxime que si para Febrero del 2009 ya debería haber presentado todo el 2008…..

Resulta incongruente que si no presento en tiempo y forma las DIOT del 2008, tenga que presentar la misma información al menos de proveedores, pero anual….si ya cumplí con presentar lo mismo en las DIOT….en forma extemporánea….


Concluyendo, en lo personal presentaría las DIOT del 2008 a mas tardar en Febrero 2009 y no presentaría la de Clientes y proveedores.


saludos

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17 años 6 meses antes #42101 por puma1
Respuesta de puma1 sobre el tema Re: duda en diot
Como siempre, tan oportuno tu comentario, CPHugoocejo. Recapitulando, el art. 86 fr. VIII (y otros arts. de LISR) señala un plazo para presentar la de Clientes y Proveedores -CyP-.

El artículo Segundo Transitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (reformado) apunta que se tendrá por cumplida la obligación de presentar la CyP si se presentan las DIOT de todo el 2008.

El art. 32 fr. VIII de LIVA establece un plazo para presentar la DIOT.

En mi opinión, los SATánicos sí tendrían elementos para decirnos que sólo se considerará que se cumplió con la de CyP si se presentaron el tiempo las DIOT. Pero también es claro que la norma que establece la facilidad, es decir el art. 2° trans de la RMF, no indica que debiste presentar la DIOT en tiempo. Es decir, sólo indica que estas liberado de presentar la CyP si presentas las DIOT de 2008.

Esperemos mas comentarios.

Familia y Conocimiento.

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