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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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pago provisional presentado con herror

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14 años 2 meses antes #81773 por miguel angel
se presentaron dos pagos provisionales en dic 2005 y ene 2006 con herror de regimen intermedio a regimen general de ley lam autoridad esta requiriendo los pagos de isr regimen general y me pide cambie todoas mis declaraciones de regimen interemdio a regimen general de ley, y esto incluye desde el ejercicio 2006 ademas de la sec de finanzas me manda una invitacion solicitando todos los pagos con el nuevo regimen el contribuyente no rebasa el limite de ingresos para estar en el regimen general de ely

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14 años 2 meses antes #81774 por mikecoz81

miguel angel escribió: se presentaron dos pagos provisionales en dic 2005 y ene 2006 con herror de regimen intermedio a regimen general de ley lam autoridad esta requiriendo los pagos de isr regimen general y me pide cambie todoas mis declaraciones de regimen interemdio a regimen general de ley, y esto incluye desde el ejercicio 2006 ademas de la sec de finanzas me manda una invitacion solicitando todos los pagos con el nuevo regimen el contribuyente no rebasa el limite de ingresos para estar en el regimen general de ely


Buenas tardes!...

Error, se escribe sin "h"

y otra cosa, podrías escribir con comas, o con párrafos, por que te soy sincero, no le capté.

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14 años 2 meses antes #81780 por miguel angel
gracias por la observacion y te expico lo que pasa.

en el mes de dic 2005 y en enero 2006, se presento pago provisional de un contribuyente el cual tributa en regimen intermedio, por herror en bancario y sin darnos cuenta el banco registro el pago como regimen actividad empresarial y profesional, en lugar de regimen intermedio, con lo cual la autoridad automaticamente dio de baja la actividad regimen intermedio y lo registro como regimen actividad empresarial y proesional, el contribuyente no se da cuenta de esto hasta este ejercicio en el cual trato de darse de alta en finanzas gobierno del estado, en que el ya no estaba en el regimen interemedio sino en el regimene actividad empresarial y profesional, derivado de este movimiento que automaticamente efectuo la autoridad, comensaron a llegar requerimientos sobre esta actividad, y finanzas le emite una invitacion a presentar sus pagos provisioanels de ISR , IVA , IETU y como retenedor en sueldos y salarios, el detalle es que todo lo tiene presentado como regimen intermedio desde siempre y ya no tiene esa actividad registrada, que puede hacer el contribuyente en esta situacion ya que el no ha rebasado el total de 4,000,000.00 para pasar al regimen en que la autoridad lo ubico por el herror del banco,
que se puede hacer, para subsanar este problema

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14 años 2 meses antes #81790 por Miriam17

miguel angel escribió: se presentaron dos pagos provisionales en dic 2005 y ene 2006 con herror de regimen intermedio a regimen general de ley lam autoridad esta requiriendo los pagos de isr regimen general y me pide cambie todoas mis declaraciones de regimen interemdio a regimen general de ley, y esto incluye desde el ejercicio 2006 ademas de la sec de finanzas me manda una invitacion solicitando todos los pagos con el nuevo regimen el contribuyente no rebasa el limite de ingresos para estar en el regimen general de ely


Hola..Miguel Angel, pudiera ser hacer complementaria subsanando el error, y hacer una aclaración al SAT. que tu regímen es .P.Intermedios, y que por error en una declaración se presentó en otro regímen, y comprobar que tu alta es en Intermedio, y no has hecho un aviso de actualización fiscal cambiando de regímen, yo en lo personal lo intentaria, para tratar de conservar el Regímen, porque aparte yo vería otro problema, que tus pagos que hbieras hecho como Intermedio en todos esos años serian como pago de lo indebido..por lo tanto tendrias que pagar impuestos de ISR, y solicitar en devolución los anteriores..

Saludos

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14 años 2 meses antes - 14 años 2 meses antes #81794 por puma1
Que tal compañeros foreros; iniciando la semana laboral, me encuentro con este tópico que ya ha sido tratado en ocasiones anteriores, sin mal no recuerdo. Pero abordemos la presente inquietud de miguel angel; estoy de acuerdo con lo apuntado por mi colega Mirita, de que debes de checar, para empezar, el aviso de inscripción del contribuyente, y si ya verificaste que la autoridad sí cambió de manera automática las obligaciones fiscales en el RFC (a lo cual, dicho sea de paso, tengo que preguntar ¿y las declaraciones anteriores a las de dic-2005, también fueron presentadas como del rég. de activ. empresarial y profesional, o en el intermedio?) :huh: , entonces debes hacer valer tu aviso inicial donde se manifestó que se debía tributar en el rég. intermedio; lo anterior para protección de los derechos de tu cliente.

Ah, y otra cosa estimado miguel angel, también toma en cuenta que, para comprendernos mejor en el mundo virtual, debes poner acentos cuando hables en pasado ("registró" en lugar de "registro", "presentó" en lugar de "presento"), para no confundirnos cuando estés hablando en tiempo presente. Así que apoyo también lo que te comenta mi colega mikecoz81, de que debes evitar escribir con horrores, perdón, quise decir, con errores ortográficos. ;)

Saludos.

Familia y Conocimiento.
Última Edición: 14 años 2 meses antes por puma1.

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14 años 2 meses antes #81884 por contadorg
Miguel Angel:

Independientemente de que realices la aclaración que menciona tanto Mirita como Puma, debes tener en consideración lo que señalaba la regla que inserto y que se encontró vigente hasta el 29 de Septiembre de 2006.

De lo dispuesto en esta regla es de donde toma la autoridad el fundamento para considerar que ejerciste la opción de cambiar de la sección II a la sección I de las Actividades Empresariales.


2.3.18. Para los efectos del artículo 134 de la Ley del ISR en relación con el último párrafo del artículo 6o. del CFF, se considerará que los contribuyentes que en el ejercicio fiscal de 2005 tributaron en la Sección II o III del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, optan por tributar conforme a la Sección I de dicho Capítulo, al realizar su primera declaración de pago correspondiente al primer mes del ejercicio fiscal de 2006, en este último régimen. Esta opción no podrá variarse durante el mismo ejercicio, y se considerará ejercida a partir del 1o. de enero del año de que se trate.

Asimismo, se considerará que los contribuyentes que en el ejercicio fiscal de 2005 tributaron en la Sección I o III del Capítulo II del Título IV de la Ley del ISR, optan por tributar conforme a la Sección II del Capítulo citado, al realizar su primera declaración de pago correspondiente al primer mes del ejercicio fiscal de 2006, en este último régimen, siempre que cumplan con los requisitos a que se refiere el artículo 134 de la Ley del ISR. Esta opción no podrá variarse durante el mismo ejercicio, y se considerará ejercida a partir del 1o. de enero del año de que se trate.

Lo dispuesto en esta regla no será aplicable, cuando se presente la primera declaración del ejercicio fiscal de 2006 en términos de las reglas 2.14.2. o 2.15.2. de la presente Resolución.
El siguiente usuario dijo gracias: puma1

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