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Cuanto puedo acreditar de iva en la compra de cami
- pablo_glez_gomez
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11 años 9 meses antes #99522
por pablo_glez_gomez
Buenos días, espero y me puedan orientar con la siguiente duda:
Se compró una camioneta (no de carga) con un valor de 380,000 pesos, obvio y por lo que marca la ley de ISR el tope para la deducibilidad (vía depreciación) es de 130,000.00 por lo tanto el excedente de dicha inversión, es no deducible (lo mismo que los gastos de mantenimiento y combustible), hasta ahí tengo todo claro, lo que no tengo claro es en la parte del IVA, según creo yo (basándome en la parte proporcional de deducibilidad) el iva que podría acreditarme es de 20,800.00 (130,000.00 X 16%), me dice otro contador que el iva sería todo acreditable, es decir (327,586.21 X 16%) 52,413.79, fundamento no lo tengo, pero la duda si.
Agradecería si me orientan sobre esta duda.
Muchas gracias
Se compró una camioneta (no de carga) con un valor de 380,000 pesos, obvio y por lo que marca la ley de ISR el tope para la deducibilidad (vía depreciación) es de 130,000.00 por lo tanto el excedente de dicha inversión, es no deducible (lo mismo que los gastos de mantenimiento y combustible), hasta ahí tengo todo claro, lo que no tengo claro es en la parte del IVA, según creo yo (basándome en la parte proporcional de deducibilidad) el iva que podría acreditarme es de 20,800.00 (130,000.00 X 16%), me dice otro contador que el iva sería todo acreditable, es decir (327,586.21 X 16%) 52,413.79, fundamento no lo tengo, pero la duda si.
Agradecería si me orientan sobre esta duda.
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11 años 9 meses antes #99523
por COMERCIO EXTERIOR
Respuesta de COMERCIO EXTERIOR sobre el tema Cuanto puedo acreditar de iva en la compra de cami
Efectua la Lectura del Art 5 LIVA
Saludos
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El siguiente usuario dijo gracias: pablo_glez_gomez
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- pablo_glez_gomez
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11 años 9 meses antes #99525
por pablo_glez_gomez
Respuesta de pablo_glez_gomez sobre el tema Cuanto puedo acreditar de iva en la compra de cami
Gracias por tu respuesta COMERCIO EXTERIOR y he leido el artículo 5 de la ley del iva, solo para saber si estoy interprentando correctamente dicho artículo, creo que se aplica la fracción I al final donde dice: ... en la proporción en que dichas erogaciones sean deducibles para los fines del impuesto sobre la renta.
Por lo que entonces se deduce que sólo es acreditable (el iva) hasta el importe de la deducibilidad de 130,000. Espero estar en lo correcto.
Gracias
Por lo que entonces se deduce que sólo es acreditable (el iva) hasta el importe de la deducibilidad de 130,000. Espero estar en lo correcto.
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- enrique9727
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11 años 9 meses antes - 11 años 9 meses antes #99565
por enrique9727
Respuesta de enrique9727 sobre el tema Cuanto puedo acreditar de iva en la compra de cami
A la par de esta disposición de la LIVA. También procede la de deducir el equipo comentado.
Hay que considerar que no se trata de un automóvil, ya que el límite es solamente para este tipo de unidades.
EQUIPO DE TRANSPORTE es el género
Bicicleta, motocicleta, automóvil, camión, tren, avión, tranvía, camioneta son las especies.
La limitación se hace a una especie, no al género "completo".
Hay que considerar que no se trata de un automóvil, ya que el límite es solamente para este tipo de unidades.
EQUIPO DE TRANSPORTE es el género
Bicicleta, motocicleta, automóvil, camión, tren, avión, tranvía, camioneta son las especies.
La limitación se hace a una especie, no al género "completo".
Última Edición: 11 años 9 meses antes por enrique9727.
El siguiente usuario dijo gracias: pablo_glez_gomez
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11 años 9 meses antes #99583
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Cuanto puedo acreditar de iva en la compra de cami
Hay tesis del tema que darán un mayor soporte a la no aplicación proporcional de la camioneta...
El siguiente usuario dijo gracias: pablo_glez_gomez
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11 años 9 meses antes #99607
por pablo_glez_gomez
Respuesta de pablo_glez_gomez sobre el tema Cuanto puedo acreditar de iva en la compra de cami
Buenos dias y espero tengan un exelente inicio de semana.
Gracias por sus comentarios Enrique9727 y CP Hugoocejo, la verdad si hay mucho material en el cual uno se pueda apoyar, pero creo (según yo), irme por la parte conservadora y no depsues andar aclarando al SAT el porque se tomo todo completo (ya saben que estos son bien cerrados) y deducir solo la parte de los 130,000.00 además (yo sé que el patrón manda) pero el vehículo es para la jefa, asi que ni que decir.
Gracias por sus apoyo.
Gracias por sus comentarios Enrique9727 y CP Hugoocejo, la verdad si hay mucho material en el cual uno se pueda apoyar, pero creo (según yo), irme por la parte conservadora y no depsues andar aclarando al SAT el porque se tomo todo completo (ya saben que estos son bien cerrados) y deducir solo la parte de los 130,000.00 además (yo sé que el patrón manda) pero el vehículo es para la jefa, asi que ni que decir.
Gracias por sus apoyo.
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