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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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Regimen de coordinados

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10 años 8 meses antes #104400 por trujillogj
Buenas tardes Felices fiestas navideñas y de año nuevo
con respecto a mi tema principal, no se si alguien este enterado de la opcion que existe de estar en el régimen de coordinados, aun y cuando no se presento aviso el 31/01/2015.

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10 años 8 meses antes #104401 por Edheras
Respuesta de Edheras sobre el tema Regimen de coordinados
...Habría que tirar el Angel de la Independencia y trepar en su lugar un monumento al aristóteles, así, se daría al menos una mínima muestra de agradecimiento, para tan inmerecida magnanimidad.

Aquí la referencia, con retroactividad a Enero 2014, de lo que comentas:


DOF 18-11-2015
DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

ARTÍCULO SEGUNDO.- En relación con la Ley del Impuesto sobre la Renta a que se refiere el Artículo Primero de este Decreto, se estará a lo siguiente:


XIV. Lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley del Impuesto sobre la Renta respecto de los integrantes de los coordinados o las personas morales dedicadas exclusivamente al autotransporte terrestre de carga o de pasajeros, será aplicable desde el 1 de enero de 2014.

Para efectos del párrafo anterior, los contribuyentes deberán presentar a más tardar el 31 de marzo de 2016 el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones con efectos retroactivos, así como, en su caso, las declaraciones complementarias de pago provisional y anual correspondientes a los ejercicios 2014 y 2015.

Los contribuyentes que hubieran pagado el impuesto sobre la renta correspondiente a los ejercicios fiscales de 2014 y 2015 dentro del régimen general de las personas morales y que presenten las declaraciones complementarias a que se refiere el párrafo anterior, en caso de obtener algún saldo a favor, el mismo podrá ser compensado en términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación, sin que dicho beneficio dé lugar a devolución alguna.

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10 años 8 meses antes #104403 por trujillogj
Respuesta de trujillogj sobre el tema Regimen de coordinados
Antes que todo espero hallan pasado una feliz navidad y en unos dias espero pasen un excelente fin de año.

Edheras, mil gracias por la información para mi es muy importante poque traigo un problema con cliente con esta situación, ahora nada mas falta ver la parte práctica, es decir en que momento esta ya hecho el cambio de R. Gral. a coordinados.

Por si alguien me puede apoyar con el procedimiento mucho se los agradeceré.

Nuevamente me despido y espero no se las tomen tan heladas por aquello de las gripas.

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10 años 8 meses antes #104404 por Edheras
Respuesta de Edheras sobre el tema Regimen de coordinados

Edheras escribió: presentar a más tardar el 31 de marzo de 2016 el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones con efectos retroactivos,


...Pues ahí lo dice el aristogato;
Actualizas obligaciones en el Portal

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10 años 8 meses antes - 10 años 8 meses antes #104405 por trujillogj
Respuesta de trujillogj sobre el tema Regimen de coordinados
A lo que me refiero es que si saben de alguien que halla hecho el tramite completo y saber como lo cambiarion al R. de Coordinados.

Gracias
Última Edición: 10 años 8 meses antes por trujillogj.

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10 años 8 meses antes #104406 por Edheras
Respuesta de Edheras sobre el tema Regimen de coordinados
La LISR 2016 iniciara su vigencia el 01-01-2016, a partir de ese momento y antes de 31-03-2016 podrás tramitar la "Actualización" y las complementarias que procedan, por ello no creo que alguien haya ya aplicado esta disposición.

La facilidad de cambio establecida en 2014, fue un procedimiento diferente y ese ya no aplica.

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