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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Reporte SUA
- TERRON
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- Fresh Boarder
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Tengo un problema con una Compañera que me reclama haberle descontado dinero de más en las amortizaciones bimestrales del Infonavit. Quiero saber si el super SUA tiene la opción de darme un reporte por trabajador donde pueda revisar cuanto he pagado de la amortización por bimestre y por empleado. Es una funcionalidad que a mi me parece básica pero no la encuentro.
Gracias de antemano
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- gaboaranda
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- Administrator
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saludos
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- pepesoto
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El Lic.
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- editor20
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"Para abono en cuenta del INFONAVIT"
Aportación Patronal..........$..936.17
Amortización.................$3,333.52
Subtotal........$4,269.69
El no entregar cada bimestre la constancia conlleva una multa, por cada trabajador, por cada bimestre.
Saludos.
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- Daniel_Gtz
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- No es lo mismo dame, que ayudame.
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... Además, en el Reporte de Cuotas y Aportaciones de RCV y Vivienda que cada bimestre debes entregar a los trabajadores (cuya copia con firma de recibido debe obrar en el expediente de cada uno) y que te emite el SUA...
El no entregar cada bimestre la constancia conlleva una multa, por cada trabajador, por cada bimestre.
Saludos.
Carambas!!!
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- editor20
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LEY DEL SEGURO SOCIAL
Artículo 180. El patrón deberá informar bimestralmente a los trabajadores, sobre las aportaciones hechas a su favor, sin perjuicio de que dicha información sea entregada a los sindicatos o, en su caso, a cualquier otra organización representativa de los trabajadores asegurados.
Artículo reformado DOF 20-12-2001
Artículo 304 A. Son infracciones a esta Ley y a sus reglamentos, los actos u omisiones del patrón o sujeto obligado que se enumeran a continuación:
V. No informar al trabajador o al sindicato de las aportaciones realizadas a la cuenta individual del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez;
Artículo 304 B. Las infracciones señaladas en el artículo anterior, se sancionarán considerando la gravedad, condiciones particulares del infractor y en su caso la reincidencia, en la forma siguiente:
I. Las previstas en las fracciones IV, V, VII, VIII, XI, XVI y XIX con multa equivalente al importe de veinte a setenta y cinco veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal;
Saludos.
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