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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Alta IMSS de Trabajador en Sucursal de otro estado
- jgadvise
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Fresh Boarder
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La empresa en que laboro (se encuentra en Mty,NL) decidio abrir una sucursal en el DF, por lo cual se ocuparan dos personas para laborar en dicha sucursal, una persona de Mty la cual enviaremos al local del DF y la segunda sera contratada directamente en el DF.
Mi duda es, para darlos de Alta en el IMSS, los puedo dar con el registro patronal que cuento actualmente, o tengo que realizar algun procedimiento diferente?
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- Daniel_Gtz
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Segun el RACERF, tendrias que abrir otro Registro Patronal en el DF. Sin embargo, puedes dar de alta a tus empleados en el Registro actual, y tramitarles, en su caso, la autorizacion permanante para recibir servicios medicos en circunscripcion foranea (esto lo haces en el mismo IDSE)
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... La empresa ... (se encuentra en Mty,NL)... sucursal en el DF... por lo cual se ocuparan dos personas para laborar en dicha sucursal...
Mi duda es, para darlos de Alta en el IMSS, los puedo dar con el registro patronal que cuento actualmente, o tengo que realizar algun procedimiento diferente?
Lo correcto sería tramitar un nuevo Registro Patronal correspondiente al nuevo centro de trabajo.
Lo anterior, conforme al art. 13 del RACERF en donde se establece que:
" Al patrón se le otorgará un número de registro en el Distrito Federal o municipio donde se encuentra ubicado su centro de trabajo "
Por tanto, al estar ubicados los centros de trabajo en diferente jurisdicción a cada uno de ellos corresponde un NRP independiente.
Es importante, además, que una vez registrados los trabajadores en el nuevo NRP éstos actualicen su domicilio ante el IMSS, por ser éste un dato relevante en materia de "Accidentes en Trayecto"; pues ante su eventual ocurrencia el recorrido domicilio-trabajo, y viceversa, es fundamental y puede marcar la diferencia.
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- Daniel_Gtz
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jgadvise escribió:
... La empresa ... (se encuentra en Mty,NL)... sucursal en el DF... por lo cual se ocuparan dos personas para laborar en dicha sucursal...
Mi duda es, para darlos de Alta en el IMSS, los puedo dar con el registro patronal que cuento actualmente, o tengo que realizar algun procedimiento diferente?
Lo correcto sería tramitar un nuevo Registro Patronal correspondiente al nuevo centro de trabajo.
Lo anterior, conforme al art. 13 del RACERF ...
Eso de acuerdo al Reglamento....
Pero de acuerdo a la Ley del Seguro Social:
Artículo 15. Los patrones están obligados a:
I. Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto,
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La Ley dice que debes registrarte.
El reglamento, cómo es que debes registrarte.
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- gaboaranda
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Buenas tardes, un gusto saludar a todos los foristas
La empresa en que laboro (se encuentra en Mty,NL) decidio abrir una sucursal en el DF, por lo cual se ocuparan dos personas para laborar en dicha sucursal, una persona de Mty la cual enviaremos al local del DF y la segunda sera contratada directamente en el DF.
Mi duda es, para darlos de Alta en el IMSS, los puedo dar con el registro patronal que cuento actualmente, o tengo que realizar algun procedimiento diferente?
Que tiempo estarán trabajado sus colaboradores??
No tienen alguna relación con la Industria de la Construcción??
saludos
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