REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Primer fin de semana largo de 2010 ! ! !
- Alberto FC
- Autor del tema
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- Platinum Boarder
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- Tula de Allende, Hidalgo
* El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
* El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
* El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
Por tanto, el próximo día lunes 1 de febrero de 2010 al ser el primer lunes de dicho mes, es el día de descanso obligatorio a que se refiere la fracción II del art. 74 de la LFT.
En consecuencia, en dicho día:
- Los trabajadores no están obligados a prestar servicios el día mencionado.
- Los trabajadores que presten sus servicios en dicho día tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.
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\\\" El que sube una escalera debe empezar por el primer peldaño... \\\" Walter Scott
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- Daniel_Gtz
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Cual es la diferencia entre trabajador "de confianza" y el resto???
Aprovechando el dia festivo.
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- Alberto FC
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- Fuera de línea
- Platinum Boarder
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- Tula de Allende, Hidalgo
Quienes no desarrollen este tipo de funciones no serán trabajadores de confianza, pues ésta categoria (de confianza) depende de la naturaleza de las funciones y no de la designación del puesto.
( 9 LFT )
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- pepesoto
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El Lic.
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- Daniel_Gtz
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Hola Daniel. Para efectos de pago no hay ninguna diferencia... su pregunta al aire iba x ahi...??
El Lic.
.
Justamente mi Lic.
Siguiendo con el mismo tono: donde queda el 75 de la ley mencionada para los trabajadores "de confianza"???
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- Alberto FC
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