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    ALTA DE TRABAJADORES...PROGRAMITA

    10 Nov 2006 21:34 #245 por eduardocruzmarquez
    BUENAS TARDES COLEGAS ....

    FIJENSE QUE EN LAS ALTAS DE LOS TRABAJADORES ANTE EL RFC, SE DABA UN PLAZO HASTA EL MES DE OCTUBRE (AHORA O TENGO LA FECHA EXACTA ) SIN EMBARGO SE PODRA HACER EN DICIEMBRE SEGUN LA QUINTA RESOLUCION CREO,....AHORA TRAE UN REQUISITO ADICIONAL A LO QUE YA SABEMOS QUE ES..............


    PONER LA FECHA DE SEPARACION DEL TRABAJADOR .



    ..Y MUCHOS SE PREGUNTAN QUE EFECTOS TENDRA O PARA QUE LO QUERRA EL SAT......


    LO QUE SE ME OCURRE EN LO PARTICULAR ...EL SAT QUIERE SABER A QUIENES SE LES HACE EL CALCULO ANUAL DE LOS TRABAJADORES DEL 118 ISR. .......DEDUZCO ESO-...............

    SIN EMBARGO SI ALGUIEN DE USTEDES TENDRA EL PROGRAMITA QUE GENERA EL DISQUETTE..PARA ENVIO AL SAT....

    SI LO TIENEN LES AGRADECERIA ....ME LO COMPARTIERAN ..

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    y esperemos comentarios al respecto de que ........es lo que quiere conseguir el sat a ese nuevo requisito......FECHA DE SEPARACION DEL TRABAJADOR

    mil gracias a todos.........

    Saludos Afectuosos
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    10 Nov 2006 22:32 #255 por CPHugoocejo
    estoy de acuerdo contigo Eduardo, al conocer el sat a quienes se les hace el calculo anual, para asi hacer el cruce de informacion de salarios y empezar a mandar barajitas..jejejej, para quienes no hagan bien el calculo....



    saludos


    pd...te enviare un email de informacion.....

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    10 Nov 2006 22:45 #256 por ramiro9
    Respuesta de ramiro9 sobre el tema Re: ALTA DE TRABAJADORES...PROGRAMITA
    Eduardo en la seccion de descargas se encuentra un archivo para realizar ese tramite y que fue proporcionado por el C.P. Enrique Morales.

    Saludos

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    10 Nov 2006 23:19 #261 por oisc
    Respuesta de oisc sobre el tema Re: ALTA DE TRABAJADORES...PROGRAMITA
    Buenas tardes.

    Según entiendo a partir de diciembre como acertadamente lo comentan se deberan enviar las inscripciones al RFC de los trabajadores de la misma forma que conocemos, agregaron algunas opciones las cuales les trascribo para que se comprenda mejor:

    Primer registro del archivo
    Debe ser la clave de R.F.C. del patrón a 12 o 13 posiciones, según corresponda, Persona Moral o Persona Física.

    Registros subsecuentes.
    Deberán contener 4 columnas delimitados por comas:

    + Primera columna. CLAVE C.U.R.P. A 18 POSICIONES del asalariado.

    + Segunda columna: Fecha de Inscripción o Suspensión de la relación del asalariado, debe ser en formato DD/MM/AAAA.

    + Tercera columna: Marca del indicador de los Ingresos del asalariado de acuerdo a los valores siguientes: (únicamente pueden ser los valores 1, 2, 3, 4, 5 o 6.)
    1. Asalariados con ingresos mayores a $300,000.00.
    2. Asalariados con ingresos menores o iguales a $300,000.00.
    3. Asimilables a salarios con ingresos mayores a $300,000.00.
    4. Asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $300,000.00.
    5. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios conforme al artículo 110, fracción VI de la Ley del ISR con ingresos mayores a $300,000.00.
    6. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios conforme al artículo 110, fracción VI de la Ley del ISR con ingresos menores o iguales a $300,000.00.

    + Cuarta columna: Tipo de aviso para el asalariado en cuestión de acuerdo a los valores siguientes: (únicamente pueden ser los valores 1 o 2).
    1. Inscripción
    2. Suspensión

    Entonces por lo que se puede observar la autoridad pretende que se envie un diskette-aviso con las altas de los trabajadores y otro con la suspension de la relación laboral (incluso pienso que se podran presentar en el mismo diskette altas y suspensiones), aunque respecto de esto último la Ley no menciona la obligación de presentarles un aviso para "suspender" a un trabajador.

    La información la pueden checar en el rubro C, numeral 9, inciso d, punto click AQUI para consultarlo

    Saludos

    La experiencia es aquello que se consigue un minuto después de necesitarlo

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    11 Nov 2006 00:11 #263 por sosgtorreon
    Con lo moderno de la Plataforma Integral del SAT y el super moderno SUA, habria de proponerles que vieran la forma de integrar las bases de datos de ambos padrones... y que los avisos del IMSS surtan efectos para IMSS, INFONAVIT y SAT... digo, si son dependencias del mismo gobierno, si sus genios de la informatica son de lo mejor... para que hacer batallar al contribuyente...

    Saludos.



    sos al sos .

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    11 Nov 2006 17:17 #271 por RESPLANDOR
    Saludos a todos..

    Buen comentarios Eduardo, y efectivamente el SAT pretende por todas formas realizar el "cruce"...y asi empezar a enviarles sus notificaciones...

    SOS: definitivamente asi debiera ser y creo que seria una forma mas facil tanto para ellos como para nosotros, PERO... no vemos claro en sus ingeniebrios altamente capacitados!!!

    Buen fin de semana...

    EN LA VIDA SOLO TIENES DOS DECISIONES... TU DECIDES !!!

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