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    suspension de actividades de una asociacion civil

    21 Ene 2015 02:27 #100307 por ovarelas
    Regla 2.5.14. de la RMF para 2015.

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    09 Ene 2017 10:07 #106716 por Manuel_Garay
    AVISO DE SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES DE PERSONAS MORALES
    Quiénes lo presentan
    Personas morales que interrumpan todas las actividades económicas.

    Dónde se presenta
    A través del Portal del SAT.

    Qué documentos se obtiene
    Acuse de recepción del caso de "servicio de solicitud" con sello digital, que contiene la fecha de presentación y el número de folio.

    Cuándo se presenta
    Dentro del mes siguiente a aquél en que se actualice el supuesto jurídico o el hecho que lo motive.

    Requisitos
    Manifestación de que cumple con los requisitos establecidos en la regla 2.5.12., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
    Que el estado del domicilio fiscal y del contribuyente sea distinto a no localizado.
    Que el contribuyente a suspender se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, acreditándolo con la opinión de cumplimiento positiva.
    Que la denominación o razón social y la clave en el RFC del contribuyente, no se encuentre en la publicación que hace el SAT en su portal de Internet, de los listados de contribuyentes: con créditos fiscales firmes, no pagados o garantizados, no localizados, con sentencia por delitos fiscales, créditos fiscales cancelados por incosteables o falta de solvencia económica o por condonación de créditos fiscales.
    Que el contribuyente no se encuentre en el listado de contribuyentes que realizan operaciones inexistentes que da a conocer el SAT.
    Que el certificado de sello digital del contribuyente a suspender, no haya sido revocado debido a:
    a) Omisión de obligaciones previo requerimiento.

    b) No localización o desaparición durante el procedimiento administrativo de ejecución.

    c) No localización durante el procedimiento de facultades de comprobación o se conozca que los comprobantes fiscales emitidos se utilizaron para operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.

    d) La existencia de una o más infracciones relacionadas con el RFC, pago de contribuciones, presentación de declaraciones, solicitudes, documentación, avisos, información, expedición de constancias así como con la obligación de llevar contabilidad.

    Condiciones
    Contar con contraseña.
    Encontrarse al corriente, respecto de tus obligaciones fiscales.

    Información adicional
    No aplica.

    Compromisos de servicio
    Disponibilidad permanente.
    Emisión inmediata del Acuse de recepción del trámite.

    Pasos para realizar el trámite
    Ingresa a la sección Trámites, captura tú RFC y contraseña en "Mi Portal", seguido de Iniciar Sesión.
    Selecciona consecutivamente las opciones Servicios por Internet: Servicio o Solicitud: Solicitud.
    Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Servicio de Aviso, indicando el trámite a realizar.
    En su caso ingresa los archivos con los documentos escaneados del trámite.
    Envía tú trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.

    Disposiciones jurídicas aplicables
    Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, artículo 29 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, regla 2.5.12., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
    El siguiente usuario dijo gracias: Joselcp

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    11 Oct 2021 12:30 #110041 por ricardodp
    esta no la conocía.
    Si existe? al parecer es casi imposible cerrar una sociedad

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