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    ¿Quién no va a pagar ISR en 2014?

    25 Nov 2013 09:34 #91029 por sosgtorreon
    En México, la palabra confianza mutua tiene grandes implicaciones en materia tributaria, la autoridad parte de la premisa de que todos los contribuyentes son evasores y como tales les trata y busca legislar para evitar ser robado. Los contribuyentes por su parte consideran que todas las autoridades son ladronas y en eso se escudan para pagar lo menos posible. Todo eso da cabida a pensar, ¿Cómo es posible que el fisco diseñe un régimen en el que no se va a pagar ISR?, ¿Con dedicatoria a quién?, los viejos decían, “piensa mal y acertaras”.

    El IVA es un impuesto indirecto que corre a cargo de un tercero, es decir el contribuyente se lo cobra a su cliente y debe enterarlo a la autoridad, por lo que se debe aceptar que no es un impuesto a cargo del contribuyente, su papel es solo de recaudador. Con la eliminación del IETU y la exención del ISR para los que tributen en el llamado Régimen de Incorporación Fiscal, surge la duda, porque la autoridad, que se supone debe dedicarse a cobrar impuestos, diseña un esquema para que no se pague, al menos no el primer año, es acaso una estrategia de mercadotecnia, relevarles de pagar ISR durante el primer año es como luego dicen tan solo un gancho, se van a ver beneficiados con ese esquema realmente los ex-repecos o será aprovechado por otros, por los de siempre, “piensa mal y acertaras”.

    A las personas morales y personas físicas del Capítulo II Sección I se dice que con esta reforma se les ha quitado o limitado sus deducciones, las prestaciones que otorguen a sus empleados si se encuentran libres de ISR para el empleado no van a poder deducirlas en su totalidad, los consumos en restaurants ya castigados ahora lo son en mayor porcentaje, como patrón, ¿Hay que resignarse a no deducir el cien por ciento de lo que se les pague a los empleados o debo buscar alguna alternativa?, ¿Me deja la autoridad alguna alternativa?

    Actualmente cualquier compra o servicio que nos preste un repeco debe ser considerado como no deducible, ya que los comprobantes que tiene permitido emitir no reúnen el total de requisitos para considerarles como deducibles. Pero con la reforma, con este nuevo régimen de incorporación fiscal van a tener por obligación que emitir comprobantes fiscales formales, es decir, comprobantes con el total de requisitos para poder hacerlos deducibles por parte de quien los reciba.

    Ante el siguiente escenario, yo patrón que otorgo a mis trabajadores prestaciones exentas de ISR, mismas que no voy a poder deducir en su totalidad, ¿Qué debo hacer?, resignarme a pagar el 30% de ISR por la parte que no pueda deducir o deducir el total de lo que les pago en forma efectiva. Si de prestaciones como patrón pago solo 100,000.00 al año, tal vez la lesión de solo poder deducir el 47% y resignarme a que esa limitante a un gasto real me cueste 15,900.00 en el año no es tan gravoso, pero y si el monto de lo que otorgo en prestaciones a mis trabajadores es mayor, ¿Me resigno o consigo a alguien del régimen de incorporación fiscal para que me apoye?

    Es decir, que tal si en lugar de otorgar prestaciones a mis trabajadores recibo un servicio o le compro algo a alguien que tribute en dicho régimen, y a cambio voy a poder deducir el cien por ciento en ISR y al que me apoye no le cuesta nada en ISR. Un patrón, un contribuyente, de esos que la autoridad gusta de considerar “malos mexicanos” ya entrado en el tema se va a dar cuenta que lo que le sirve para continuar deduciendo las prestaciones que otorga a sus trabajadores igual puede servirle para disminuir o eliminar sus utilidades, total por comprobantes no se para. Dicho de otra forma, no sería nada extraño ver que en 2014 las utilidades de algunas empresas vayan a parar en contribuyentes del régimen de incorporación fiscal, donde simplemente no paguen ISR. La empresa pierde, no paga ISR, la persona física gana, pero tampoco paga ISR.

    Algunos podrán considerar que implementar esta idea en una empresa para retirar 2’000,000.00 de pesos, que es el monto máximo que puede soportar un contribuyente del régimen de incorporación fiscal, no es atractivo y si riesgoso, pero y si no es solo un contribuyente de dicho régimen el que consigues que te apoye, si consigues 10 la cifra sube a 20’000,000.00 y puede ser tanto como se necesite. Incluso por un error de cálculo de parte de la autoridad un solo contribuyente de ese régimen puede en un año tener ingresos mayores a los 2’000,000.00 sin consecuencias que lamentar en 2014. Basta revisar el artículo 112 para darse cuenta de ello, en particular las fracciones VI y VIII, al igual que los párrafos que le siguen a esta última fracción.

    Se establecen pagos bimestrales definitivos, se dispone que “Cuando los ingresos propios de la actividad empresarial obtenidos por el contribuyente en el periodo transcurrido desde el inicio del ejercicio y hasta el mes de que se trate, excedan de la cantidad señalada en el primer párrafo del artículo 111, o cuando se presente cualquiera de los supuestos a que se refiere el segundo párrafo de la fracción VIII de este artículo, el contribuyente dejara de tributar conforme a esta Sección y deberá realizarlo en los términos de la presente Ley en el régimen correspondiente, a partir del mes siguiente a aquel en que se excedió el monto citado o debió presentarse la declaración a que hace referencia el párrafo quinto del artículo 111 de esta Ley, según sea el caso.” Transcripción literal del antepenúltimo párrafo del artículo 112 de la nueva ley del ISR.

    Ejemplificando, si un contribuyente realiza operaciones al amparo de este régimen y de enero a septiembre de 2014 lleva una cobranza acumulada por 1´800,000.00 y en el mes de octubre de 2014 “tiene la fortuna” de cobrar 100´000,000.00, ¿Cuánto debe pagar de ISR?, respuesta, cero pesos. Ciertamente va a salir del régimen de incorporación fiscal y deberá pasar a la Sección I, pero lo hará a partir de noviembre de 2014 y los pagos bimestrales que haya realizado son definitivos, que por ser 2014 su primer año en dicho régimen tiene una reducción del 100% de su impuesto, sin importar si tiene gastos o no, sin importar la utilidad real que haya tenido.

    Quiénes serán pues los que en 2014 no van pagar ISR, piensa mal y acertaras decían los viejos, no quiero pensar que como es costumbre tuvieran razón.

    Saludos.



    sos al sos .
    El siguiente usuario dijo gracias: jamendoz, a_cano, COMERCIO EXTERIOR, LUNA8

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    25 Nov 2013 09:57 #91031 por sosgtorreon
    La autoridad en su afán o pretensión recaudatoria es necia y como que no quiere entender que existen giros o segmentos de la economía que van a resultar poco menos que imposible el fiscalizarlos, necia pues hace oídos sordos a sugerencias de que la reforma propuesta en particular sobre la eliminación de los repecos lejos de favorecerle puede provocarle serios y severos dolores de cabeza.

    Por ejemplificar con un giro en particular, el de taxistas o transporte público, ¿Cómo fiscalizarles en forma ideal?, si el taxi no trae taxímetro va a resultar complicado, incluso si lo trae basta con que no lo use para volver imposible establecer su ingreso. Puede pues suceder que un patrón en 2014 decida ya no dar a sus trabajadores ayuda para transporte y mejor contratar un taxista para llevar y traer a sus trabajadores, el taxista le factura, no paga ISR, el patrón deduce al cien por ciento y la autoridad ve disminuida su recaudación. En diversos giros muchos van a pensar que la autoridad se ve beneficiada ya que implica que alguien le pague el IVA correspondiente. Pero el 16% siempre va a ser menos que el 30% o el 35%, me parece que a cualquier empresario que se le diga que tiene una utilidad de 10'000,000.00 y que eso le va a costar 3´000,000.00 de ISR, pero se le proponga una forma legal y transparente de solo pagar en el peor de los casos 1´600,000.00 va a dar brincos de gusto, con eso deja de importarle incluso si los dividendos se gravan con el 10% adicional o un 100%, total no retiro utilidades porque no las hay y listo...

    Saludos.



    sos al sos .
    El siguiente usuario dijo gracias: jamendoz, Miriam17

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    25 Nov 2013 12:32 #91034 por Miriam17
    Respuesta de Miriam17 sobre el tema ¿Quién no va a pagar ISR en 2014?
    Paisano:

    Excelente aporte, digno de una editorial, por tu estupendo análisis de esta situación


    Saludos!!
    El siguiente usuario dijo gracias: sosgtorreon, LUNA8

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    26 Nov 2013 16:08 #91060 por sosgtorreon
    Les digo, esos malos mexicanos... Les comparto lo que me han comentado al momento cinco clientes todos por separado pero con la misma idea, ellos actualmente tributan en la Sección I, con actividad empresarial, sus ingresos anuales en ninguno de los casos excede el 1'500,000.00, por lo que dicen que si el próximo año la autoridad les va a dar la oportunidad de meterse a ese Régimen de Incorporación Fiscal, pues que prefieren negociar con sus clientes para no realizar cobranza alguna en lo que resta del año, buscar financiamiento con familiares para soportar los gastos que se vienen, y trasladar esos ingresos a 2014, ya que de recibirlos en 2014 van a estar libres de ISR e IETU. Lo que pasa es que estas personas son de esos que la utilidad se la llevan prácticamente a final de año, por lo que al enterarse (sabe como y de boca de quien) que incluso ellos van a poder entrar al RIF, pues como lo que tienen por cobrar es ya prácticamente pura utilidad deciden no percibir el ingreso en este año, si no en 2014, total no les va a costar ISR.

    Saludos.



    sos al sos .

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    26 Nov 2013 16:13 #91062 por sosgtorreon
    Por cierto Miriam, vieras que me da no se que imaginar como has de estar el domingo que viene, sin saber si gritar los goles que el Santos pueda meter o si decirle a mi estimado Toño, !lo siento!, un abrazo a ambos dos.

    Saludos.



    sos al sos .
    El siguiente usuario dijo gracias: jamendoz

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    29 Nov 2013 10:10 #91133 por erickimperial
    Yo pienso que esta situacion es similar al regimen de Consolidacion, no se puede acusar de evadir impuestos a las empresas que cumpliendo con lo establecido en la misma LISR, establezcan estrategias para abatir los montos de ISR a pagar. Lo incorrecto seria no aprovechar las situaciones que cumpliendo con la ley, nos permitan pagar menos. Pagar menos dentro de la Ley, no nos hace malos mexicanos, seria como si los diputados no aprovecharan su cargo para servirse con la cuchara grande.

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