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Prevision social

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19 años 3 meses antes #10341 por Abogado
Prevision social Publicado por Abogado
Que tal estimados, tengo un planteamiento no se si este en lo correcto.

Una pm para efectos de imss da los conceptos que no integran el salario, como horas extras, despensa, premio de puntualidad y asistencia, claro siempre y que no exceda los limites de la ley.

Ahora bien, la pregunta radica para los efectos de isr, ya que la persona moral para este impuesto considera todas estas partidas como prevision social, estarà en lo correcto??

Mi duda viene en lo relativo a las horas extras, formarà parte de la prevision social o estarà sujeta a los limites de ley.

Saludos!

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19 años 3 meses antes #10347 por Atshuru
Respuesta de Atshuru sobre el tema Re:Prevision social
Para fines del ISR, los limites exentos, pueden ser distintos.

En el caso del tiempo extraordinario, te debes guiar por lo que dice el Articulo 109 Fracción I de la Ley del ISR para determinar el monto gravado.

Para determinar los conceptos que se engloban como previsión social, debes comprobar si tienen alguna fracción que los exente de forma distinta al tratamiento que se debe dar al monto acumulado de P.S.

Un ejemplo: el fondo de ahorro, no es previsión social para fines del ISR, sino que tiene un tratamiento específico.


saludos

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19 años 3 meses antes #10358 por chelas
Respuesta de chelas sobre el tema Re:Prevision social
yo no consideraria prevision social los premios por puntualidad o asistencia, y sobre la despensa si es prevision social excepto la entregada en efectivo ... checa este MENSAJE >>>>

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19 años 3 meses antes #10386 por Halcon_Milenario
Respuesta de Halcon_Milenario sobre el tema Re:Prevision social
Un saludo a toda la comunidad...

Para hacer un plan de prevision social es menester identificar que éste se debe dar al trabajador para elevar su calidad de vida, no como consecuencia de su trabajo, este es el principio en que se debe basar el plan de prevision social. Una vez comprendido ésto estaremos en condiciones de diferenciar que conceptos forman parte de la previsión social y cuales no..

V. gr..

Ayuda para renta....
Esparcimiento y recreación...
Cultura y Deportes...
Becas para estudios...
Idiomas y gastronomia....
etc. etc..

Como se daran cuenta, NINGUN concepto es como consecuencia del trabajo del trabajador (valga la redundancia, espero hacerme entender), sino para elevar su calidad de vida, en terminos mas coloquiales, por que el patron quiere a su trabajador..

El hacer un plan de prevision social no es una receta de cocina ni de adivinarle cual si y cual no se integra al plan, es un estudio completo y en base a las actividades de la empresa para no exagerar en lo que se desea poner en el plan. Asi las cosas, mis estimados...
Saludos

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  • Saúl Castro Vázquez
  • Fresh Boarder
  • Fresh Boarder
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19 años 3 meses antes #10387 por Saúl Castro Vázquez
Respuesta de Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re:Prevision social
Abogado escribio:

Que tal estimados, tengo un planteamiento no se si este en lo correcto.

Una pm para efectos de imss da los conceptos que no integran el salario, como horas extras, despensa, premio de puntualidad y asistencia, claro siempre y que no exceda los limites de la ley.

Ahora bien, la pregunta radica para los efectos de isr, ya que la persona moral para este impuesto considera todas estas partidas como prevision social, estarà en lo correcto??

Mi duda viene en lo relativo a las horas extras, formarà parte de la prevision social o estarà sujeta a los limites de ley.

Saludos!


Hola: Las horas estras(es sario), despensa en efetivo, premios de asistencia y puntualidad NO SON PRESTACIONES ANALOGAS A LA PREVISION SOCIAL(existen precedente de la Corte).

La Ley del IMSS en su artículo 27 te señala que concepto no formaran parte para el SBC, pero para efectos de ISR si tu quieres considerar o implementar la PREVISION SOCIAL debes considerar concepto que la misma ley y criterios del SAT acepte como previsión social o considera análogos a estos, pero debes de investigar fiscalmente las´prestaciones y asi quede bien fundamentado, bien puedes indicar en el PLAN DE PREVISON SOCIAL que además se daran las prestaciones de (despensa en efectivo,asistencia y puntualidad)pero que te quede claro que no es previsión social ´más bien es para que en caso que el imss te revise tengas una prueba más contundente a lo referido en su Art. 27(para efecto del imss lo hago y no tengo ningún problema) pero..

Por otro lado te comento que no porque en el PLAN digas se darán como previsón social(despensa en efectivo, premios de asistencia y puntualidad) ya con ese echo se considerará previsón social, no señor


Saludos

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