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Software
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Una duda, se compró un software, costó $5,800.00, se considera activo o gasto, .... el software que es?
En el Art. 38 LISR se decriben los cargos diferidos, es un cargo diferido?
Saludos!<br><br>Mensaje editado por: Bety26, el: 09/08/2007 12:31
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ES DECIR PUEDE SER UNA SUMADORA MUY BARATA QUE TE VA A SALIR MAS CARO DEPRECIARLA QUE MANDARLA A GASTOS.
EN EL CASO DEL SOFTWARE POR EL MONTO DE LA INVERSION, SI LO PUEDES MANDAR A ACTIVO, PERO SI EN UN AÑO O DOS DECIDES CAMBIAR DE SOFTWARE LO RECOMENDABLE SERIA MANDARLO A GASTOS.
ESPERO NO HABERTE CREADO MAS CONFUISION.
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Hola, hola:
Una duda, se compró un software, costó $5,800.00, se considera activo o gasto, .... el software que es?
En el Art. 38 LISR se decriben los cargos diferidos, es un cargo diferido?
Saludos!<br><br>Mensaje editado por: Bety26, el: 09/08/2007 12:31
Bety26..
De entrada podemos ver que el software es un bien intangible, puesto no lo ves, no esta a simple vista, dado que es un programa, mas bien lo que se considera un activo es la pc en donde este instalado, pero en este caso, es un gasto.
por otro lado, nos menciona en el art 42 fraccion I segundo parrafo, donde nos especifica cuando no es considerada una inversion, en este caso de un activo, lo cual nos lleva a en este caso ser considerada un gasto.
saludos
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y asi como los activos fijos se deprecian, los gastos diferidos se amortizan ver el lisr 39 fracc III solo que eso de \"así como para otros gastos diferidos\" si considero que es algo ambiguo pero como dice la suprema corte no esperemos que las leyes sean diccionarios, y para rematar gastos y cargos diferidos no es lo mismo ojo ambos como bien comentan los estimados colegas estan el el lisr art 39 vigente
saludos
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