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19 años 1 semana antes #14877 por Cynthia
Impac Publicado por Cynthia
Tengo una duda enormeeee...

En el 2006 se genera un impac de 50,000 durante ese año no se pago nada de provisionales de impac ni tampoco de isr pq se amortizaron perdidas en este ultimo.

Sin embargo traigo en contabilidad del 2004 un saldo a favor de impac por 56,000.

Quiere decir esto que debo hacer la actualizacion del impuesto dividirlo entre 12 y sacar los pagos provisionales del 2007 y en estos acreditarme el saldo a favor de ejercicios anteriores??? Se hace en papeles de trabajo o se tiene que presentar declaracion en banco?

Please help!!!

Cynthia

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19 años 1 semana antes #14888 por fvillareal
Respuesta de fvillareal sobre el tema Re:Impac
Por la propia mecánica que dicta el art. 9 de la LIMPAC, parece imposible que tengas saldo a favor de IMPAC; tal vez lo que tengas es alguna cantidad de IMPAC que hayas pagado en los diez ejercicios anteriores y que ahora por ser mayor el ISR causado, tengas derecho a la devolución que menciona el cuarto párrafo del citado art.9.

Saludos

Pues puedes utilizar la \\"autofacturación\\"; busca su regulación en el capítulo 2.5 de la Resolución Miscelánea vigente.

Saludos

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  • Saúl Castro Vázquez
  • Fresh Boarder
  • Fresh Boarder
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19 años 1 semana antes #14906 por Saúl Castro Vázquez
Respuesta de Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re:Impac
Cynthia escribio:

Tengo una duda enormeeee...

En el 2006 se genera un impac de 50,000 durante ese año no se pago nada de provisionales de impac ni tampoco de isr pq se amortizaron perdidas en este ultimo.

Sin embargo traigo en contabilidad del 2004 un saldo a favor de impac por 56,000.

Quiere decir esto que debo hacer la actualizacion del impuesto dividirlo entre 12 y sacar los pagos provisionales del 2007 y en estos acreditarme el saldo a favor de ejercicios anteriores??? Se hace en papeles de trabajo o se tiene que presentar declaracion en banco?

Please help!!!

Cynthia


HOLA:
Lo que interpreto de Tu dudas es que no haz determinado los PP de 2007, bueno puez hazlo de cuardo al Art 7 LIMPAC,
y de conformidad con la fracción II del Art.7 de DISPOSICIONES TRANSITORIAS.(para ENE-FEB 2007 tienes que recalcular los PP de 2006 como si hubieras estado obligado a pagar es decir la base de 2005 sin considerar pasivos, y base de 2006 sin pasivos que sería la base para PP de MAR-DIC 2007), asi de sencillo.

Saludos

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