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tipo de contrato

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18 años 11 meses antes #15937 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re:tipo de contrato
Saludos Lobo, el punto es el siguiente, bueno al menos en lo que me ha tocado conocer a mi y que creo es la misma situacion que se expone...

Empresa A solicita los servicios de Empresa B para realizar determinados trabajos en sus instalaciones...

Para realizar el trabajo encomendado la Empresa B requiere de cinco personas, digamos cuatro peones y un supervisor, pero en su plantilla solo cuenta con los peones, por lo que requiere contratar al supervisor...

Contacta a un tercero que realiza ese tipo de supervisiones en forma independiente, este tercero se encuentra registrado en el RFC por honorarios... y desea mantener su calidad de independiente, por lo que le dice a la Empresa B que celebren contrato de servicios profesionales, que el les va a entregar recibo de honorarios.

El punto es que la Empresa A en sus politicas de acceso a sus instalaciones exige que todo el personal que ingrese a participar en dicho proyecto se encuentre afiliado al IMSS, pero bajo el registro patronal de la Empresa B...

Empresa B y tercero estan de acuerdo en que no hay relacion de trabajo... que su relacion es de caracter profesional e independiente... pero para que el tercero ingrese a las instalaciones de Empresa A, debe estar dado de alta en el IMSS por la Empresa B...

Mas o menos es el merequengue que provocan algunas politicas... Esta situacion me ha tocado conocerla en empresas que realizan trabajos de ingenieria de diseño y estructural...

Bueno, al menos eso es lo que yo supongo se pueda estar presentando... no se si coincida con lo que el iniciador del topico pretendio plantear...

No se si con ello se aclare un poco el panorama en tu perspectiva...

Saludos.

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18 años 11 meses antes #15948 por jjfarias
Respuesta de jjfarias sobre el tema Re:tipo de contrato
Hola a todos.

Es indudable que lo hacen la mayoria de las empresas que solicitan un servicio, con la finalidad de estar protegidos ante cualquier contingencia ya sea por accidente o por una inspección por parte de la Sria del Trabajo.

Hay que diferenciar los dos tipos de servicios, uno es el profesional y esta normado por la legislación civil, el otro es subordinado y es regido por la LFT.

En un contrato de prestación de servicios no puedes otorgarle seguridad social, toda vez que no debe existir una subordinación por el servicio prestado, por que precisamente, el obligado ejerce sus tecnicas, procedimientos y enseñanzas para el desempeño del servicio cuando, y como pueda realizarlo el, hasta el vencimiento de un determinado tiempo o de la terminación del servicio.

En cambio si hablamos de una relación de subordinación, estamos hablando de que esa persona tendra un jefe directo quien lo mandara, exigira, supervisara, etc.

Tu caso es algo complicado, ya que dicha relación es una mezcla de ambas, para lo cual algunas empresas dedicadas al Outsuorcing precisamente contemplan ese tipo de servicios.

Que puedes hacer?
A) Lo das de alta como tu trabajador y deduces las cuotas obrero patronales, asi como su salario y aportaciones bimestrales, obviamente estas obligado a hacer calculo para su retencion de ISR respectiva.

B) Acercate a una empresa de outsuorcing y que te brinde el servicio.

C) De plano dalto de alto tu como Patrón, aunque sea simulado, pagas sus coutas, aportaciones, su salario por un monto determinado y la diferencia del servicio sustentala con un contrato de prestación de servicios, pagando a través de este y el comprobante respectivo esa diferencia del monto.

Es decir amarra el contrato de trabajo con el contrato de prestación de servicios.

Saludos

PD Esperemos mas opiniones al respecto.

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18 años 11 meses antes #15964 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re:tipo de contrato
gracias sos, comentas \"El punto es que la Empresa A en sus politicas de acceso a sus instalaciones exige que todo el personal que ingrese a participar en dicho proyecto se encuentre afiliado al IMSS, pero bajo el registro patronal de la Empresa B...\"

pero que ley exige esto ?.o donde dice ?.....es ahi donde no me cuadra el circulo


lo que se hace aqui en zacatecas cuando se da algo similar, ..es que la empresa contratadora exige que el prestador de servicios (pq en razon de lo comentado por jj en sus primeras lineas NO ES TRABAJADOR) este afiliado al IMSS.......como ?, como sea.........y lo que hacermos es que sacamos el imss VOLUNTARIO y la empresa contratadora se quita de responsabilidades

obvio es que todo esto se amarra con un contrato CIVIL, no laboral

eso de mezclar SUBORDINACION (LFT, CON TODAS SUS CONSECUENCIAS) con prestacion de servicios (CODIGO CIVIL), NO ME ALCANZA A GUSTAR...O ES UNO....O ES OTRO, ASI LO PERCIBO

SALUDOS

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18 años 11 meses antes #15966 por jjfarias
Respuesta de jjfarias sobre el tema Re:tipo de contrato
Tienes toda la razón Lobo, debe ser una u otra, sin embargo y conforme al procedimiento qeu realizan las empresas para contratar en la cual exigen al prestador del servicio que cualquier persona que ingrese a laborar a su establecimiento debe contar con IMSS, como ya lo dije con la unica finalidad de no tener contingencias, como lo es, darlo de alta, pagar sus cuotas, aportaciones, evadir demandas laborales (Aunque realmente no lo pueden evitar) y sobre todo evitarse el fincamiento de capitales constitutivos.

Realmente aqui tendria que prevalecer una relación laboral, sin embargo, es cuestionable, sobre todo, de que tal vez el servicio no sea desempeñado de manera sucesiva.

Saludos

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18 años 11 meses antes #16001 por dmorales
Respuesta de dmorales sobre el tema Re:tipo de contrato
Muchas Gracias por su apoyo

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18 años 11 meses antes #16003 por LOBOZAC
Respuesta de LOBOZAC sobre el tema Re:tipo de contrato
y cual fue la conclusion dmorales, la puedes compartir ?

saludos<br><br>Mensaje editado por: LOBOZAC, el: 20/09/2007 19:41

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