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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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19 años 9 meses antes #1627
por Rayafama
No se que diera por tenerla ahora mismo, mirando por encima de mi hombro lo que escribo,
Con ella descubrí que hay AMORES ETERNOS.
IVA en venta por cuenta de terceros Publicado por Rayafama
companeros tengo una duda y espero que alguien me pueda echar una mano:
la duda es la siguiente: en algunas facturas me he encontrado que se pone una leyenda que dice algo asi:
venta por cuenta de: EMPRESA X, SA DE CV, RFC, Domicilio (en los terminos de la regla 2.4.4. RMF)
donde puedo encontrar informacion al respecto, la regla que menciona solo dice de la obligacion de agregar dicha leyenda.
saludos, gracias de antemano
la duda es la siguiente: en algunas facturas me he encontrado que se pone una leyenda que dice algo asi:
venta por cuenta de: EMPRESA X, SA DE CV, RFC, Domicilio (en los terminos de la regla 2.4.4. RMF)
donde puedo encontrar informacion al respecto, la regla que menciona solo dice de la obligacion de agregar dicha leyenda.
saludos, gracias de antemano
No se que diera por tenerla ahora mismo, mirando por encima de mi hombro lo que escribo,
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19 años 9 meses antes #1629
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: IVA en venta por cuenta de terceros
rayafama, checa esto...
2.4.4.
El nombre, la denominación o razón social de los contribuyentes autorizados para imprimir sus propios comprobantes, así como los datos de aquéllos a quienes se les haya revocado la respectiva autorización, son los que se dan a conocer en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria ( www.sat.gob.mx ). Cuando el SAT revoque la autorización, se considerará que los comprobantes impresos antes de la revocación satisfacen el requisito establecido en el segundo párrafo del artículo 29 del Código. La revocación a que se refiere este párrafo operará a partir de la fecha en que se incorpore en la citada página de Internet.
saludos
2.4.4.
El nombre, la denominación o razón social de los contribuyentes autorizados para imprimir sus propios comprobantes, así como los datos de aquéllos a quienes se les haya revocado la respectiva autorización, son los que se dan a conocer en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria ( www.sat.gob.mx ). Cuando el SAT revoque la autorización, se considerará que los comprobantes impresos antes de la revocación satisfacen el requisito establecido en el segundo párrafo del artículo 29 del Código. La revocación a que se refiere este párrafo operará a partir de la fecha en que se incorpore en la citada página de Internet.
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19 años 9 meses antes #1661
por Rayafama
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Respuesta de Rayafama sobre el tema Re: IVA en venta por cuenta de terceros
muchas gracias por tu tiempo hugo
saludos
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