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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Pague de mas ISR
- karinam_39
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Tengo que pedir devolucion, o lo puedo dejar a cuenta de la declaracion anual?
Muchas Gracias
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- LOBOZAC
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- enrique9727
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Pero el ISR marca que los pagos provisionales debe efectuarse de manera acumulativo, pudiendo salir mas cantidades a cargo en meses posteriores y aprovecharse ese pago de mas, de manera anticipada, contra esos pagos, sin tener que realizar complementarias, por lo que los pagos posteriores el importe a cargo seria determinado en menor cuantia. Este procedimiento no es el indicado segun las leyes fiscales, pero podria formaria parte del procedimiento de determinacion del contribuyente.
saludos cordiales
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- karinam_39
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Entonces puede ser valido este?
enrique9727 escribio:
Pero el ISR marca que los pagos provisionales debe efectuarse de manera acumulativo, pudiendo salir mas cantidades a cargo en meses posteriores y aprovecharse ese pago de mas, de manera anticipada, contra esos pagos,saludos cordiales
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- chavitoz_gto
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saludos
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- CPHugoocejo
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al corresponder tu pago en exceso a un pago provisional, los cuales se determinan de forma acumulativa como bien lo señalo enrique, y si ese pago en exceso lo puedes acreditar en pagos provisionales posteriores, yo considero que si lo puedes acreeditar y ademas no es en perjuicio del fisco. pero si debes tener tus papeles de trabajo bien definidos ya que estos ahora forman parte de la contabilidad
saludos
Chavitoz_gto
Una observacion, los papeles de trabajo no forman parte de una contabilidad, mas bien es un soporte de nuestros calculos de impuestos y que me serviran para en un momento dado pueda demostrarle a la autoridad que nuestros calculos son correctos.
saludos
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