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PAGO DE IMPUESTOS

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19 años 8 meses antes #2183 por yequis
PAGO DE IMPUESTOS Publicado por yequis
HOLA A TODOS NECECITO DE SU AYUDA DE ANTE MANO MUCHAS GRACIAS:

TENGO UN CONTRIBUYENTE QUE ES P.F. Y ES DENTISTA ESTA DADO DE ALTA EN HACIENDA EN ACTIVIDAD EMPREESARIAL SERVICIOS PROFESIONALES EL TIENE UN CONSULTORIO EN EL D.F. Y TIENE OTRO EN PACHUCA, SU DOMICILIO FISCAL ES EN EL D.F. Y CUANDO SE PRESENTAN SUS IMPUESTOS SE JUNTAN LOS INGRESOS DE PACHUCA Y LOS DEL D.F. Y SE HACE UN SOLO PAGO PROVISIONAL Y SE PRESENTA EN EL D.F. MI PREGUNTA ES: ¿ESTAN PRESENTADOS CORRECTAMENTE O TENGO QUE PRESENTAR UNO EN PACHUCA Y UNO EN EL D.F.?
Y DONDE PUEDO ENCONTRAR EL FUNDAMENTO.

LES AGRADEZCO SU ATENCION Y SU AYUDA SALUDOS A TODOS... :? :? :? :? :?

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19 años 8 meses antes #2184 por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: PAGO DE IMPUESTOS
checa el art 127 LISR.....


saludos

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19 años 8 meses antes #2186 por yequis
Respuesta de yequis sobre el tema Re: PAGO DE IMPUESTOS

checa el art 127 LISR.....


saludos


HOLA CONTADOR HUGO YA CHEQUE EL ARTICULO PERO NO ME DICE NADA DE EL PAGO CONJUNTO O POR SEPARADO POR ENTIDAD QUISIERA SABER SI TIENES ALGO MAS Y GRACIAS POR TU AYUDA

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19 años 8 meses antes #2188 por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: PAGO DE IMPUESTOS
es correcto la forma de pago que haces mencion, se debe hacer uno solo, toda vez que corresponde al capitulo II actividad empresariales y profesionales, seccion I...correlacionado con el primer parrafo del art 120 y el 127 primer parrafo..LISR


saludos

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19 años 8 meses antes #2189 por KIKE_CORONA
Respuesta de KIKE_CORONA sobre el tema Re: PAGO DE IMPUESTOS
Artículo 127 Ley del ISR. Los contribuyentes a que se refiere esta Sección, efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas. El pago provisional se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere esta Sección obtenidos en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponde el pago, las deducciones autorizadas en esta Sección correspondientes al mismo periodo y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Al hablar de la totalidad habla de una declaracion por todos, sin incluir cuantas sucursales tengas.

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19 años 8 meses antes #2217 por yequis
Respuesta de yequis sobre el tema Re: PAGO DE IMPUESTOS

Artículo 127 Ley del ISR. Los contribuyentes a que se refiere esta Sección, efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas. El pago provisional se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere esta Sección obtenidos en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponde el pago, las deducciones autorizadas en esta Sección correspondientes al mismo periodo y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Al hablar de la totalidad habla de una declaracion por todos, sin incluir cuantas sucursales tengas.


muchisimas gracias por sus comentarios me ayudaron bastante, saludos y muchas felicidades...

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