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Pregunta: Pago a residentes en el ext. (IETU)

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18 años 7 meses antes #22159 por Valvaro
Contadores,

Despues de leer el art. 6 de LIETU

\"....cuando las erogaciones se realicen en el extranjero o se paguen a residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el pais, las mismas deberan corresponder a erogaciones que de haberse realizado en el pais serian deducibles\"

El caso es que la empresa realiza algunos pagos a representantes en los EEUU (asimilados a salarios), PEEEERO.. estos no rebasan el tope que señala el Art. 180 de LISR (quedan excentos), entonces para el credito fiscal por Sueldos Salarios y asimilados..ya no aplican?

Algun argumento para poder deducirlos o que cambios habria que efectuar para ello? :silly:

Gracias de antemano y saludos!

Vendo AMEROS baratos o cambio por PEJEBONOS!!!

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