Radio Aportaciones
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

Recordatorio a todos los usuarios de los foros:

5. Está prohibido transmitir a través de estos foros cualquier contenido (información, datos, gráficos, texto, archivos, ligas, software u otro material) que viole cualquier derecho de propiedad industrial o intelectual. Se requiere mencionar al autor y el medio de publicación cuando se haga una referencia editorial.

ISR no hay a cargo

Más
18 años 6 meses antes #23060 por MARIOAL
Respuesta de MARIOAL sobre el tema Re:ISR no hay a cargo
casacruz escribio:

Tal y como lo mencionas, se le da el mismo tratamiento que el cas para efectos de isr,(Art. 8 del Decreto para la reforma fiscal para 2008).

Sugiero la lectura de un art. escrito por los admin de la pagina llamado; \"Sueldos y Salarios 2008, sin subsidio fiscal ni CAS, pero con subsidio al empleo.\" Biene en la pagina principal en la parte inferior, ahi hay un ejemplo de 2008 comparativo con el del ejercicio 2007,,, saludos...


o.k. muchas gracias casacruz, saludos....

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 6 meses antes #23062 por ernye
Respuesta de ernye sobre el tema Re:ISR no hay a cargo
puedes hacer esto

ISR 200
sub.p/el empleo 200
isr 0

IETU 1,200
-cred,fiscal(sueldos+seguridad social x .165)supongo que tienes empleados
- isr 200
= ietu a pagar

asi no desperdicias tu subcidio para el empleo

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 6 meses antes #23063 por casacruz
Respuesta de casacruz sobre el tema Re:ISR no hay a cargo
ernye, el art. 8 en su 5to parrafo de la ley del ietu menciona que efectivamente se podra acreditar el isr efectivamente pagado en los terminos de la lisr, pero también menciona que; \"No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos\", y en tu caso el isr se cubrio con un acreditamiento.


Artículo 8. Lietu 5-P
El impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este artículo, será el efectivamente pagado en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos o reducciones realizadas en los términos de las disposiciones fiscales, con excepción del acreditamiento del impuesto a los depósitos en efectivo o cuando el pago se hubiera efectuado mediante compensación en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.


saludos...

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 6 meses antes #23083 por ernye
Respuesta de ernye sobre el tema Re:ISR no hay a cargo
ooooooooooorale me acabas de sacar del oyo gracias

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
18 años 6 meses antes #23086 por casacruz
Respuesta de casacruz sobre el tema Re:ISR no hay a cargo
por nada, saludos a todos...

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.639 segundos
Gracias a Foro Kunena