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No acumulé el crédito S. y S.S. en P.P. IETU Feb.

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18 años 5 meses antes #25157 por Regio666
Buenas tardes compañeros foristas
Espero me puedan orientar, mi caos es el siguiente:

Por un error de interpretación en los acreditamientos de sueldos y seguridad social para IETU, al determinar el pago provisional Persona Moral del mes de febrero de IETU, no acumulé los acreditamientos de sueldos y seguridad social del período enero-febrero, aplicando al impuesto determinado en el mes de febrero, solo el acreditamiento correspondiente al mes de febrero, debiendo ser el acreditamiento acumulado de enero y febrero.
Ahora me queda claro que los acreditamientos por sueldos y seguridad social son acumulativos al período correspondiente y no sólo al mes de que se trate.

Al determinar el IETU del mes de febrero, contra este impuesto sólo apliqué el acreditamiento por sueldos y salarios del mes de febrero, debiendo ser el de enero y febrero, por consecuencia el pago provisional del mes de febrero que se efectuó fue mayor, de lo que debió haber sido.
Ahora antes de elaborar el pago provisional del mes de marzo, quisiera saber si debo presentar declaración complementaria del mes de febrero para determinar el pago correcto que debió de ser menor al presentado y así determinar, lo pagado de más, para acreditarlo en el pago provisional del mes de marzo.
Ó ¿Puedo elaborar el pago provisional del mes de marzo sin presentar complementaria del mes de febrero, y acreditar contra el impuesto determinado en marzo, los pagos provisionales de los meses de enero y febrero, directamente?

En pocas palabras: debo presentar complementaria del mes de febrero, ó puedo presentar el mes de marzo acreditando de forma directa los pagos provisionales de enero y febrero, al impuesto determinado en marzo.

Perdón por esto que parece trabalenguas, y gracias a quienes tuvieron la paciencia de llegar hasta estas líneas, y gracias más a quien pueda aportar alguna sugerencia.

Saludos
Regio666

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18 años 5 meses antes #25205 por Conde Contar
Me inclino por presentar la declaración complementaria, con la intención de que tengas tus antecedentes en orden, aunado a que tu cálculo de febrero quedará conforme a ley.
Tendrías que dar un control muy transparente al "pago en exceso" que se te va a generar en febrero y que acreditarás en marzo. Es decir, reflejar en tus papeles perfectamente de dónde procede y dónde se aplicó.

Todos somos muy ignorantes. Lo que ocurre es que no todos ignoramos las mismas cosas. A. Einstein.

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18 años 5 meses antes #25231 por congresista
SALUDOS COLEGAS;

YO LO DEJARIA ASI COMO ESTA, OBVIAMENTE SIN HABER ACREDITADO TOTALMENTE LO QUE TE CORRESPONDE DE SUELDOS Y SALARIOS DEL PERIODO ENERO A FEBRERO (ACUMULADO); PARA EL MES DE MARZO CUANDO DETERMINES EL IETU TENDRAS MAYOR ACREDITAMIENTO POR ESTE CONCEPTO DE CREDITO POR SALARIOS POR LO QUE TU IETU DEL MES DE MARZO SERÁ MENOR.

BUENO ESTE ES MI OPINION EN PARTICULAR, SI YA PRESENTASTES EL LISTADO DE BASE PARA IETU, HABRIA ENTONCES QUE MODIFICAR TODO, PRESENTAR COMPLEMENTARIA DEL NUEVO CALCULO, PRESENTAR COMPLEMENTARIA DE LISTADO. ETC.

SALUDOS COLEGAS.


ATTE.

EL CONGRESISTA

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18 años 5 meses antes #25264 por Regio666
O.K. conde contar y congresista al parecer las dos opciones son validas, gracias por su aportación.

Regio666

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18 años 5 meses antes #25266 por velociraptor
debido a que el IETU no es pago definitivo en PP, no pierdo el derecho de acreditación en el ejercicio (muy diferetne sería que no lo hubiera acreditado en el 2008 y desearía aplicarlo en el 2009)

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