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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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REFIERE ART.32

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18 años 2 meses antes #28666 por Nelda
REFIERE ART.32 Publicado por Nelda
HOLA A TODOS ALGUIEN ME PUEDE DECIR LO QUE SE REFIERE EL ART.32 FRACC. V y VIII
SE LOS AGRADECERIA MUCHO;)

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18 años 2 meses antes #28669 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: REFIERE ART.32
Si nos precisas de que Ley o Reglamento, con gusto.

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18 años 2 meses antes #28683 por Nelda
Respuesta de Nelda sobre el tema Re: REFIERE ART.32
LIVA ART. 32 FRACC V y VIII

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18 años 2 meses antes #28689 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: REFIERE ART.32
Veamos;

Artículo 32.- Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes:

El articulo en comento es el primero del Capitulo VII de LIVA, mismo que se refiere a las obligaciones a que estan sujetos los contribuyentes de dicho gravamen.

V.Expedir constancias por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1-A, al momento de recibir el comprobante a que se refiere la fracción III de este artículo, y proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información sobre las personas a las que les hubieren retenido el impuesto establecido en esta Ley, dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.

Emision de constancias, ¿cual es la duda?, ¿la periodicidad?, ¿el formato a utilizar?

VIII. Proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información correspondiente sobre
el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue
trasladado el impuesto al valor agregado, incluyendo actividades por las que el contribuyente no está obligado al pago, dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior
al que corresponda dicha información.


Es la obligacion que todos conocemos como DIOT, vuelvo a preguntar, ¿cual es la duda?

Voy saliendo, probablemente ya no pueda dar seguimiento al tema por el dia de hoy, pero confio en que si precisas tus planteamientos varios compañeros podran atender tus inquietudes en forma satisfactoria.

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