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IMPAC o ISR

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18 años 2 meses antes #29497 por jhpegaso
IMPAC o ISR Publicado por jhpegaso
Buenas tardes

En 2007 estuve obligado a presentar pagos provisionales de IMPAC, ya que en ISR he estado amortizando perdidas de ejercicio anteriores.

SI pague impac, es necesario presentar la declaracion de ISR propio en ceros???
Y si fuera al reves???
Cual es el fundamento??

De antemano Gracias

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18 años 2 meses antes #29508 por jhpegaso
Respuesta de jhpegaso sobre el tema Re: IMPAC o ISR
Bueno me puse a leer y encontre la regla en el 2007 era la regla 2.14.2 en donde me dice que si pago IMPAC en lugar de ISR, si tengo q presentar declaracion estadistica de ISR.

Si fuera al reves no.

Y checando dicha regla para el 2008, no la encuentro, solo encontre en la regla II.2.12.2. en donde me dice q si no tengo nada a pagar, tengo la obligacion de presentar declaracion de informacion estadistica, pero ahora no encuentro donde dice q si por ejemplo en un mes no realizo retenciones de ISR e IVA de honorarios a personas fisicas no presento esa declaracion...

Soy un caos verdad¡¡¡

De antemano gracias

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18 años 2 meses antes #29510 por JORGE LUGO
Respuesta de JORGE LUGO sobre el tema Re: IMPAC o ISR
RMF 2008-2009
Informe de las razones por las que no se realiza pago de impuestos
II.2.12.2. Para los efectos del artículo 31, sexto párrafo del CFF, cuando por alguna de las obligaciones fiscales que esté obligado a declarar el contribuyente mediante el programa “Declaración Provisional o Definitiva de Impuestos Federales”, a que se refiere la regla II.2.12.1., en declaraciones normales o complementarias, incluyendo extemporáneas, no tenga cantidad a pagar derivado de la mecánica de aplicación de ley o saldo a favor, se informará a las autoridades las razones por las cuales no se realiza pago, presentando la declaración de pago provisional o definitivo que corresponda, a través del citado programa, llenando únicamente los datos solicitados por el mismo.
CFF 31, RMF 2008 II.2.12.1., (RMF 2007 2.14.2.)


MIRA PARA MI CASO PARA ISR SI TIENES QUE PRESENTAR LAS DECLARACIONES POR LAS QUE NO TIENES IMPUESTO A CARGO. PARA IMPAC HABIA UNA REGLA QUE YA FUE MODIFICADA QUE DECIA QUE NO HABIA QUE HACER PAGOS PROVISIONALES EN CEROS. YA QUE SE PAGAN EN CONJUNTO CON ISR.

RMF ANTERIOR.....
2.14.2. Los contribuyentes que conforme a lo establecido en el cuarto párrafo del artículo 31 del Código, estén obligados a presentar la primera declaración sin pago, quedan relevados de la obligación de hacerlo, así como de las subsecuentes, en tanto no tengan impuesto a pagar
o saldo a favor.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, para los efectos del último párrafo del artículo 20 del Código, en relación con el cuarto párrafo del artículo 31 del mismo, si por alguna de las obligaciones a declarar no existe impuesto a pagar ni tampoco saldo a favor, los contribuyentes, por la obligación de que se trate, deberán presentar a más tardar el último día en que estén obligados a presentar la declaración de pago que corresponda, la declaración con información estadística que se encuentra contenida en la dirección de Internet del SAT www.sat.gob.mx proporcionando los datos que se indican en la aplicación electrónica correspondiente. El SAT enviará a los contribuyentes el acuse de recibo utilizando la misma vía, el cual deberá contener el sello digital generado por dicho órgano.
Para los efectos del párrafo anterior, los datos que se deberán proporcionar en la dirección electrónica citada son: identificación del contribuyente; concepto del impuesto, por obligación; periodo; ejercicio; tipo de declaración y motivo(s) por el que no existe impuesto a pagar ni saldo a favor. Tratándose de la declaración a que se refiere el segundo párrafo de la regla 2.14.3. de esta Resolución, adicionalmente se deberá señalar el monto pagado con anterioridad y fecha del mismo.
. Los contribuyentes no presentarán la declaración con información estadística, cuando se trate de las siguientes obligaciones:
a) Retenciones del IVA, IEPS o ISR, excepto tratándose de las que se deban efectuar por los ingresos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del ISR.
b) Pagos provisionales del IMPAC y del impuesto sustitutivo del crédito al salario.

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18 años 2 meses antes #29511 por JORGE LUGO
Respuesta de JORGE LUGO sobre el tema Re: IMPAC o ISR
SI NO ESTA EN C.F.F. O R.C.F.F. debe de estar en ley, pero no me acuerdo en donde lo pasaron.

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