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Asociación Civil

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18 años 1 semana antes #33120 por COLON
Asociación Civil Publicado por COLON
Buenas tardes a todos:


Esperando me puedan apoyar les comento la siguiente situación:


En una escuela primaria (particular) se creo hace unos meses una asociación civil para constituir la Sociedad de Padres de Familia del colegio.

Los recursos con los que va a contar son las cooperaciones (no se si la palabra correcta sean cuotas) que deben dar los padres de familia por cada uno de los hijos que tienen en la escuela.

El director nos indica que ya con la cédula que contiene el RFC de la asociación acudamos a un impresor autorizado para mandar a hacer comprobantes con requisitos fiscales.

Mis preguntas serían:


¿Es necesario u obligatorio expedir comprobantes con requisitos fiscales?
¿Tiene que llevar a cabo la elaboración de contabilidad formal y que obligaciones fiscales tendría que cubrir?
¿En el caso que si debamos emitir comprobantes con requisitos fiscales deberían desglosar IVA?
¿Al ser una A.C., los ingresos por las cooperaciones o cuotas son ingresos acumulables o no ?


Agradezco de antemano todos los comentarios u orientación que puedan hacer al respecto.


Saludos,

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18 años 1 semana antes #33146 por puma1
Respuesta de puma1 sobre el tema Re: Asociación Civil
Estimado colon, son muchas preguntas y dudas a la vez. De entrada yo te puedo comentar que si se va a constituir una AC sin fines de lucro, primero tienes que revisar las leyes tributarias para saber si sera sujeta o no de ellas.

Familia y Conocimiento.

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18 años 1 semana antes #33167 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Asociación Civil
Sugiero la lectura total del Titulo III de LISR (del art 93 al 105), poniendo especial atencion en el articulo 95-XIV. Las obligaciones a que son sujetos las encuentras en el 101, si despues de la lectura persisten las dudas, con gusto expondales y les daremos atencion.

Por cierto, !bien llegado a casa!

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18 años 6 días antes #33412 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Asociación Civil
Dando seguimiento a la inquietud, espero aun te resulte de interes -igual y vas a ser el tesorero o presidente;

¿Es necesario u obligatorio expedir comprobantes con requisitos fiscales?

Partiendo de que se inscriban al RFC al amparo de la fraccion XIV del 95 de LISR y en concordancia con el 101-II igualmente de LISR, SI, les resulta aplicable la obligacion de expedir comprobantes bajo las regulaciones aplicables a los mismos, revisar CFF y RM, en los apartados correspondientes.

¿Tiene que llevar a cabo la elaboración de contabilidad formal y que obligaciones fiscales tendría que cubrir?

Contabilidad hay obligacion, revisar 101-I de LISR, y en abundancia los que resulten aplicables de CFF y RCFF.

¿En el caso que si debamos emitir comprobantes con requisitos fiscales deberían desglosar IVA?

Si el acto por el que se expida el comprobante da lugar a la causacion y traslado del referido impuesto SI, caso contrario y en obvio de razones NO, sugiero la lectura del 15 de LIVA para un mejor entendimiento.

¿Al ser una A.C., los ingresos por las cooperaciones o cuotas son ingresos acumulables o no ?

Al decir acumulables se sobreentiende la inquietud va por el lado de ISR, por lo que el comentario seria que si la Asociacion la registran al amparo del 95-XIV de LISR no van a tener -de entrada- ingresos acumulables, toda vez que van a formar parte del Titulo III de LISR, mismo que se refiere a DEL RÉGIMEN DE LAS PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS, coloquialmente denominado de LOS NO CONTRIBUYENTES.

Como comentario adicional te platico; una gran mayoria de personas ignoramos que las asociaciones de padres de familia para ser tomadas con seriedad por parte de las auotridades educativas -escuelas y superiores- deben reconocerse como tales, adoptar un reglamento y regirse por lo dispuesto en el Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia de la Ley General de Educacion.

Destacando que en dicho Reglamento no se contempla como obligacion la incorporacion al padron del RFC, si bien esta se da como un hecho por contemplarse la figura de Asociacion de Padres de Familia en LISR -fundamento ya citado con antelacion- resulta interesante conocer las facultades y obligaciones de las asociaciones, solo que por lo regular en el mejor de los casos los padres de familia se conforman con nombrar la mesa directiva de la sociedad de padres de familia, regresando a lo mucho en el mejor de los casos por la calificacion de los hijos cada dos meses...

Es bueno que se interesen en agruparse y formalizar las cosas para que les tomen con seriedad y puedan participar del proceso educativo de los hijos, existen varios modelos de Reglamentos internos en la red, cosa de poner en el buscador.

Espero lo aportado te resulte de utilidad.

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