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aviso para operaciones de autofactura
- rcjf2002
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Creo que ya le he dado muchas vueltas a este tema, sobretodo en el foro pasado, pero aún no he podido llegar a una conclusión, ni con hacienda ni con los auditores:
Una compañía quiere tener operaciones mediante autofactura, ésta se dedica a la compra venta de frutas y legumbres y las compras que haría son por los mismos conceptos, de acuerdo con la RMF (2.5.1 a 2.5.4) las compras relacionadas con la agricultura, ganadería y pesca NO estan sujetas a una retención de impuestos, por lo que me han comentado en Hacienda que NO ES NECESARIO PRESENTAR UN AVISO DE AUMENTO DE OBLIGACIONES.
Según mi parecer, el aviso de aumento de obligaciones es en realidad un aviso de aumento de obligaciones COMO RETENEDOR, pero no existe un aviso de aumento de obligaciones por las operaciones de autofactura en sí.
Estoy en lo correcto?
Saludos y Gracias por su participación
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- Kizu
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Ahora, respecto del aviso de aumento de obligaciones como retenedor por operaciones realizadas mediante autofacturacion, te comento que existen el formato R-1, aviso de inscripcion y el R-2, cambios de situacion fiscal etc. etc...el concepto: RETENCIONES DE ISR: ADQUISICIONES COMPROBADAS MEDIANTE AUTOFACTURACION, A CUYO CONCEPTO CORRESPONDÍA LA CLAVE R23, la cual también aplicaba para retenciones de IVA.
Revisa por ahí alguno de esos formatos y podrás ver los conceptos...aunque ahora, con los cambios que está efectuando el sat, estos practicamente son obsoletos y los trámites se tienen que hacer directamente en la administracion local de recaudacion que le corresponda al contribuyente, pero te reitero, en tu caso no aplica.
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- rcjf2002
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Pues revisando la resolución miscelanea fiscal 2006, reglas de la 2.5.1 a la 2.5.4, efectivamente, por las adquisiciones que se hagan a los contribuyentes señalados en la fracción 2.5.1 de dicha resolución no aplica retención de ninguna especie, por lo tanto no debes presentar un aviso de aumento de obligaciones como retenedor de algo que de hecho y por derecho no "tienes obligacion", en ese sentido tienen razón los personajes del sat y los auditores; ejemplo: si la empresa no tiene trabajadores a su servicio, sería ilógico que el sat pretendiera que tuviera registrada la obligación como retener por sueldos y salarios.
Ahora, respecto del aviso de aumento de obligaciones como retenedor por operaciones realizadas mediante autofacturacion, te comento que existen el formato R-1, aviso de inscripcion y el R-2, cambios de situacion fiscal etc. etc...el concepto: RETENCIONES DE ISR: ADQUISICIONES COMPROBADAS MEDIANTE AUTOFACTURACION, A CUYO CONCEPTO CORRESPONDÍA LA CLAVE R23, la cual también aplicaba para retenciones de IVA.
Revisa por ahí alguno de esos formatos y podrás ver los conceptos...aunque ahora, con los cambios que está efectuando el sat, estos practicamente son obsoletos y los trámites se tienen que hacer directamente en la administracion local de recaudacion que le corresponda al contribuyente, pero te reitero, en tu caso no aplica.
KIZU,
Agradezco mucho tu respuesta, sólo espero poder hacer entender a los auditores para que también esten de acuerdo
SAludos!
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