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Dispersion de la nomina
- Zaor17
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17 años 11 meses antes #34229
por Zaor17
Dispersion de la nomina Publicado por Zaor17
Señores... Buenas Tardes
alguno de ustedes sabe cuando fue publicado el en DOF, Que es obligatorio hacer la dispersion de la nomina en diferentes bancos, en donde lo quiera el empleado.
Si tienen el fundamento y la fecha de publicacion, por favor..
Gracias por su ayuda.
R. Zamora
alguno de ustedes sabe cuando fue publicado el en DOF, Que es obligatorio hacer la dispersion de la nomina en diferentes bancos, en donde lo quiera el empleado.
Si tienen el fundamento y la fecha de publicacion, por favor..
Gracias por su ayuda.
R. Zamora
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17 años 11 meses antes #34231
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Dispersion de la nomina
Deja buscar en el foro de publicaciones, hay recuerdo haber visto la nota. Regreso y pego el link.
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17 años 11 meses antes #34232
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Dispersion de la nomina
Da click en el siguiente texto;
Portabilidad de la nomina
Es una nota en relacion al tema, se menciona la vigencia para octubre 2008. Sigo buscando mas y regreso.
Por cierto, !bien llegada a casa!
Portabilidad de la nomina
Es una nota en relacion al tema, se menciona la vigencia para octubre 2008. Sigo buscando mas y regreso.
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17 años 11 meses antes #34234
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: Dispersion de la nomina
Ya esta te tengo el fundamento, Articulo 18 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.
Cito textual el articulo comentado;
Artículo 18. Los trabajadores tendrán derecho a solicitar a la institución de crédito en la que se realice el depósito de su salario y de otras prestaciones de carácter laboral, que transfiera la totalidad de los recursos depositados a otra institución de crédito que elija el trabajador, sin que la institución que transfiera los recursos pueda cobrar penalización alguna al trabajador que le solicite este servicio. Las instituciones de crédito deberán sujetarse a las disposiciones de carácter general que al efecto emita el Banco de México.
Las entidades públicas, en la contratación de servicios financieros para el pago de los salarios de sus trabajadores, garantizarán condiciones favorables en beneficio de éstos.
La Ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federacion el 15 de junio de 2007, por cierto ese dia cumple años mi domadora.
Cito textual el articulo comentado;
Artículo 18. Los trabajadores tendrán derecho a solicitar a la institución de crédito en la que se realice el depósito de su salario y de otras prestaciones de carácter laboral, que transfiera la totalidad de los recursos depositados a otra institución de crédito que elija el trabajador, sin que la institución que transfiera los recursos pueda cobrar penalización alguna al trabajador que le solicite este servicio. Las instituciones de crédito deberán sujetarse a las disposiciones de carácter general que al efecto emita el Banco de México.
Las entidades públicas, en la contratación de servicios financieros para el pago de los salarios de sus trabajadores, garantizarán condiciones favorables en beneficio de éstos.
La Ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federacion el 15 de junio de 2007, por cierto ese dia cumple años mi domadora.
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- Zaor17
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17 años 11 meses antes #34237
por Zaor17
Respuesta de Zaor17 sobre el tema Re: Dispersion de la nomina
Guau... Sosgtorreon, me dejaste en baño de asiento , por tu rapidez y precision ,
Entonces, nosotros haremos la dispercion al banco normal y ellos se encargaran de hacer la transferencia al banco que el empleado señale previa autorizacion.
Saludos
R. Zamora
Entonces, nosotros haremos la dispercion al banco normal y ellos se encargaran de hacer la transferencia al banco que el empleado señale previa autorizacion.
Saludos
R. Zamora
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- a_cano
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17 años 11 meses antes #34238
por a_cano
Respuesta de a_cano sobre el tema Re: Dispersion de la nomina
Buena tarde:
En la dirección abajo detallada, podrás consultar las disposiciones emitidas por el Banco de México (Banxico) en relación con la portabilidad de nómina del empleado a otra institución bancaria, es decir, tanto la Circular 25/2008 de fecha del 11 de junio de 2008, como la Circular 33/2008, relacionada con modificaciones a las disposiciones de carácter general para la transferencia del salario y otras prestaciones de carácter laboral, de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.
La portabilidad de nóminas, entrará en vigor el 31 de octubre de 2008.
www.banxico.org.mx/tipo/disposiciones/Ot...iciones/25-2008.html
Espero haberte ayudado
En la dirección abajo detallada, podrás consultar las disposiciones emitidas por el Banco de México (Banxico) en relación con la portabilidad de nómina del empleado a otra institución bancaria, es decir, tanto la Circular 25/2008 de fecha del 11 de junio de 2008, como la Circular 33/2008, relacionada con modificaciones a las disposiciones de carácter general para la transferencia del salario y otras prestaciones de carácter laboral, de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.
La portabilidad de nóminas, entrará en vigor el 31 de octubre de 2008.
www.banxico.org.mx/tipo/disposiciones/Ot...iciones/25-2008.html
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