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SE, acreditable contra ISR Propio ¿mes y año?
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17 años 10 meses antes #36716
por sosgtorreon
SE, acreditable contra ISR Propio ¿mes y año? Publicado por sosgtorreon
Datos supuestos;
Ut base para pago provisional septiembre 2008.- 341,500.00
ISR por actividad empresarial a cargo.- 65,246.80
- pagos provisionales pagados enero-agosto.- 55,690.00
- S.E. pagado en sept 08 a los empleados.- 8,140.40
= ISR a pagar por el mes de septiembre.-1,416.40
Eso no tiene vuelta de hoja, es lo correcto y normal, de hecho asi lo dispone el Articulo Octavo... pero para la anual el supuesto es el siguiente;
Ut base para pago provisional septiembre 2008.- 800,000.00
ISR por actividad empresarial a cargo.- 197,666.64
- pagos provisionales pagados enero-diciembre.- 98,500.00
- S.E. pagado en el ejer. 2008 a los empleados.- 97,684.80
= ISR a pagar en el ejercicio 2008.-1,481.84
Pregunta, ¿en el calculo anual tambien puedo volver a acreditar el subsidio al empleo que pague a mis trabajadores?, ¿no lo estoy duplicando?
Lo anterior me queda como inquietud despues de dar lectura al BOLETIN SINDI de julio-agosto 2008, que no es otra cosa que el boletin de sindicos del contribuyete que se puede obtener en el portal del SAT.
Voy a ver si lo puedo adjuntar al mensaje, lo que planteo en concreto se contiene de la paginas señaladas como 3, 4 y 5.
De antemano agradesco sus valiosos y atinados comentarios.
Ut base para pago provisional septiembre 2008.- 341,500.00
ISR por actividad empresarial a cargo.- 65,246.80
- pagos provisionales pagados enero-agosto.- 55,690.00
- S.E. pagado en sept 08 a los empleados.- 8,140.40
= ISR a pagar por el mes de septiembre.-1,416.40
Eso no tiene vuelta de hoja, es lo correcto y normal, de hecho asi lo dispone el Articulo Octavo... pero para la anual el supuesto es el siguiente;
Ut base para pago provisional septiembre 2008.- 800,000.00
ISR por actividad empresarial a cargo.- 197,666.64
- pagos provisionales pagados enero-diciembre.- 98,500.00
- S.E. pagado en el ejer. 2008 a los empleados.- 97,684.80
= ISR a pagar en el ejercicio 2008.-1,481.84
Pregunta, ¿en el calculo anual tambien puedo volver a acreditar el subsidio al empleo que pague a mis trabajadores?, ¿no lo estoy duplicando?
Lo anterior me queda como inquietud despues de dar lectura al BOLETIN SINDI de julio-agosto 2008, que no es otra cosa que el boletin de sindicos del contribuyete que se puede obtener en el portal del SAT.
Voy a ver si lo puedo adjuntar al mensaje, lo que planteo en concreto se contiene de la paginas señaladas como 3, 4 y 5.
De antemano agradesco sus valiosos y atinados comentarios.
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17 años 10 meses antes #36717
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: SE, acreditable contra ISR Propio ¿mes y año?
Demasiado grande el archivo... dejen busco el link a la pagina del SAT para que quien lo desee pueda descagar el boletin en cuestion... regreso en minutos.
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17 años 10 meses antes #36720
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: SE, acreditable contra ISR Propio ¿mes y año?
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- Luikb
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17 años 10 meses antes #36722
por Luikb
Saludos
Luis Morales
Respuesta de Luikb sobre el tema Re: SE, acreditable contra ISR Propio ¿mes y año?
Si y no.
Vamos a suponer en tu ejemplo
tu ISR Pagado en libros es 9,556.80
tu ISR Pagado real es de 1,416.40
Debido a que descontaste 8,140.40 de SE pagado a los trabajadores.
Si te das cuenta en el caso qeu el sindico propone
Te dice ISR Anual xxxxx
menos SE $8,140.40
menos pagos reales $1,416.40 (En libros nosotros pagamos 9,556.80)
asi en este supuesto estamos descontando el SE de los pagos provisionales, es por esa la razon por la que no se duplica el SE.
Lo que estamos acostumbrados a hacer es
ISR Anual xxxxxx
menos pagos prov $9,556.80
Sin acreditamiento anual para el SE, puesto que ya los incluyo en los $9,556.80
Vamos a suponer en tu ejemplo
tu ISR Pagado en libros es 9,556.80
tu ISR Pagado real es de 1,416.40
Debido a que descontaste 8,140.40 de SE pagado a los trabajadores.
Si te das cuenta en el caso qeu el sindico propone
Te dice ISR Anual xxxxx
menos SE $8,140.40
menos pagos reales $1,416.40 (En libros nosotros pagamos 9,556.80)
asi en este supuesto estamos descontando el SE de los pagos provisionales, es por esa la razon por la que no se duplica el SE.
Lo que estamos acostumbrados a hacer es
ISR Anual xxxxxx
menos pagos prov $9,556.80
Sin acreditamiento anual para el SE, puesto que ya los incluyo en los $9,556.80
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Luis Morales
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17 años 10 meses antes #36723
por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: SE, acreditable contra ISR Propio ¿mes y año?
Me parece que no Luikb, de hecho los numeros que plasmo son los que se contienen en ese boletin...
Mira si multiplicas el SE que ponen como pagado para el mes de septiembre por 12 te da practicamente el que ponen en la proyeccion anual, bajo esa premisa de proyeccion el pago provisional de ISR diriamos que serian aproximadamente 17,000.00, es decir, los 1,416.00 de septiembre por 12... pero como podemos observar ellos en pagos provisionales enterados anotan un proyectado de 98,500.00.
Igual estoy leyendo mal. Pero si visualizo que ellos dicen pagos de enero a diciembre tanto, subsidio al empleo del ejercicio tanto... es decir, de entrada se contempla para la mecanica del provisional y la anual... lo que da entrada a mi duda...
Mira si multiplicas el SE que ponen como pagado para el mes de septiembre por 12 te da practicamente el que ponen en la proyeccion anual, bajo esa premisa de proyeccion el pago provisional de ISR diriamos que serian aproximadamente 17,000.00, es decir, los 1,416.00 de septiembre por 12... pero como podemos observar ellos en pagos provisionales enterados anotan un proyectado de 98,500.00.
Igual estoy leyendo mal. Pero si visualizo que ellos dicen pagos de enero a diciembre tanto, subsidio al empleo del ejercicio tanto... es decir, de entrada se contempla para la mecanica del provisional y la anual... lo que da entrada a mi duda...
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17 años 10 meses antes #36735
por CPHugoocejo
Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Re: SE, acreditable contra ISR Propio ¿mes y año?
Pues siendo muy breve dire lo siguiente...
si tengo un ISR a cargo y tambien pagos provisionales .que pretendo decir, bueno...significa que son tus pagos provisionales antes de enterarlos y ahi no habria diferencia.
No debiendo considerar los pagos provisionales efectivamente pagados...
saludos
si tengo un ISR a cargo y tambien pagos provisionales .que pretendo decir, bueno...significa que son tus pagos provisionales antes de enterarlos y ahi no habria diferencia.
No debiendo considerar los pagos provisionales efectivamente pagados...
saludos
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