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determinacion de fluctuaciones cambiarias

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17 años 9 meses antes #36777 por cristina82
hola a todos los foristas

necesito saber si me pueden orientar de como determinar las fluctuaciones cambiarias y su registro contable ya que me encuentro demasiado confundida.
mis dudas son como registrar el gasto, conforme la fecha de la factura? conforme la fecha de expedicion del cheque? o cuando se haya efectivamente cobrado? y despues de aqui que sigue... como determino la fluctuacion? la ganancia o perdida cambiaria son cosas diferentes?

y si no es mucho pedir me lo pudieran explicar con un caso practico o en donde buscar!!!!! :S

de antemano muchisimas gracias

saludos

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17 años 9 meses antes #36781 por sosgtorreon
Estas en el lugar correcto para buscar, estoy seguro en el pasado se ha escrito en este foro sobre el tema, cosa de utilizar el buscador interno del foro para consultar los mensajes existentes.

Mozart y Vank son compañeros bastantes versados en el tema, esperemos ver si ellos pueden comentarte algo en lo particular.

Hazme saber si ya utilizaste el buscador, en caso de que no hayas encontrado nada con gusto te ayudo a buscar.

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17 años 9 meses antes #36798 por CPHugoocejo
cristina82 escribió:

hola a todos los foristas

necesito saber si me pueden orientar de como determinar las fluctuaciones cambiarias y su registro contable ya que me encuentro demasiado confundida.
mis dudas son como registrar el gasto, conforme la fecha de la factura? conforme la fecha de expedicion del cheque? o cuando se haya efectivamente cobrado? y despues de aqui que sigue... como determino la fluctuacion? la ganancia o perdida cambiaria son cosas diferentes?

y si no es mucho pedir me lo pudieran explicar con un caso practico o en donde buscar!!!!! :S

de antemano muchisimas gracias

saludos



Cristina


Veamos...


Primer punto-. De entrada debemos considerar que la fluctuacion cambiaria es un ingresos acumulable y una deduccion autorizada para efectos de ISR.


Segundo punto-. Recordemos que para la ley del IVA los pagos se determinan en base a flujo de efectivo, es decir, se causan en el momento que se cobren efectivamente el precio a las contraprestaciones.( se sugiere ver tambien los arts 6 CFF,20 CFF y 11 IVA )


Tercer punto-. De acuerdo a lo antes citado concluimos que para efectos de IVA , la base sera al momento de cobrar las contraprestaciones, aun y cuando el importe en moneda nacional pueda ser distinto al que se haya pactado.


Cuarto punto-. Respecto al IETU su base es flujo de efectivo, es decir, los ingresos son cuando efectivamente esten cobrados..pudiendo ademas disminuir las deduciones que de a lugar conforme a los art 5 y 6 IETU.


Quinto punto-. De conformidad con el art 9 LISR, se le da a la fluctucion el tratamiento que a los intereses.


pd-. No sigo mas jeje, porque prefiero ver los comentarios de mi amigo Leo, que espero ahora si opines del tema...( un abrazo )




saludos

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17 años 9 meses antes #36815 por bandido
ESPERO DARME A ENTENDER

EL IVA LO DETERMINAS CON EL TIPO DE CAMBIO A LA FECHA DE PAGO, LA UTILIDAD O PERDIDA CAMBIARIA LO DETERMINAS POR DIFERENCIA ENTRE LA VENTA A TIPO DE CAMBIO EN QUE LA ENAJENASTE CONTRA EL TIPO DE CAMBIO A COMO TE LA PAGARON (ANTES DE IVA)


EJEMPLO

VENTA 18/06/2008
FACTURA---IMPORTE DLL---TC EMISION---VALOR---IVA
99
10
11
110
16.5

PAGO 20/06/2008
FACTURA---IMPORTE DLL---TC EMISION---VALOR---IVA
99
10
11.5
115
17.25

AHORA., EL IVA TRASLADADO COBRADO SERIAN 17.25
LA UTILIDAD CAMBIARIA SERIA 5 PESOS

ES IMPORTANTE REGISTRAR LA VENTA A TIPO DE CAMBIO A LA FECHA DE VENTA (TC DEL DIA ANTERIOR) PARA QUE AL MOMENTO DEL COBRO PUEDAS DETERMINAR TU UTILIDAD O PERDIDA POR FLUCT CAMBIARIA


ESPERO NO HABERTE CONFUDIDO MAS

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17 años 9 meses antes #36831 por cristina82
despues de haber leido comentarios y topicos anteriores pude entender lo siguiente:

datos : en este caso seria un gasto
fecha factura 15 septiembre 2008 TC 10.6745
fecha de cobro : 15 octubre 2008 TC 12.3743
monto de la operacion: gasto $1000 + iva $100 total $1100dlls

=======registro contable======
gasto "x" (cargo) 10,674.50
iva por acreditar (cargo) 1,067.45
Bancos Dlls (abono) 1,100
Bancos Cta complementaria (abono) 12,511.73
iva acreditable (cargo) 1,237.43
iva por acreditar(abono) 1,067.45
perdida cambiaria (cargo) 1,699.80
sumas $14,679.17 $14,679.18

me gustaria me pudieran revisar este ejemplo y decirme si lo que entendi y realice esta correcto. :dry:
si no fuera asi,favor de corregirme.... pero en caso contrario; que el asiento estuviese bien hecho... me surgieron otras dudas.... ya que para efectos de deducir en el caso del IETU es en base a flujo de efectivo y el gasto contablemente estaria registrado al TC de la fecha en que se devengo y no en la fecha en que se cobro... la deduccion estaria correcta???

Ahora bien, supongamos que en mi cuenta de bancos tenga al fin del periodo $2,600 dlls y en su cuenta complementaria $27,599
para determinar la fluctuacion lo registraria de la siguiente manera:
TC al cierre del 31 octubre de 2008 $12.9142
operaciones:
$2,600 X 12.9142 = $33,576.92
$2,600 + 27,599 = $30,199.00
diferencia $ 3,377.92

=====registro contable de la fluctuacion======
Bancos Cta complementaria(cargo) $3,377.92
Ganancia Cambiaria (abono) $3,377.92

Por favor podria alguien revisar si mis calculos estan bien... se que probablemente sea mucho pedir pero necesito de su grandiosa colaboracion.

saludos y de antemano gracias a todos por dedicarme un poco de su valioso tiempo

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17 años 9 meses antes #36876 por sosgtorreon
Si no pagas en la fecha de la operacion 15/09/08 no procede deduccion en IETU ni acreditamiento en IVA, tampoco procede contabilizar contra bancos, dado que no esta pagado. Procede si la creacion y reconocimiento del pasivo en cuestion, contra proveedores o acreedores. Al momento del pago podras deducir en IETU y acreditar en IVA.

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