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Devolucion de IMPAC segun IETU
- Auditores de Monterrey
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- Fuera de línea
- Fresh Boarder
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Miren, tengo la siguiente cuestion, el articulo tercero transitorio de la LIETU, con respecto a la devolucion de IMPAC de los diez ejercicios anteriores, en el segundo párrafo, señala:
"La devolución a que se refiere el párrafo anterior en ningún caso podrá ser mayor a la diferencia entre el impuesto sobre la renta que efectivamente se pague en el ejercicio de que se trate y el impuesto al activo pagado, sin considerar las reducciones del artículo 23 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Activo, que haya resultado menor en los ejercicios fiscales de 2005, 2006 ó 2007 en los términos de la Ley que se abroga, sin que en ningún caso exceda del 10% del impuesto al activo a que se refiere el párrafo anterior por el que se pueda solicitar devolución. El impuesto al activo que corresponda para determinar la diferencia a que se refiere este párrafo será el mismo que se utilizará en los ejercicios subsecuentes."
No entiendo nada la parte que señale con rojo, de lo demas entiendo que de todo el impac que se pueda solicitar devolucion, sólo se podrá solicitar devolucion del 10 %, o compensar vs IETU (si el ISR es menor que IETU) del ejercicio.
Si alguien puede ampliar mi critero o corregirme, agradezco sus comentarios,
Saludos cordiales.
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- CPHugoocejo
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saludos
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- Saúl Castro Vázquez
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es decir, lo que no se considera son...sin considerar las reducciones del artículo 23 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Activo, que haya resultado menor en los ejercicios fiscales de 2005, 2006 ó 2007 en los términos de la Ley que se abroga,.........
saludos
HOLA:
Ese mi estimado amigo.
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- mozart
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es decir, lo que no se considera son...sin considerar las reducciones del artículo 23 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Activo, que haya resultado menor en los ejercicios fiscales de 2005, 2006 ó 2007 en los términos de la Ley que se abroga,.........
saludos
possssssss... creo que el inicador del topico sigue igual o hasta PEOR...
auditores de monterrey.... en su determinacion para solicitar devolucion... donde radica su duda... asi LE PODRAN DAR RESPUESTA MAS CONGRUENTE y tambien podremos ayudarlo..
saludos
pdta.- viva la mexicaneeeee... o no hugo... oye hugo, viene de monterrey, digo NOOOOO
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CPHugoocejo escribió:
es decir, lo que no se considera son...sin considerar las reducciones del artículo 23 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Activo, que haya resultado menor en los ejercicios fiscales de 2005, 2006 ó 2007 en los términos de la Ley que se abroga,.........
saludos
possssssss... creo que el inicador del topico sigue igual o hasta PEOR...
auditores de monterrey.... en su determinacion para solicitar devolucion... donde radica su duda... asi LE PODRAN DAR RESPUESTA MAS CONGRUENTE y tambien podremos ayudarlo..
saludos
pdta.- viva la mexicaneeeee... o no hugo... oye hugo, viene de monterrey, digo NOOOOO
que pasion te domina mi estimado leo, chin¡ pense que ya habia visto por fin una " aportacion fundamentada " tuya...en fin...sera pa la proxima....
pd-. sigo esperando me contestes los topicos de los activos que nunca me respondiste...sigue tu tarea..
saludos
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- mozart
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mozart escribió:
CPHugoocejo escribió:
es decir, lo que no se considera son...sin considerar las reducciones del artículo 23 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Activo, que haya resultado menor en los ejercicios fiscales de 2005, 2006 ó 2007 en los términos de la Ley que se abroga,.........
saludos
possssssss... creo que el inicador del topico sigue igual o hasta PEOR...
auditores de monterrey.... en su determinacion para solicitar devolucion... donde radica su duda... asi LE PODRAN DAR RESPUESTA MAS CONGRUENTE y tambien podremos ayudarlo..
saludos
pdta.- viva la mexicaneeeee... o no hugo... oye hugo, viene de monterrey, digo NOOOOO
que pasion te domina mi estimado leo, chin¡ pense que ya habia visto por fin una " aportacion fundamentada " tuya...en fin...sera pa la proxima....
pd-. sigo esperando me contestes los topicos de los activos que nunca me respondiste...sigue tu tarea..
saludos
JAJAJAJAJAJA.... no he mirado dicho topico, ya que la respuesta y sobre todo la interpretacion CORRECTA fue dada por otro usuario preparado.. imaginate quien fue.... Juar, juar, juar..
mejor dicha tarea, se la turno a bandido, de seguro el podra DECIRTE EL FUNDAMNETO CORRECTO... sin desviar el tema, dando lugar a CRITERIOS PARA SU APRENDIZAJE... ya que al parecer desconocen de temas... tons para que emitir puras " suposiciones ".. AAAAHHHH , es " logica ", verdad ???????
saludos
pdta.- viva la mexicanneeeeeeee.... juar, juar, juar...
se olvida... NO DERECHO DE REPLICA, SE DIGA LO QUE SE DIGA...poooosssssss. estare en otros topicos, para ver como se fundamentaaaaaaaaa,, jajajajaja..
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