Radio Aportaciones NO PUEDO CONTRA ESTE SENTIMIENTO
REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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requerimiento df isr entidades federativas

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17 años 7 meses antes #39949 por Shine
BUENAS NOCHES!

OJALÁ PUDIERAN AYUDARME, CON FUNDAMENTO EN EL CONVENIO FIRMADO EL 5 DE AGOSTO DE 2003, LA SECRETARIA DE FINANZAS DEL DF, ME ESTÁ REQUIRIENDO LAS DECLARACIONES DEL ISR REGIMEN INTERMEDIO, DESDE NOVIEMBRE DE 2003 A OCTUBRE 2008.
NO HUBO QUIEN RECIBIERA EL REQUERIMIENTO, YA QUE LA PERSONA FISICA SALIÓ DE VACACIONES Y AL REGRESAR LO ENCONTRÓ EN EL INTERIOR DEL EDIFICIO.
MIS PREGUNTAS SON:
1.- ¿ES LEGAL EL REQUERIMIENTO? YA QUE NO FUE RECIBIDO POR ALGUNA PERSONA
2.- ALGUIEN ME PODRÍA DAR EL FUNDAMENTO A PARTIR DE QUE FECHA COMENZO A PAGARSE EL 5% AL DF?

POR SU ATENCIÓN Y AYUDA, MUCHAS GRACIAS

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17 años 7 meses antes #39955 por sosgtorreon
Antes que nada y primero que todo; !bien llegada a casa!, pasando a lo que de momento realmente es tu interes te comento, es practca comun que los notificadores dejen los documentos a notificar pegados a la puerta, en la ventana, debajo de la puerta, o en cualquier lugar... se supone que en materia federal el CFF les faculta y posibilita para ello, asumiendo que en materia local -entidad federada- debe existir su equivalente o aplicar por supletoriedad...

Lo del dato del convenio no dudo que en un momento mas alguno de los compañeros de la capital nos aporten el dato. Esperando que alguno de los compañeros apasionados de la legalidad abunden en relacion a lo de la notificacion... si no estoy equivocado pueden proceder de esa forma previo citatorio y siempre y cuando no encuentren a nadie...

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17 años 7 meses antes #39972 por bandido
para poder determinar si fué legal o ilegal faltarían mas datos.. el art del CFF 137 establece que en primer lugar si la persona no se encuentra dejará citatorio para el día sig. hábil... y si tampoco se encuentra se practicará la digl. con la persona que se encuentra ó algun vecino y si éstos se negaran a recibir "ésta se hará por medio de instructivo que se fijará en lugar visible de dicho domicilio, debiendo el notificador asentar razón de tal circunstancia para dar cuenta al jefe de la oficina exactora" este párrafo señalado es claro en decir que la notificación debe de habser asentado todos los pormenores que originaron tal situación., en caso de que no lo tenga, debe de considerarse una notificación ilegal, y cuando te llegue la multa procederías a interponer un recurso de revocación

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17 años 7 meses antes #40027 por Shine
GRACIAS POR RESPONDER.

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