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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)

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ARRENDAMIENTO FINANCIERO EN IETU

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17 años 5 meses antes #43163 por gmojica
ME SURGE LA DUDA SI LOS ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS DE AUTOS SON DEDUCIBLES PARA IETU, YA QUE EN UN PRINCIPIO SE COMENTABA QUE NO, PERO UN COLEGA ME ASEGURA QUE SALIÓ ALGO EN UNA MISCELÁNEA QUE REGULA ESTA SITUACIÓN Y QUE YA SE PUEDEN DEDUCIR COMO RENTAS MENSUALES, PERO LA VERDAD NO ENCUENTRO ESTE CRITERIO O FACILIDAD, ALGUIEN YA VIO ESTE ASUNTO? PARA QUE ME PUDIERA DECIR COMO LO MANEJÓ.
GRACIAS

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17 años 5 meses antes #43207 por sosgtorreon
¿quien y donde comento que no era deducible?, ¿porque no lo seria?, ¿de cuando data el arrendamiento financiero?

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17 años 5 meses antes #43449 por carlosguel
hola, mira yo tengo el mismo caso, tengo equipo de transporte arrendado, las rentas si son deducibles lo que no es deducible son los intereses del arrendamiento, y en efecto salio en resolucion de miselanea que los intereses no eran deducibles, esto me lo comentaron en un curso de declaracion de personas morales, y de hecho me mostraron la resolucion pero cometi el error de no anotarla :blush: .

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