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NUEVO SIPRED 2009 (EJERCICIO 2008)

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17 años 2 meses antes #47674 por octavioloyo
Ya notaron que en el sipred hay celdas marcadas en amarillo protegidas y que deberían de poderse modificar?

Por ejemplo en el Anexo 1 (Otros activos)
Esta bloqueada pero son celdas que tenemos que llenar, no corresponde a sumatorias "tal como lo explica el manual de usuario"

:angry:

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17 años 2 meses antes #47775 por Klaus
Respuesta de Klaus sobre el tema Re: NUEVO SIPRED 2009 (EJERCICIO 2008)
Saludos, les envio las modificacines al dictamen para 2008 que vienen en la primera resolucion miscelanea pendiente de publicar:

Presentación del dictamen de estados financieros y demás
información a través de Internet
II.2.7.13. Para los efectos de los artículos 32-A y 52, fracción IV del CFF, los contribuyentes que se encuentren obligados o que hubieran manifestado la opción de hacer dictaminar sus estados financieros, deberán enviar su dictamen fiscal y demás información y documentación a que se refieren los artículos 49 y 54 del Reglamento del CFF, vía Internet a través de la página de Internet del SAT.

Los contribuyentes al enviar su dictamen fiscal vía Internet, lo harán
dentro del periodo que les corresponda, según el calendario que se
señala a continuación, considerando el primer caracter alfabético del
RFC; o bien, lo podrán hacer antes del periodo que les corresponda.
LETRAS DEL RFC FECHA DE ENVIO
De la A a la F del 21 al 23 de julio de 2009
De la G a la O del 24 al 28 de julio de 2009
De la P a la Z y & del 29 al 31 de julio de 2009

Tratándose de sociedades controladoras que consoliden su resultado
fiscal, deberán enviar el dictamen fiscal y la demás información y
documentación a que hace referencia el primer párrafo de esta regla a
más tardar el 12 de agosto de 2009.
…………………………………………………………………………………...
CFF 32-A, 52, RCFF 47, 49, 54

Facilidad de no presentar información en el dictamen fiscal del
ejercicio 2008

II.2.8.11. Para los efectos de los artículos 32-A y 52, fracción IV del CFF, los
contribuyentes que se encuentren obligados o que hubieran
manifestado la opción de hacer dictaminar sus estados financieros para
el ejercicio 2008, así como los contadores públicos que dictaminen,
podrán:

I. No presentar, exclusivamente, para el dictamen del ejercicio
2008, la información de los siguientes anexos,
independientemente al tipo de dictamen al que correspondan:

a) Datos generales, la relativa al renglón “RFC DE LA
PERSONA FÍSICA O MORAL QUE ASESORO(ARON)
FISCALMENTE AL CONTRIBUYENTE”.
b) Estado de resultados segmentados, toda la información
de este anexo.
c) Análisis comparativo de las subcuentas de gastos, la
relativa a todas las columnas denominadas “TOTAL
DEDUCIBLES PARA IETU” y “TOTAL NO DEDUCIBLES
PARA IETU”
d) Análisis comparativo de las subcuentas de otros gastos, la
relativa a todas las columnas denominadas
“DEDUCIBLES PARA IETU” y “NO DEDUCIBLES PARA
IETU”
e) Análisis comparativo de las subcuentas del resultado
integral de financiamiento, la relativa a todas las columnas
denominadas “GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA
IETU” y “EXENTOS O NO AFECTOS PARA IETU
(INGRESOS) NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU”.
f) Análisis comparativo de las cuentas del estado de
resultados, la relativa a todas las columnas denominadas
“GRAVABLES O DEDUCIBLES PARA IETU” y
“EXENTOS O NO AFECTOS PARA IETU (INGRESOS)
NO DEDUCIBLES (GASTOS) PARA IETU”.
g) Base para la determinación del impuesto retenido sobre
honorarios, arrendamientos e intereses, toda la
información de este anexo. Lo dispuesto en este inciso,
aplica a los contribuyentes que presenten los dictámenes
de estados financieros general y de personas morales que
tributen en el régimen simplificado y las personas físicas
que exclusivamente realicen actividades agrícolas,
ganaderas, pesqueras y silvícolas, así como a las
dedicadas al autotransporte terrestre de carga o pasaje.
h) Responsabilidad solidaria por operaciones de residentes
en el extranjero, la relativa a la columna “ALCANCE DE
LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA”.

i) Conciliación entre el resultado contable y el determinado
para el IETU, toda la información de este anexo.
j) Conciliación entre los ingresos dictaminados según
estado de resultados, los acumulables para efectos del
impuesto sobre la renta y los percibidos para efectos del
impuesto empresarial a tasa única, la relativa al impuesto
empresarial a tasa única.
k) Operaciones con partes relacionadas, la relativa al
“IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA”.
l) Información del contribuyente sobre sus operaciones con
partes relacionadas, la relativa a los renglones:
1. “PARA EFECTOS DE DAR CUMPLIMIENTO A LO
DISPUESTO POR LA FRACCION XII DEL
ARTICULO 86 DE LA LISR (OPERACIONES CON
PARTES RELACIONADAS RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO), UTILIZO INFORMACION
FINANCIERA SEGMENTADA”.
2. “LA INFORMACION FINANCIERA SEGMENTADA
FUE DICTAMINADA”.
3. “EXPLIQUE A DETALLE COMO SE OBTUVO LA
INFORMACION SEGMENTADA, TOMANDO
COMO PUNTO DE PARTIDA LA INFORMACION
FINANCIERA DICTAMINADA”.
4. “PARA EFECTOS DE DAR CUMPLIMIENTO A LO
DISPUESTO POR LA FRACCION XV DEL
ARTICULO 86 DE LA LISR (PARA EFECTOS DE
LAS OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS RESIDENTES EN MEXICO),
UTILIZO INFORMACION FINANCIERA
SEGMENTADA”.
5. “LA INFORMACION FINANCIERA SEGMENTADA
FUE DICTAMINADA”.
6. “EXPLIQUE A DETALLE COMO SE OBTUVO LA
INFORMACION SEGMENTADA, TOMANDO
COMO PUNTO DE PARTIDA LA INFORMACION
FINANCIERA DICTAMINADA”.

7. “ANALIZO EL COSTO DE VENTAS
CORRESPONDIENTE A ENAJENACIONES A
PARTES RELACIONADAS DE ACUERDO CON
LO PREVISTO POR LAS FRACCIONES I, II Y III
DEL ARTICULO 215 DE LA LISR”.
“EN CASO AFIRMATIVO INDIQUE EL COSTO DE
VENTAS DETERMINADO CONFORME A LAS
FRACCIONES I, II Y III DEL ARTICULO 215 DE LA
LISR Y LA OPCION SELECCIONADA”.
8. “ARTICULO 215 FRACCION I DE LA LISR”.
9. “ARTICULO 215 FRACCION II DE LA LISR”.
10. “ARTICULO 215 FRACCION III DE LA LISR”.
11. “COSTO DE VENTAS CON PARTES
RELACIONADAS DEDUCIDO SIN LA
APLICACION DE LAS FRACCIONES I, II Y III DEL
ARTICULO 215 DE LA LISR”.
12. “INGRESOS ATRIBUIBLES AL
ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAIS
EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 4 DE LA
LISR”.
m) Inversiones y terrenos, la relativa a las columnas “ISR
DEDUCCIÓN EN EL EJERCICIO”, “ISR DEDUCCIÓN
INMEDIATA EN EL EJERCICIO”, “ISR ADQUISICIONES
DURANTE EL EJERCICIO” e “ISR ENAJENACIONES Y
BAJAS”.
n) Cuestionario en materia de precios de transferencia
(revisión del contador público registrado), la relativa a los
siguientes renglones:
1. “LA CONTRIBUYENTE POSEE O USA ACTIVOS
INTANGIBLES”.
2. “ESPECIFIQUE LOS PRINCIPALES ACTIVOS
INTANGIBLES QUE USA”.
3. “MONTO DE LA REGALIA”.
4. “ESPECIFIQUE LOS PRINCIPALES ACTIVOS
INTANGIBLES POR LOS QUE OTORGA EL USO
O GOCE”.
5. “MONTO DE LA REGALIA”.
6. “ESPECIFIQUE LOS PRINCIPALES ACTIVOS
INTANGIBLES DE LOS QUE ES PROPIETARIO”.
7. “VALOR DEL ACTIVO INTANGIBLE”.
8. “SI USTED DICTAMINO ESA INFORMACIÓN
FINANCIERA”.
9. “SI LOS SISTEMAS DE CONTABILIDAD DEL
CONTRIBUYENTE PERMITEN SEGMENTAR
RAZONABLEMENTE LA INFORMACIÓN
FINANCIERA POR OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS E INDEPENDIENTES”.
10. “INDIQUE SI LAS CIFRAS SEGMENTADAS SON
CONSISTENTES CON LAS CIFRAS CONTABLES
TOTALES DICTAMINADAS DE LA
CONTRIBUYENTE”.
11. “EN CASO DE QUE NO SE HAYA CUMPLIDO
CON ALGUNO DE LOS PUNTOS ANTES
REFERIDOS, SEÑALE SI MENCIONÓ TAL
CIRCUNSTANCIA EN SU INFORME SOBRE LA
REVISIÓN DE LA SITUACIÓN FISCAL, O BIEN
EN SU DICTAMEN”.

II. Diferir la presentación, exclusivamente, de la información de los
siguientes anexos para el ejercicio siguiente que se dictamine
para efectos fiscales:

a) Operaciones financieras derivadas contratadas con
residentes en el extranjero, toda la información de este
anexo.
b) Cuentas y documentos por cobrar y pagar en moneda
extranjera, toda la información de este anexo.
c) Préstamos del extranjero, toda la información de este
anexo.
d) Inversiones permanentes en subsidiarias, asociadas y
afiliadas residentes en el extranjero, toda la información
de este anexo.
e) Socios o accionistas que tuvieron acciones o partes
sociales, toda la información de este anexo.
f) Ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes, toda la
información de este anexo.
Los contribuyentes que se apeguen a la facilidad de la presente
fracción, deberán proporcionar la información que difieran del ejercicio
2008, conjuntamente con la que corresponda al ejercicio 2009 en el
formato guía del dictamen del ejercicio 2009 que al efecto emita el SAT.
III. La información de la integración de las pérdidas fiscales de
ejercicios anteriores, se presentará sólo cuando en el ejercicio
fiscal dictaminado se hayan disminuido pérdidas fiscales de
ejercicios anteriores o cuando el contribuyente haya tenido
participación en alguna fusión o escisión. Lo dispuesto en esta
fracción, no aplica a los contribuyentes que presenten el
dictamen de estados financieros aplicable a sociedades
controladoras y controladas.
IV. Presentar en el anexo relación del IDE recaudado y pendiente
de recaudar, en la columna “I.D.E. PENDIENTE DE RECAUDAR
EN EL EJERCICIO”, únicamente la información del impuesto no
recaudado al mes de diciembre de 2008, cuando resulte
aplicable.
V. Presentar en el archivo denominado Información adicional del
SIPRED 2008, la información del anexo estado de flujos de
efectivo, cuando se haya seleccionado el método directo para su
determinación.
VI. No presentar el anexo integración de cifras reexpresadas,
cuando únicamente existan efectos inflacionarios de ejercicios
anteriores que afecten los estados financieros del ejercicio fiscal
de 2008, en cuyo caso, la información relativa se presentará en
los renglones relativos a los efectos de la inflación de los
anexos del estado de resultados que correspondan.
VII. La presentación de los cuestionarios de Diagnóstico fiscal y en
Materia de precios de transferencia (revisión del contador
público) es obligatoria, no obstante, únicamente para el ejercicio
fiscal 2008, su no presentación no tendrá ninguna consecuencia
legal para los contribuyentes, ni para los contadores públicos
que dictaminaron a los contribuyentes que se encontraban
obligados o que hubieran manifestado la opción de hacer
dictaminar sus estados financieros.
No obstante lo anterior, los contadores públicos deberán manifestar en
su informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente, en
forma expresa, cualquier omisión o incumplimiento a las disposiciones
fiscales a que hacen referencia los cuestionarios de diagnóstico fiscal y
en materia de precios de transferencia, que se hayan detectado al
examinar la situación fiscal del contribuyente dentro de las pruebas
selectivas llevadas a cabo en cumplimiento de las normas y
procedimientos de auditoría.
CFF 32-A, 52, RCFF 49, 54

Espero sea de utilidad-

Saludos

www.e-fiscal.com.mx
klaus@e-fiscal.com.mx

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17 años 2 meses antes #47782 por a7711
Respuesta de a7711 sobre el tema Re: NUEVO SIPRED 2009 (EJERCICIO 2008)
Klaus, esa información esta en el siguiente enlace no publicado OFICIALMENTE pero si en el sitio oficial en el siguiente enlace

ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servici...o_1MRMF09_120609.pdf

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17 años 2 meses antes #47783 por octavioloyo
Gracias por la info Klaus, me ganaste a publicarla jeje, en resumen esto es la "Cosecha" de la negociación entre el SAT vs IMCP.

Pues de algo servirá el no presentar alguna información que ahi se menciona.

Yo cuando vi el Sipred note que habia cosas que si eran como para decir ¿Y esa información para que rayos la quiere saber el SAT? caso concreto: "RFC de la Persona física o moral que asesoro(aron) fiscalmente al contribuyente". En fin..... gracias por la info y a seguir con el llenado.

PD: No olviden que es necesario entrar al SIPREDWEB para bajar la info relativa al contribuyente y CPR para despues cargarla al dictamen en excel.

Saludos.:P

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17 años 2 meses antes #47818 por EDUARDO76
BUENOS DIAS OCTAVIO.

AQUI ANDO INVESTIGANDO INFORMACION REFERENTE AL DICTAMEN FISCAL DE 2008. DE LA INFORMACION MAS IMPORTANTE HA SIDO OBTENIDA DE ESTA PAGUINA, NO SE REALMENTE COMO FUNCIONA PARA DAR ACONOCER MIS DUDAS Y MIS APORTACIONES CON RESPECTO AL SIPRED DEBIDO QUE ES UN TEMA DE MI IMPORTANCIA YA QUE SOY AUDITOR.

aprovecho la ocasion para solicitar apoyo en un problema que estoy teniendo en la visualizacion de un dictamen ya capturado listo para enviarse, solo que por seguridad lo quise visualizar y me genero un error y me puso en pantalla lo siguiente:

se a producido el error 123 con la descripcion Error definido por la aplicacion o el objeto.
esto sucedio cuando el programa estaba abriendo cada hoja para visualizarlo siendo cuando se detuvo y marco el error en el anexo 2 estados de resultado.


espero recibir el apoyo tuyo o de cualquie colega que pueda aportame algo al respecto. muchas graciaa

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17 años 2 meses antes #47820 por octavioloyo
Hola EDUARDO76 podrias decirnos
que versión Sipred, Windows y excel usas? para poder aydarte mejor a resolver tu problema.


PD: Vuelve a abrir tu dictamen y no abras ningun otro archivo de excel mientras trabajas en sipred.

Saludos,

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