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MODIFICACION AL ART. 32 DE CFF
- CP25102002
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Junior Boarder
-
EL DIA 04 DE JUNIO HUBO MODIFICACIONES AL CFF EN EL ART. 32 ENTRE OTRAS, MI DUDA POR AHORA ES POR ESTE ARTICULO ¿COMO QUEDA O COMO SE DEBN DE APLICAR AHORA LAS COMPLEMENTARIAS DE DECLARACIONES?
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN Y DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
ARTÍCULO PRIMERO. Se reforman los artículos 32, cuarto párrafo, y 59, primer párrafo en su encabezado, y se adiciona el artículo 59, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:
Artículo 32. ..........................................................................................................................
La modificación de las declaraciones a que se refiere este artículo se efectuará mediante la presentación de declaración que sustituya a la anterior, debiendo contener todos los datos que requiera la declaración aun cuando sólo se modifique alguno de ellos.
ESTA SERIA MI DUDA, ES PARA TODOS LOS CONTRIBUYENTES EN GENERAL O SOLO PARA CIERTOS CONTRIBUYENTES POR EJEMPLO LOS QUE PUEDEN USAR MI PORTAL PARA PRESENTAR SUS DECLARACIONES LAS FAMOSAS PYMES Y SU SISTEMA DEL SAT??
SALUDOS.
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- a_cano
- Fuera de línea
- Platinum Boarder
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HOLA BUENOS DIAS COLEGAS:
EL DIA 04 DE JUNIO HUBO MODIFICACIONES AL CFF EN EL ART. 32 ENTRE OTRAS, MI DUDA POR AHORA ES POR ESTE ARTICULO ¿COMO QUEDA O COMO SE DEBN DE APLICAR AHORA LAS COMPLEMENTARIAS DE DECLARACIONES?
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN Y DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
ARTÍCULO PRIMERO. Se reforman los artículos 32, cuarto párrafo, y 59, primer párrafo en su encabezado, y se adiciona el artículo 59, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:
Artículo 32. ..........................................................................................................................
La modificación de las declaraciones a que se refiere este artículo se efectuará mediante la presentación de declaración que sustituya a la anterior, debiendo contener todos los datos que requiera la declaración aun cuando sólo se modifique alguno de ellos.[/i]
ESTA SERIA MI DUDA, ES PARA TODOS LOS CONTRIBUYENTES EN GENERAL O SOLO PARA CIERTOS CONTRIBUYENTES POR EJEMPLO LOS QUE PUEDEN USAR MI PORTAL PARA PRESENTAR SUS DECLARACIONES LAS FAMOSAS PYMES Y SU SISTEMA DEL SAT??
SALUDOS.
Buen día:
Es para todos los contribuyentes en general, a partir del 05 de junio de 2009.
Saludos
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- CP25102002
- Autor del tema
- Fuera de línea
- Junior Boarder
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ES LO QUE NO LE ENTIENDO EN LA PRACTICA AL MOMENTO DE PRESENTAR UNA COMPLEMENTARIA ANTES SE PRESENTABA UNA NORMAL Y PODIAMOS PRESENTAR 3 COMPLEMENTARIAS.
AHORA COMO?
EN LA APLICACION DE DECLARACIONES EN CEROS, TODAVIA APARECE LA OPCION DE COMPLEMENTARIA??
ALGUIEN QUE ME EXPLIQUE COMO ESTAMOS AHORA CON LAS DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS Y COMO PRESENTARLAS AHORA?
GRACIAS.
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- CPCHARLY
- Fuera de línea
- Gold Boarder
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Supongamos q usted presento su declaracion informativa por el anexo 1. Sueldos y salarios, por el anexo 2. retenciones y por el anexo 8. IVA.
Supongamos q usted detecta un error en la presentacion del anexo 1. Sueldos y Salarios, y tendra q presentar un complementaria, ahora bien, q va a presentar usted en su declaracion complementaria??? toda la declaracion incluidos los tres anexos o solamente el anexo uno q es donde esta el error???
A pues con referencia a la modificacion del art 32 usted debera de presentar toda la declaracion incluidos los anexos 2 y 8 q estaban correctos modificando solamente el anexo 1.
Mas o menos asi entiendo yo funcionara esto!
SALUDES!
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