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seguro de vida ... deducible?

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16 años 11 meses antes #52873 por lirere88
buenas tardes...
alguien me puede ayudar con un fundamento legal?

recuerdo que el seguro de vida NO es deducible, pero no encuentro un artículo que corrobore o desacredite lo que digo, les agradecere su apoyo :lol:

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16 años 11 meses antes #52880 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: seguro de vida ... deducible?
Algunas precisiones que debes agregar al planteamiento;

1. ¿Seguro de vida para quien?
2. ¿Quien lo paga?
3. ¿Quien o quienes son los beneficiarios designados?
4. ¿Como se realiza el pago, monto?
5. ¿Que tipo de comprobante soporta la operacion?

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16 años 11 meses antes #52881 por lirere88
Respuesta de lirere88 sobre el tema Re: seguro de vida ... deducible?
perdón!!

es una persona física.
el seguro de vida forma parte del servicio que tiene por tener una tarjeta de crédito
lo pagaria el contribuyente en sus estados de cuenta
el tipo de comprobante?? esa es una buena pregunta... porque tendría el estado de cuenta y después le llegaria la póliza.

aunque ahora me surge una nueva pregunta:
existiria alguna diferencia si el contrato lo realizará con una compañia aseguradora directamente y no a través de su tarjeta de credito??

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16 años 11 meses antes #52882 por sosgtorreon
Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: seguro de vida ... deducible?
Si el contribuyente fuera una persona moral resulta factible mediante la observacion del articulo 31 Fracciones XII y XIII. En la forma como lo tienes simplemente no procede la deduccion de la prima que se va a pagar.

Despues de la lectura de las fracciones sugeridas si persisten dudas o inquietudes favor de expresarlas.

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16 años 11 meses antes #52884 por lirere88
Respuesta de lirere88 sobre el tema Re: seguro de vida ... deducible?
MUCHAS GRACIAS SOSGTORREON B)

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16 años 11 meses antes #52885 por Alberto FC
Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: seguro de vida ... deducible?
Los contribuyentes PF podrán restar el importe de pagos de primas de contratos de seguro de la cantidad a la que se le aplicaría la tarifa del artículo 177 de la LISR.

Los contribuyentes que realicen pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base
planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro y además aseguren la vida del
contratante
, no podrán efectuar la deducción mencionada en el párrafo anterior por la
parte de la prima que corresponda al componente de vida.

(218 LISR)

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