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DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN Y CUFINRE
- BEATLE
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16 años 10 meses antes #54446
por BEATLE
DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN Y CUFINRE Publicado por BEATLE
Buenas tardes a todos ,les expongo una situación que se presentó en una empresa:
La empresa ha decretado en Asamblea que se realice la distribución de dividendos por la cantidad de 1,000,000 de pesos en este mes de Noviembre ; ésta entidad en los años de 1999 y 2000 difirió parte del Impuesto Sobre la Renta a su cargo por lo cual tiene a la fecha un saldo actualizado de CUFINRE por la cantidad de 405,000 y un saldo actualizado de CUFIN por 2,300,000 . De acuerdo a la fracción XLV de las disposiciones transitorias de la LISR del ejercicio 2002, para el caso de distribución de dividendos primero se debe agotar el saldo de la CUFINRE y pagar el impuesto diferido, el impuesto diferido actualizado asciende a 105,000.La duda es:
Una vez que se hayan pagado los 105,000 correspondientes a el impuesto diferido de los años 1999 y 2000, los accionistas recibirán la cantidad de 1,000,000 netos?
Esto debido a que los 405,000 de CUFINRE ya habran pagado impuesto y los restantes 595,000 provienen de CUFIN y según el artículo 11 de LISR los dividendos que provengan de ésta cuenta no causaran impuesto, esto es correcto?
En espera de su opinión , agradezco de antemano su ayuda.
La empresa ha decretado en Asamblea que se realice la distribución de dividendos por la cantidad de 1,000,000 de pesos en este mes de Noviembre ; ésta entidad en los años de 1999 y 2000 difirió parte del Impuesto Sobre la Renta a su cargo por lo cual tiene a la fecha un saldo actualizado de CUFINRE por la cantidad de 405,000 y un saldo actualizado de CUFIN por 2,300,000 . De acuerdo a la fracción XLV de las disposiciones transitorias de la LISR del ejercicio 2002, para el caso de distribución de dividendos primero se debe agotar el saldo de la CUFINRE y pagar el impuesto diferido, el impuesto diferido actualizado asciende a 105,000.La duda es:
Una vez que se hayan pagado los 105,000 correspondientes a el impuesto diferido de los años 1999 y 2000, los accionistas recibirán la cantidad de 1,000,000 netos?
Esto debido a que los 405,000 de CUFINRE ya habran pagado impuesto y los restantes 595,000 provienen de CUFIN y según el artículo 11 de LISR los dividendos que provengan de ésta cuenta no causaran impuesto, esto es correcto?
En espera de su opinión , agradezco de antemano su ayuda.
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16 años 10 meses antes #54460
por KIKE_CORONA
Respuesta de KIKE_CORONA sobre el tema Re: DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN Y CUFINRE
Los diviendos pagados de la CUFIN ya pagaron impuesto cuando presentaste la declaracion anual por lo cual no procederia hacer ningun calculo por los 595,000 que les pagas. Por los 405,000 entiendo que ya les aplicaste la piramidacion y por ende ya determinaste los 105,000 a cargo, por lo cual ese seria el unico importe a enterar por concepto de impuestos.
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- BEATLE
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16 años 10 meses antes #54478
por BEATLE
Respuesta de BEATLE sobre el tema Re: DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN Y CUFINRE
Kike_Corona, te agradezco tu opinión, asi es los 405,000 se piramidaron con el factor y de esa manera resultaron los 105,000 los cuales se pagaran. Perdón por la insistencia pero entonces entiendo que esos 405,000 también se les entregarán netos verdad? o les tendré que pagar solo 300,000.
(405,000 - 105,000)
Agradezco de Antemano tu ayuda.
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- Alberto FC
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16 años 10 meses antes #54482
por Alberto FC
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Respuesta de Alberto FC sobre el tema Re: DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN Y CUFINRE
Partiendo del siguiente ejemplo:
Una PM, que tiene 4 socios con una participación accionaria de 25% cada uno, tuvo un resultado fiscal en 2007 de $ 1,200.00 lo que derivo en un ISR de $ 336 (1200x28%). De tal manera que la UFIN de 2007 de la PM seria de $ 864.00 (1200-336).
CASO 1.- La PM, decreta repartir dividendos por $ 800.00
Primer punto.- Dado que la cantidad a repartir, proviene de la CUFIN, la PM, no retendrá ISR alguno por dicha distribución, por lo que cada socio recibirá integramente $ 200 ($800/4 socios). (11 LISR)
Segundo punto.- La PF deberá acumular los dividendos percibidos de la PM, y acreditará el ISR pagado por la PM, este acreditamiento procederá siempre que la PF acumule además del dividendo percibido el ISR que acreditará. De tal manera que la PF acumulara como ingresos por dividendos la cantidad de $ 277.78 y a la vez acreditará la cantidad de $ 77.78 que es el ISR pagado por la PM que distribuye el dividendo (165 LISR). Esto como resultado de lo siguiente:
a)Multiplicar dividendo por el factor de 1.3889: $ 200 x 1.3889 = 277.78
b)Determinar el ISR pagado x la PM: $ 277.78 x 28% = 77.78
c)Determinar el ingreso acumulable: $ 200 + $ 77.78 = $ 277.78
Para comprobar que el ISR así determinado es el correcto:
(77.78 x 4 socios)+((64 "CUFIN no distribuida" x 1.3889)x 28%)=
311.12 + (88.89 x 28%) =
311.12 + 24.88 =
336.00 Que corresponde efectivamente al ISR corporativo pagado x la PM
Como se ha comprobado, el ISR a acreditar por la PF es la parte que le corresponde del total del ISR que la PM pagó sobre su resultado fiscal corporativo (1200). Por lo que respecta al factor de 1.3889, este representa la relación entre el resultado fiscal y la UFIN (1200/864=1.3889)
Tercer punto.- La PF deberá acumular los dividendos percibidos de la PM, y NO acreditará el ISR pagado por la PM, por lo cual la PF solo acumulara el dividendo percibido sin adicionar ISR alguno (en virtud de que no lo acreditará). De tal manera que la PF acumulara como ingresos por dividendos la cantidad de $ 200 y no acreditará cantidad alguna en relación con el dividendo (165 LISR).
CASO 2.- La PM, decreta repartir dividendos por $ 1,000.00
Primer punto.- Dado que la cantidad a repartir, una parte proviene de la cufin y otra no; el primer paso es determinar la cantidad que no proviene de la CUFIN.
1000 (Dividendo distribuido) - 864 (Saldo de CUFIN) = 136 (Cantidad que no proviene de CUFIN)
Respecto a la cantidad proveniente de la cufin, se procedera conforme a lo comentado en el CASO 1, respecto a la cantidad que no proviene de la CUFIN se procedera de la siguiente manera:
a) Determinar el dividendo que corresponde a cada socio: 136/4= 34
b) Multiplicar dicho dividendo por 1.3889: 34 x 1.3889= 47.22
c) Determinar el Impuesto del dividendo: 47.22 x 28%= 13.22
d) Adicionar, al monto del dividendo el impuesto determinado: 34+13.22= 47.22 Esta cantidad sera considerada el monto del DIVIDENDO no proveniente de CUFIN y sobre la cual se calculara el ISR a retener.
Una vez determinado el monto del dividendo, a este se le aplicara el 28% a fin de saber el ISR a pagar por dicho concepto:
47.22 x 28% =13.22 ISR a pagar por la distribucion de dividendos no provenientes de CUFIN
Como se observa; se estaria pagando el ISR de los dividendos distribuidos, ya que al no provenir de la CUFIN, dicha cantidad no ha pagado el impuesto correspondiente.
El pago de este impuesto (del dividendo que no proviene de la CUFIN) se considera pago definitivo.
( 11 LISR).
Segundo punto.- La PF NO deberá acumular los dividendos percibidos de la PM, dado que al no provenir de la CUFIN los pagos calculados conforme al punto anterior tienen el caracter de definitivos y por ende, no deben acumularse a los demas ingresos. (175 LISR).
Una PM, que tiene 4 socios con una participación accionaria de 25% cada uno, tuvo un resultado fiscal en 2007 de $ 1,200.00 lo que derivo en un ISR de $ 336 (1200x28%). De tal manera que la UFIN de 2007 de la PM seria de $ 864.00 (1200-336).
CASO 1.- La PM, decreta repartir dividendos por $ 800.00
Primer punto.- Dado que la cantidad a repartir, proviene de la CUFIN, la PM, no retendrá ISR alguno por dicha distribución, por lo que cada socio recibirá integramente $ 200 ($800/4 socios). (11 LISR)
Segundo punto.- La PF deberá acumular los dividendos percibidos de la PM, y acreditará el ISR pagado por la PM, este acreditamiento procederá siempre que la PF acumule además del dividendo percibido el ISR que acreditará. De tal manera que la PF acumulara como ingresos por dividendos la cantidad de $ 277.78 y a la vez acreditará la cantidad de $ 77.78 que es el ISR pagado por la PM que distribuye el dividendo (165 LISR). Esto como resultado de lo siguiente:
a)Multiplicar dividendo por el factor de 1.3889: $ 200 x 1.3889 = 277.78
b)Determinar el ISR pagado x la PM: $ 277.78 x 28% = 77.78
c)Determinar el ingreso acumulable: $ 200 + $ 77.78 = $ 277.78
Para comprobar que el ISR así determinado es el correcto:
(77.78 x 4 socios)+((64 "CUFIN no distribuida" x 1.3889)x 28%)=
311.12 + (88.89 x 28%) =
311.12 + 24.88 =
336.00 Que corresponde efectivamente al ISR corporativo pagado x la PM
Como se ha comprobado, el ISR a acreditar por la PF es la parte que le corresponde del total del ISR que la PM pagó sobre su resultado fiscal corporativo (1200). Por lo que respecta al factor de 1.3889, este representa la relación entre el resultado fiscal y la UFIN (1200/864=1.3889)
Tercer punto.- La PF deberá acumular los dividendos percibidos de la PM, y NO acreditará el ISR pagado por la PM, por lo cual la PF solo acumulara el dividendo percibido sin adicionar ISR alguno (en virtud de que no lo acreditará). De tal manera que la PF acumulara como ingresos por dividendos la cantidad de $ 200 y no acreditará cantidad alguna en relación con el dividendo (165 LISR).
CASO 2.- La PM, decreta repartir dividendos por $ 1,000.00
Primer punto.- Dado que la cantidad a repartir, una parte proviene de la cufin y otra no; el primer paso es determinar la cantidad que no proviene de la CUFIN.
1000 (Dividendo distribuido) - 864 (Saldo de CUFIN) = 136 (Cantidad que no proviene de CUFIN)
Respecto a la cantidad proveniente de la cufin, se procedera conforme a lo comentado en el CASO 1, respecto a la cantidad que no proviene de la CUFIN se procedera de la siguiente manera:
a) Determinar el dividendo que corresponde a cada socio: 136/4= 34
b) Multiplicar dicho dividendo por 1.3889: 34 x 1.3889= 47.22
c) Determinar el Impuesto del dividendo: 47.22 x 28%= 13.22
d) Adicionar, al monto del dividendo el impuesto determinado: 34+13.22= 47.22 Esta cantidad sera considerada el monto del DIVIDENDO no proveniente de CUFIN y sobre la cual se calculara el ISR a retener.
Una vez determinado el monto del dividendo, a este se le aplicara el 28% a fin de saber el ISR a pagar por dicho concepto:
47.22 x 28% =13.22 ISR a pagar por la distribucion de dividendos no provenientes de CUFIN
Como se observa; se estaria pagando el ISR de los dividendos distribuidos, ya que al no provenir de la CUFIN, dicha cantidad no ha pagado el impuesto correspondiente.
El pago de este impuesto (del dividendo que no proviene de la CUFIN) se considera pago definitivo.
( 11 LISR).
Segundo punto.- La PF NO deberá acumular los dividendos percibidos de la PM, dado que al no provenir de la CUFIN los pagos calculados conforme al punto anterior tienen el caracter de definitivos y por ende, no deben acumularse a los demas ingresos. (175 LISR).
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16 años 10 meses antes #54539
por BEATLE
Respuesta de BEATLE sobre el tema Re: DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN Y CUFINRE
Buenos dias,muchas gracias por la explicación, sin embargo la única duda que tengo es si los 405,000 que provienen de CUFINRE se deben pagar NETOS o se les debe disminuir los 105,000 de Impuesto diferido que se van a pagar, es decir entregarles solo 300,000 .
Gracias de antemano por su ayuda.
Gracias de antemano por su ayuda.
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- CPMARTIN
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16 años 10 meses antes #54545
por CPMARTIN
Respuesta de CPMARTIN sobre el tema Re: DIVIDENDOS PROVENIENTES DE CUFIN Y CUFINRE
BEATLE
repartes a los accionistas 405.000 (es el saldo actualizado de la cuenta CUFINRE) y la persona moral debe pagar el ISR diferido.
ojo checar que en la declaracion anual corresponda el saldo de la CUFINRE que se ha informado a la autoridad
saludos.
repartes a los accionistas 405.000 (es el saldo actualizado de la cuenta CUFINRE) y la persona moral debe pagar el ISR diferido.
ojo checar que en la declaracion anual corresponda el saldo de la CUFINRE que se ha informado a la autoridad
saludos.
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