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NO COBRAR IVA, EN PRODUCTOS POR VENTA AL CAMBACEO,

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16 años 9 meses antes #55069 por rege70
HOLA BUENOS DIAS

MI PREGUNTA DEL DIA, ES EL SIGUENTE POR LA SITUACION ECONOMICA QUE HOY VIVIMOS Y LAS BAJAS VENTAS, SE HA TOMADO LA DECISION DE ENTRARLE A LAS VENTAS AL CAMBACEO (CASA X CASA) Y VENDER NUESTROS PRODUCTOS DE CONSUMO, DE ESTOS PRODUCTOS.

LOS CONCENTRADOS Y JARABES PARA BEBER, CAUSA IVA 15%, A LA HORA DE COMPRA Y/O VENDER, PERO EN EST CASO EN PARTICULAR, NO QUEREMOS COBRAR EL IVA A LOS COSUMIDORES, LOGICO PARA QUE EL PRODUCTO SEA BARATO AL CONSUMIDOR Y ASI PODER VENDERLO AL PRECIO MAS ECONOMICO.

AHORA PARA CUESTIONES DE INVENTARIO COMO LE DOY SALIDA, SI COMPRO PRODUCTO CON IVA Y LO VENDO SIN IVA.

EN LA LEY DEL IVA ME PERMITE HACER ESO?

Y PUEDO HACER FACTURAS AL PUBLICO GENERAL, SIN IVA? DE ESTE PRODUCTO QUE SI CAUSA.

MAS QUE NADA MI FINALIDAD ES RECUPERAR LO QUE ME COSTO EL PRODUCTO, PORQUE ME LLEGARA LA CADUCIDAD DE CONSUMO DEL PRODUCTO Y ENTOCES SI MIS PERDIDAS SERAN CONSIDERABLES.

GRACIAS

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16 años 9 meses antes #55081 por Alberto FC
rege70 escribió:

...SE HA TOMADO LA DECISION DE ENTRARLE A LAS VENTAS AL CAMBACEO (CASA X CASA)...

LOS CONCENTRADOS Y JARABES PARA BEBER, CAUSA IVA 15%, A LA HORA DE COMPRA Y/O VENDER, PERO EN EST CASO EN PARTICULAR, NO QUEREMOS COBRAR EL IVA A LOS COSUMIDORES, LOGICO PARA QUE EL PRODUCTO SEA BARATO AL CONSUMIDOR Y ASI PODER VENDERLO AL PRECIO MAS ECONOMICO.

AHORA PARA CUESTIONES DE INVENTARIO COMO LE DOY SALIDA, SI COMPRO PRODUCTO CON IVA Y LO VENDO SIN IVA.

Y PUEDO HACER FACTURAS AL PUBLICO GENERAL, SIN IVA? DE ESTE PRODUCTO QUE SI CAUSA.

MAS QUE NADA MI FINALIDAD ES RECUPERAR LO QUE ME COSTO EL PRODUCTO, PORQUE ME LLEGARA LA CADUCIDAD DE CONSUMO DEL PRODUCTO Y ENTOCES SI MIS PERDIDAS SERAN CONSIDERABLES.

GRACIAS


A la hora de comprar, tus inventarios quedan afectados a precio de costo, el cual no incluye IVA.

Por ejemplo: Compras mercancia por $ 10,000.00 mas IVA

CARGAS:
Inventario 10,000.00
IVA efect. pagado 1,500.00

ABONAS
Bancos (o prov) 11,500.00

Es decir; aqui ya reconociste la entrada de la mercancia a tu almacén, así como el IVA correspondiente a esa compra el cual es acreditable por haber sido effectivamente pagado.
Si no hubieras pagado la compra, el iva estaria en IVA pendiente de pago y el abono hubiera sido a Proveedores. Es decir, debes la mercancia y su IVA correspondiente.

Por ende, si la entrada de la mercancia a tu inventario esta valuada a precio de costo, la salida igual será a precio de costo.

Cuando tu vendes una mercancia; no lo haces a precio de costo, sino a un precio de venta, es decir, tu precio de costo MAS un margen de utilidad. Pues de vender a precio de costo ninguna razón de ser tendria tu empresa pues tu ganancia seria NULA.

Retomando el ejemplo, pensemos que compraste 1000 unidades lo que te representa un PU de $ 10.00. Lo que nos lleva a concluir que tus 1000 no las venderas a 10 cu sino a $ 12 (x ejemplo) es decir tu precio de costo mas tu margen de utilidad (en este caso del 20%).

Pensemos, en el mejor de los escenarios, que vendes las 1000 unidades al precio de $ 12, mismos que cobras en efectivo, la operacion quedaria contabilizada asi:

CARGO:
Bancos 13,800.00

ABONO:
Ventas 12,000.00
IVA efectivamente cobrado 1,800.00

Complementariamente haces un asiento para afectar en tus inventarios la salida de la mercancia.

CARGOS:
Costo de Ventas 10,000.00

ABONO:
Almacén 10,000.00

Lo maneje como asiento complementario, pero igual y puedes hacerlo en uno solo toda la operación:

CARGO:
Bancos 13,800.00
Costo de Ventas 10,000.00

ABONO:
Ventas 12,000.00
IVA efectivamente cobrado 1,800.00
Almacén 10,000.00

Como prefieras hacerlo, lo importante es asentar el doble efecto de la venta, por un lado a precio de venta y por otro a precio de costo.

Si haces un comparativo, la utilidad de tu venta fue de 2,000.00 que representa la diferencia entre la venta de la mercancia y lo que te costó adquirir dicha mercancia vendida, pero como ves, en la afectación en inventario NO interviene el precio de venta, pues dicha afectación en inventarios siempre será a precio de costo, pues si mezclas uno con otro, las cifras de tu cuenta de inventarios se desvirtuarían y/o se alterarían.

Asimismo, vale comentar que tu IVA esta en función del PRECIO DE VENTA y no del de costo, dado que conforme al 1 de la LIVA, este impuesto se calcula sobre el VALOR de la ENAJENACIÓN y al ser tu enajenación de 12,000.00, sobre ella calculas dicho IVA.

Ahora; mencionas que venderás tus productos mas baratos; pero ello no significa que NO COBRARÁS EL IVA, sino que por el contrario EL VALOR DE TU ENAJENACIÓN SE REDUCIRÁ, hasta donde tu empresa lo decida, pero sin ser mayor que tu precio de costo, pues en dicho caso, como ya se vió, estarías perdiendo.

Retomando dtos anteriores: tu precio de costo x unidad es de $ 10.00, iniialmente tenías un PV de $ 12, pero ahora con la crisis (que vino de fuera se exculpa FdJCH), dicho precio de venta lo bajas, OJO, el que baja es tu PV nunca tu PC.

Por ejemplo, decides vender cada unidad en 10.5, como ves tu PV bajó pues pasó de 12 a 10.5, no estas perdiendo pues aun esta por encima de tu PC (10). Lo que estas haciendo es ganando menos o como se dice; estas "sacrificando utilidad", pues en vez de ganar $ 2 por unidad, estaras ganando solo $ 0.5. Merma de utilidad debido a tu afan de vender con menor ganancia a fin de no tener una PERDIDA producto de la no venta de tus artículos.

Ahora, si el PV se modifica a la baja, el IVA seguirá su mismo curso, es decir, se modificará tambien a la baja, pues como ya se mencionó, dicho IVA esta en función y/o se calcula sobre el precio de la enajenación.

Pensando en que vendas tus 1000 unidades a 10.5 cada uno, tu asiendo quedaría así:

CARGO:
Bancos 12,075.00
Costo de Ventas 10,000.00

ABONO:
Ventas 10,500.00
IVA efectivamente cobrado 1,575.00
Almacén 10,000.00

El resultado de tu estrategia de venta es una merma en la utilidad, pero ojo, aún sigue siendo utilidad lo cual te resulta benefico.

Antes ganabas $ 2000 por la venta de tus mil productos (12000-10000), hoy solo ganas $ 500 (10500-10000), esto resulta del comparativo entre el precio de venta menos el precio de costo.

Como vez; mientras haya enajenación, habrá IVA, pues este esta en función de aquélla.

No se habla de un "no cobro de IVA", sino más bien de una reducción del precio de venta. Mercadológicamente hablando resulta muy atractivo Ventas SIN QUE TE COBREN IVA pero numéricamente ello no sucede, sino lo que se hace es que se esta renunciando a una parte de la utilidad, lo cual es preferible en vez de obtener una pérdida rotunda.

Es decir, antes decias a tus clientes un jarabe por 13.80 cu ahora les dices un jarabe por 12.075, es decir, les estas vendiendo mas barato, pero el IVA alli esta, y no desaparece, dado que estas realizando uno de los actos (enajenación) gravados por este impuesto.

Las ventas a 13.80 antes representaban entradas a tu cuenta por 13,800 ahora te representan $ 12,075. Como vez, toda la afectación viene en tu precio de venta (ventas) e IVA, mas nunca en tu precio de costo, ya que ese se mantiene intacto ($ 10).

Se habló de que tu precio x jarabe sería razonable en 12.075 por unidad, pero puedes cerrarlo en $ 12.00, diles a tus clientes 12.00 por unidad, y no te cobro el IVA, mercadologicamente aceptable, pues es un atractivo, pues a la percepción de los clientes les estas vendiendo un producto SIN IVA pues pagan x el $ 12 cuando te deberían de pagar más... y tu los estas exentando de pagar el IVA (mercadologicamente hablando).

Cabe precisar 2 cosas:

1.- Tu sigues ganando (pues tu PV esta x encima de tu PC.
2.- El IVA si lo estas cobrando.

Pensemos que a tus vendedores los mandas con la consigna de promocionar el producto en 12 x unidad y díganles a los clientes que no se les cobra el IVA (para que a aquellos se les haga mas atractivo, si esa es tu intención).

Pensemos que se venden los 1000 productos a 12.00 tal y como lo planeaste, el punto es y ahora como determino el IVA dado que a estos clientes no les di factura y "supuestamente" no les cobre el IVA.

Conforme al 72 del reglamento de la LIVA, se entiende que las comercializadoras realizan sus actos con el público en general (primer parrafo), conforme al tercer párrafo se entiende que el el IVA se traslada dentro del precio ($ 12 en este caso), por lo cual, para obtener el importe del IVA deberás el precio (que se entiende incluye impuesto) entre 1.15 y el resultado lo multiplicarás por 15% ó 0.15 el resultado de esto último sería tu IVA (último párrafo).

Como mencionamos, pensando que se hayan vendido tus 1000 productos a 12 cu, esto te representa entradas a tu cuenta por 12000.

Conforme a la mecanica mencionada, divides los 12000/1.15 lo cual te da 10,434.78, misma que multiplicas por 0.15 (ó 15%) y te resulta en $ 1,565.22.

Lo que significa que tu enajenacion fue por $ 10,434.78 y el IVA de esa operacion fue de $ 1,565.22.

Derivado de esto, tu asiento cobtable quedaría así:

CARGO:
Bancos 12,000.00
Costo de Ventas 10,000.00

ABONO:
Ventas 10,434.78
IVA efectivamente cobrado 1,565.22
Almacén 10,000.00

Asi determinarias el IVA en tus operaciones, que como vez siempre esta presenta aun cuando aparentemente no lo cobras a tus clientes.

Recuerda que el IVA se calcula sobre el valor de las enajenaciones, por ello, mientras haya enajenación, habrá IVA, pues este es una consecuencia de aquellas.

En este caso, y por cuestiones mercadologicas "supuestamente" no cobraste el IVA para que ello fuera más atractivo para tus clientes, pero el IVA existió, oculto pero allí estuvo, al final de cuentas el verdadero impacto es que tu margen de ganacias se redujo, pues inicialmente era del 20% (12000-10000) y ahora es de 4% (10,434.78-10000).

Conclusión:

-El IVA, aunque oculto, siempre esta presente.
-El anuncio de un "supuesto" no cobro de IVA no es tal, sino el verdadero fondo es una "renuncia" a tu utilidad esperada.
-Antes de fijar el precio de promoción, checa que sea un precio tal que al compararlo contra tu precio de costo, el de venta sea superior a este.
- En este ultimo caso, tu PV estuvo x encima del PC (10.43>10)

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