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DEVOLUCION DE IVA ENERO'2010
- CPJesusR
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- Fuera de línea
- Fresh Boarder
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RESULTA QUE ESTOY PREPARANDO LA DEVOLUCION DE IVA DEL MES DE ENERO DE 2010, PERO ME ENCONTRE QUE AL MOMENTO DE CAPTURAR EL IVA DEL 16% EN EL PROGRAMA DEM IVA NO ME LO ACEPTA.
ME DICE QUE NADA MAS ACEPTA IVA DEL 15%, ESTO ES PARA LA RELACION DE PROVEEDORES.
Y ADEMAS ALGUIEN SABE COMO LE PUEDO HACER CON UN PROVEEDOR QUE TENGO TASAS DEL 15 Y 16%, ESTO ES PORQUE TENGO FACTURAS PAGADAS DE DICIEMBRE Y DE ENERO Y EN EL PROGRAMA NADA MAS ACEPTA UN SOLO MOVIMENTO POR RFC.
ENTRE A LA PAGINA DEL SAT ESTO FUE LO QUE ME DIJERON.
Gracias por esperar, no se ha actualizado la versión del programa DEM de IVA, en este caso se debe de llenar el DEM de IVA relacionando todas las operaciones a tasa del 15% y a través de escrito libre relacionar las operaciones que corresponden a tasa del 16%.
DE ANTEMANO GRACIAS A SU ATENCION PRESTADA.
SALUDOS.
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- Tula de Allende, Hidalgo
...AL MOMENTO DE CAPTURAR EL IVA DEL 16% EN EL PROGRAMA DEM IVA NO ME LO ACEPTA.
...
ENTRE A LA PAGINA DEL SAT ESTO FUE LO QUE ME DIJERON.
...no se ha actualizado la versión del programa DEM de IVA, en este caso se debe de llenar el DEM de IVA relacionando todas las operaciones a tasa del 15% y a través de escrito libre relacionar las operaciones que corresponden a tasa del 16%.
Si es posible, ya que así lo prevén los párrafos cuarto y quinto del art. 31 del Código Fiscal de la Federación.
Transcribo la parte conducente:
En los casos en que las formas para la presentación de las declaraciones no hubieran sido aprobadas y publicadas a más tardar un mes antes de la fecha en que el contribuyente esté obligado a utilizarlas, los obligados deberán utilizar las últimas formas publicadas y, si no, las formularán en escrito que contenga su nombre, denominación o razón social, domicilio y clave del Registro Federal de Contribuyentes, así como el ejercicio y los datos relativos a la obligación que pretendan cumplir. ( 4to p )
Los formatos electrónicos, se darán a conocer en la página electrónica del SAT, los cuales estarán apegados a las disposiciones fiscales aplicables, y su uso será obligatorio siempre que la difusión en la página mencionada se lleve a cabo al menos con un mes de anticipación a la fecha en que el contribuyente esté obligado a utilizarlos. ( 5to p )
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- CPJesusR
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