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Pago provisional IETU a cargo pero anual base nega

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16 años 5 meses antes #59371 por adolfors
Muy buenas tardes tengan todos
espero me puedan ayudar con lo siguiente se los agradecere.


tengo cantidad a cargo de IETU en el mes de mayo en su momento de cumplio solo con la obligacion presetamos estadistica.

pero para los dos siguientes meses Junio, Julio 2009, Tengo base negativa y que me alcanza para cubrir lo del mes anterior donde tube a cargo Mayo 2009. es correcto si en la anual presento ya como que dotodo en el ejecicio o tengo que hacer pago en la del periodo de mayo 2009 no se si los accesorios solo pagar o no por que ya anual se voltea por completo mi base y no tengo a cargo.


espero me puedan ayudar.


y una duda me comentaron que puedo hacer deducible un simple pagare. claro con una celebracion de contrato.

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16 años 5 meses antes #59382 por congresista
se presume que cuando se presentó la de declaración estadistica en ceros se debio a que no tenia cantidad a cargo. debe presentarse el pago en el periodo que señalas y cuando ya realmente tengas una base negativa hacer la estadistica, claro el pago con su debido actualización y recargos.

con respecto a deducir pagaré sugiero la lectura de los articulos 31 de la ley de ISR, art. 125 de la misma ley.

(al momento de firmar pagaré supongo en donde el contribuyente da dinero o cheque , etc. como se deduciría , como se llama el proveedor de productos o servicios o para que es, obviamente debe ser estrictamente indispensable, etc.)

congresista

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16 años 5 meses antes #59391 por Lalo_
El IETU e ISR es ANUAL .... Asi que la obligacion es ANUAL. Por lo tanto No pagues... cuando mucho paga actualizacion y recargos. y el Impuesto cobrelo en la Anual. anque sea CEro esta cubierto en la anual.

Lo del PAgare no procede.... ya ha resuleto la corte que es SOLO garantia de pago....

PERO si ese es el caso .... buscale en CCF ... en formas de extincion de las obligaciones = )

Salu2

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16 años 5 meses antes #59438 por César Saúl Castro Vázquez
Respuesta de César Saúl Castro Vázquez sobre el tema Re: Pago provisional IETU a cargo pero anual base nega
HOLA: adolfors:
espero me puedan ayudar.


y una duda me comentaron que puedo hacer deducible un simple pagare. claro con una celebracion de contrato.


Respecto a la pregunta anterior, la tercera oración de la fracción III del numeral 6 LIETU señala que
Igualmente se considerarán efectivamente pagadas cuando el contribuyente entregue títulos de crédito suscritos por una persona distinta.

Esto es por ejemplo si "X" empresa tiene pasivos y no tiene $ para pagar en estos casos si un tercero le firma pagarés al proveedor por la deuda del contribuyente,.... y se realiza un contrato de novación de deduda, de esta manera en la fecha de la firma de los pagarés el contribuyente hace deducible esos pasivos ....................................................................................................................

El proveedor tiene su efecto hasta que efectivamente cobre.

Creo por ahí va tu cuestionamiento.

Saludos

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16 años 5 meses antes #59460 por Lalo_
Lo que Saul propone es una buena forma. solo checa tesis y juris acerca de cuanto existe una novación de verdad. Tiene que haber un cambio sustancial para que sea novacion valida.


:woohoo:

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