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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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ACREDITAMIENTO ISR ANUAL
- SERDNA
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EN UNA ANUAL PERSONA FISICA REGIMEN ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y PROFESIONAL RESULTA UN SALDO A FAVOR DE ISR, Y UN SALDO A CARGO DE IETU, EL PROGRAMA DECLARASAT PREGUNTA: TIENE UN SALDO DE ISR PAGADO EN EXCESO QUE SE PUEDE ACREDITAR CONTRA IETU A CARGO ¿DESEA APLICAR ESTE ACREDITAMIENTO? POR LO CUAL DIGO SI, Y COMO SALDO A CARGO DE IETU ME DA 0.00
MI DUDA ES EL PROGRAMA ME HABLA DE UN ACREDITAMIENTO Y CHECANDO LA CUARTA RESOLUCION DE EL DIA 31 DE MARZO DICE Q SI SE APLICA DICHO SUPUESTO SE DEBE PRESENTAR AVISO DE COMPENSACION? PARA MI SUPUESTO ESTOY REALIZANDO UN ACREDITAMIENTO NO UNA COMPENSACION PERO PODRIAN APOYARME QUE ES LO CORRECTO QUE SE DEBE DE HACER, SI LA DECLARACION QUEDA ASI O SE DEBE PRESENTAR DICHO AVISO
DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS
SALUDOS
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- Alberto_2010
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...PARA MI SUPUESTO ESTOY REALIZANDO UN ACREDITAMIENTO NO UNA COMPENSACION PERO PODRIAN APOYARME QUE ES LO CORRECTO QUE SE DEBE DE HACER, SI LA DECLARACION QUEDA ASI O SE DEBE PRESENTAR DICHO AVISO...
Hola Serdna,
Si estas realizando un acreditamiento de ISR a favor VS IETU... ¿tienes el fundamento a la mano que sustente dicha acción?
MSN: ase_fiscal_contable@hotmail.com
Facebook: www.facebook.com/pages/AFISCA-Asesor%C3%...tiva/191741297534448
.::AFISCA.-Asesoria Fiscal Contable y Administrativa::.
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- SERDNA
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- Alberto_2010
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Desafortunadamente muchos "contadores" o contribuyentes estan cometiendo el grave ERROR de ACREDITAR el ISR a favor vs IETU, aun a sabiendas de que NO EXISTE FUNDAMENTO LEGAL PARA ELLO.
Aunado a ello, el declaraSAT, tambien contribuyo a que esta confunción se hicera mucho mayor, puesto que muchos al finalizar el llenado, y obtener un saldo a favor se le abrio una ventanita diciendo:
DeclaSAT version 2010
Tiene un saldo de ISR pagado en exceso que puede acreditar contra el IETU a cargo, desea aplicar este acreditamiento?
si ..........
no
y muchos se fueron con la finta de que este supuesto "acreditamiento" era aplicable en este caso, si embargo esto es ERRONEO, tan es así que hay 3 prueblas de esto:
1.- El SAT saco una nueva versión "extra-oficial" ó por "debajo del agua" que ya no arroja dicha ventanita...corrigió ese pequeño gran error...
2.- La siguiente regla miscelanea:
Compensación de ISR a favor contra IETU del ejercicio
I.4.11. Para los efectos del artículo 7 de la Ley del IETU, por el ejercicio de 2009 los contribuyentes personas físicas podrán efectuar la compensación en términos del artículo 23 del CFF, del saldo a favor del ISR del ejercicio contra el saldo a cargo del IETU del mismo ejercicio, correspondiente a la propia declaración de pago. La presentación del aviso de compensación a que se refiere el artículo 23 del CFF, podrá realizarse durante el todo el mes de mayo de 2010. Esta disposición no aplica a los sujetos señalados en el artículo 20, apartado B del Reglamento Interior del SAT, publicado en el DOF el 22 de octubre de 2007.
Por el ejercicio fiscal de 2009, los contribuyentes que hubieran efectuado la compensación del saldo a favor del ISR del ejercicio contra el saldo a cargo del IETU del mismo ejercicio en términos del artículo 23 del CFF, a través del renglón “ISR PAGADO EN EXCESO APLICADO CONTRA EL IETU” que aparece en la declaración anual en los programas DEM, para personas morales, así como DeclaraSAT y Declaración Automática para personas físicas, o en su caso, hubieran optado por compensar dicho saldo a favor contra el IETU a cargo del mismo ejercicio, a través de la aplicación del portal bancario, podrán presentar el aviso de compensación a que se refiere el último precepto citado durante el mes de mayo de 2010.
LIETU 7, CFF 23, RISAT 20
3.- NO EXISTE fundamento legal para ACREDITAR el ISR A FAVOR vs IETU a cargo. Muchos se escudan diciendo que "el año pasado si nos permitia"... pero, eso no es cierto.. que los contribuyentes aplicaran de manera se INCORRECTA ese criterio, ES OTRA COSA....
Así que aguas!!
No confundir y a presentar el respectivo aviso de compensación en el mes de mayo.
Saludos
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- jamendoz
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saludos
cp jose antonio mendoza p
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- Bumblebee
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gracias
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