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REGLAMENTO DE USO (31 Mar 2011)
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Acreditamiento de ISR retenido vs IETU
- martel
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En uno tiene desabilitada la opcion de acreditamiento de saldo a favor de isr (por exceso de retenciones) contra ietu o sea que haces la compensacion directamente en la misma declaracion en la pantalla de datos complementarios en la parte inferior hay un boton que dice compensaciones y ahi anotas la cantidad de saldo a favorque tienes y contra que impuesto deseas aplicarlo.lo veras aplicado en la hoja de ayuda del ietu.
En el otro, detecta que tienes un saldo a favor de isr y te pregunta en automatico si quieres acreditar este saldo a favor contra ietu, y le das aceptar, y listo el programa te lo aplica directamente.
Pero en ambos se tiene que presentar aviso de compensacion por ese saldo a favor que se aplico contra IETU, de acuerdo al SAT se puede presentar en todo el mes de mayo.
Si quiern una pagina donde pueden bajar el declarasat que si te pide acreditar el saldo a favor de isr contra IETU, aqui tiene una pagina:
consejorofiscal.com
ahi en la pagina principal lo van a encontrar como declara 2010.
Pero les recuerdo... el sat dice que no es acreditamiento, que es compensacion y se tiene que presentar aviso
espero haberles ayudado.... nos vemos
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- Adris
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no puedo acreditar mis retenciones de ISR contra el Ietu.
Me dijo que para Ietu no se acreditan las retenciones ni los pagos provisionales
de ISR del ejercicio. Solamente se pueden acreditar el ISR propio.
Yo se que ya esta muy tocado este tema.Pero en el declarasat primero tengo que
terminar Isr para despues irme al detalle de calculo y checar cuanto es mi ISR
Causado y agregarlo en el Ietu en el renglon de isr propio del ejercicio.
Asi me da a pagar Ietu porque no puedo agregar esas retenciones y los pagos
de Isr.
Art. 8 segundo parrafo ietu.
Me podrian aclarar toda esta duda por favor nuevamente.
Saludos!!!
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- editor20
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- Alberto_2010
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1) El programa lo baje si no mas recuerdo el día 23 de Abril, tal vez lo volvieron a cambiar, lo cual NO me sorprendería ya que el año pasado contabilice de manera personal nada más 7 actualizaciones al DECLARASAT de manera EXTRAOFICIAL. (algunos dicen que fueron 9)
2) Sin embrago no veo por que se mortifican tanto, les recuerdo que el ISR PROPIO por acreditar será solamente el ISR CAUSADO, y puede o no, que las retenciones formen parte de ese ISR PROPIO. En el caso de que las retenciones causen un ISR a favor, se COMPENSARA dicho saldo contra el IETU a cargo, presentando el respectivo aviso a mas tardar en el mes de mayo.
De hecho para clarificar esto el mismo SAT señala lo siguiente:
El ISR que se acredita contra IETU
Es el ISR propio del ejercicio; es decir, el ISR que se termina en la declaración anual que fue efectivamente pagado, no se puede considerar aquel que se hubiera pagado con acreditamientos o reducciones, salvo el acreditamiento del IDE, en el caso del DeclaraSAT el importe a considerar es el que se refleja en la “hoja de detalle de cálculo” en el concepto: IMPUESTO SOBRE LA RENTA CAUSADO, cabe mencionar que la aplicación no afecta este importe en forma automática, ya que hay que verificar si el importe no fue cubierto con algún acreditamiento o reducción
***Respecto a las deducciones personales entre otros que causan que el ISR anual disminuya y por ende se incremente el IETU, es una simple jalada de pelos por parte del legislador, puesto que de manera aparente los únicos beneficiados con tales deducciones personales son los "asalariados"
Así que lo dicho... dicho esta...
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- Cesar_conta
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Les planteo lo siguiente:
En el caso de que una PF tenga ingresos por salarios (no sujeto de IETU)junto con arredamiento (sujeto IETU) la ley dice que no puede acreditar el 100% del ISR causado en el ejercicio, que hay que sacar una proporcion dividiendo los ingresos sin salarios entre los ing con salarios.
Para el caso de solicitar devolucion de ISR por las deducciones personales no seria valido calcular el ISR antes de capturar dichas deducciones ya que estas no son sujetas de IETU? Asi seria pareja la aplicacion del ISR causado.
En mi ejemplo hay:
ISR Retenido $28,000
ISR Causado $25,000
ISR a favor $ 3,000
IETU causado $48,000
ISR propio $25,000
Pagos prov IETU $20,000
Dif a cargo $ 3,000
Al momento de compensar la diferencia seria cero.
Al meter deducciones personales el ISR causado va a bajar y el IETU va a subir. Pero si sigo dejando en acreditamientos de IETU el mismo ISR causado de $25,000 el IETU me va a salir en ceros y me dara el efecto de ISR a favor sobre las deducciones personales.
Que opinan?
Gracias y saludos.
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