Buenas tardes a todos!!
Antes que nada quiero felicitarlos por el desempeño que se observa para poder enriquecer con la diversidad de experiencia los distintos temas que aqui se leen.
Abocandome al tema, quiero pedir su asesoria con respecto a la facturación de un regimen intermedio bajo el giro de muebleria. Se maneja la venta a crédito, situación que me lleva dudar sobre la forma en que debo facturar.
Se supone que si Juan Pérez Pérez el dia de hoy (8 junio 2010) me compra una T.V. a 3 meses por la cantidad de $3,480.00.
Yo llenaría una factura indicando:
1.El nombre del cliente ¿aunque no tenga RFC?
2.El monto total, desglosando IVA.
3. ¿Tendría que poner la leyenda: pago en parcialidades?
4. Según el artículo 32 Fracción III LIVA, puedo en vez de expedir una factura por cada pago que me realicen, anotar en la factura que dio origen a la transacción las parcialidades que se vayan cobrando. En el reverso de la factura anotaría, por ejemplo: Importe cobrado parcialidad 1/3 Subtotal 1000 IVA 160 Total 1160 8 Junio 2010.
5. Y en los subsecuentes anotaría de igual manera:
Importe cobrado parcialidad 2/3 Subtotal 1000 IVA 160 Total 1160 8 Julio 2010.
Importe cobrado ultima parcialidad 3/3 Subtotal 1000 IVA 160 Total 1160 8 Agosto 2010.
¿Es correcta mi apreciación y aplicación?
Agradezco su opinión.