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Ingresos por Inversiones Acumulables

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16 años 2 meses antes #61833 por carlos esteban
Hola buenas tardes, compañeros.

espero me puedan ayudar, con la siguiente duda que tengo.

la empresa en la que trabajo invierte dinero en una casa bolsa,
en la casa de bolsa tenemos una cuenta (LA CUENTA NO ES DE UN BANCO SINO DE LA PROPIA CASA DE BOLSA) en la que recibimos los interes que ganamos al invertir en esa casa.

mi pregunta es es correcto que se haga asi, o se tendria que recibir los intereses ganados en la cuenta bancaria que se maneja (en LA que se registran los ingreso y egresos de la empresa), y como es que se registrarian estos en contabilidad. y si tengo que considerarlos para IVA, IETU E ISR

espero me aya podido explicar, gracias por su tiempo, y gracias de antemano por sus respuestas.

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16 años 2 meses antes #61842 por contadorg
javier_enrique_b

De manera escueta:

Sin importar el lugar en que “guarden” el monto de los intereses que la empresa gana como consecuencia de las inversiones que tiene en una casa de bolsa, debe ser considerado como ingreso acumulable en ISR puesto que son de aquellos que con esa característica menciona el artículo 9 de la Ley.

Para lo anterior debes considerar que no importa el lugar en que se deposite o guarde el monto de los intereses sino que basta con que sean gravados para que el contribuyente se vea obligado a realizar el registro tanto para aspectos financieros como fiscales de los mismos.

El asiento mediante el que debes registrar es:

Cargo a Inversiones en Valores
Subcuenta Casa de bolsa Fulana de Abraham (esto último se refiere a señalar el nombre de la institución)

Con

Abono a Productos Financieros
Subcuenta Interese de inversiones


Además es preciso que tengas realizado el registro del monto de la Inversión

En otras palabras, cualquier operación que realice el contribuyente con recursos afectos a su actividad, debe quedar debidamente registrada en contabilidad.

IETU

Los interese no se consideran gravados por el IETU ya que al provenir de inversiones no corresponden a los actos que la Ley grava en términos del artículo 1

Es decir, no son ingresos provenientes de enajenaciones, ni de prestación de servicios personales independiente ni mucho menos de arrendamiento de bienes.

IVA
Para poder dar una respuesta adecuada a esta materia existe la necesidad de conocer en forma pormenorizada la operación –según palabras del contrato respectivo- para que, por medio de esa información, poder opinar si caen o no en los supuestos de exención contenidos en el artículo 15 de la LIVA.

Sin embargo, la casa de bolsa debe realizar la entrega de documentos en los que se señale el monto de los intereses ganados y, si están gravados, el del IVA causado por el contribuyente.

Entonces, bastará con analizar esos comprobantes para determinar si se consideran gravados o exentos en el IVA.

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16 años 2 meses antes #61848 por carlos esteban
MUCHAS GRACIAS POR TU AYUDA ME HA SIDO DE MUCHISIMA UTILIDAD, GRACIAS.


ME HAS HABIERTO UN POCO MAS MI ENTENDIMIENTO.

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