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Invitación a pagar de una multa impugnada

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16 años 2 meses antes #62323 por Chay
Buen día a todos los foristas :)

Aquí les va la hitoria: A principios de Junio presenté Recurso de Revocación contra una multa en base a que se había presentado una DIOT de Diciembre 2009 a requerimiento de la autoradad. En la que se alegó que si se presentó, mucho antes que llegará tal requerimiento y la consecuente multa. Aún no he tenido respuesta de la autoridad (bueno, si tomamos en cuenta que dura mucho para resolver).

Sin embargo, le llegó a mi cliente una invitación a pagar, con todo y formulario de pago, de la misma multa (mismo No. de crédito y obligación) hace como dos semanas, del Administrador de Cobro Persuasivo y Garantías 2, es decir, por correo certificado sin acuse de recibo.

Mi duda es la siguiente: Si presento un escrito como parte del recurso que ya había interpuesto comentando que llegó esa invitación, o si presento otro recurso de revocación, o por el contrario, si no hago nada hasta que responda la autoridad.

Me sería de mucha ayuda su guía y experiencia :)

Gracias :)

Lic. Rosario Riuz
Chihuahua, Chih.
Arriba el Norte!!!!

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16 años 2 meses antes #62350 por Gealram
Chay, yo me iria a la administracion a preguntar si ya hubo respuesta del recurso interpuesto. En estricto sentido el formulario que te llego es como un llamado a misa, pero mejor ve a la administracion a ver que paso con el recurso y de ahi tomas la desicion.

Saludos

¡SE FELIZ!!, Libera tu corazón de odios, Tu mente de preocupaciones, Vive sencillamente, Da mas espera menos y Ten esperanza siempre.

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16 años 2 meses antes #62354 por JRVALLES
Hola paisana!!!


Una pregunta... solicitaste en tu recurso la suspension de la ejecucion del acto impugnado???

Saludos

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16 años 2 meses antes #62365 por Chay
Hola!!!

Sí, si se pidió la suspensión del acto impugnado de acuerdo al artículo 133 último párrafo del Código Fiscal.

De todos modos, como dice el compañero gealram, me voy a dar una vuelta al SAT a preguntar como va el recurso.

Muchas gracias :D

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16 años 2 meses antes #62371 por jugamo
hola buenas tardes a todos, me llama la atencion tu caso,puesto que para que la autoridad te haya notificado una multa, es:
no diste contestacion al requerimiento de la declaracion de la DIOT solicitada, dices que ya la tenias presentada antes de la notificacion de dicho requerimiento.
Tu declaracion posiblemente fue rechazada por la auridad y no te diste cuenta.
Ahora bien, interpones la multa mediante recurso de revocion en junio, no se bajo que fundamentos, pero si desde un principio presentaste todo correctamente esta no debio llegar aunque no falta que la autoridad sea arbitraria, tu recurso podria llegar la contestacion en un plazo de 20 a 30 dias si no es que se van a la negativa ficta que el plazo es de tres mes para que la autoridad te conteste.
luego entonces dices que a tu cliente le llega UNA INVITACION para pagar la multa, recuerda quer solo es eso, una invitacion, que si sabes que estas mal la autoridad te esta dando la oportunidad a pagar sin sanciones complementarias y si no haber si es chicle y pega, por otra parte ya no puedes meter ningun recurso hasta que no obtengas constestacion de la autoridad o hayan trascurrido los tres meses para que demandes la negativa ficta, este ultimo documento es una invitacion contra ella no procede ningun recurso recuerda art. 116 de C.F.F.

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