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suspension act. p.f. primer dia del mes

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16 años 1 mes antes #62634 por andrea54
Hola! Tengo una duda, una persona fisica que se suspende el dia 01/06/2010, (aparece en su informacion de rfc así: situacion:suspendido, fecha de situacion: 01/06/2010) ¿tiene obligación de presentar declaracion mensual del mes de junio? :huh:

Porque tengo entendido que se se deben presentar declarac. por el periodo anterior a la suspension, y no estoy segura de que se hayan creado obligaciones el mes de junio,siendo la fecha de situacion el 1 de junio.
y otra cosita :dry: ¿aqui aplica el que tiene oportunidad de presentar la suspension a mas tardar en la fecha que estaba obligado a presentar declaración?
ojalá alguien pueda orientarme si se debe presentar la declaracion de junio, no quiero presentarla sin necesidad y que se reanude la actividad, y no quiero dejarla de presentar y de lugar a un requerimiento :ohmy:

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16 años 1 mes antes - 16 años 1 mes antes #62637 por LOBOZAC
CFF

Artículo 6o.- Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurran.

Dichas contribuciones se determinarán conforme a las disposiciones vigentes en el momento de su causación, pero les serán aplicables las normas sobre procedimiento que se expidan con posterioridad.


...

me permiti mochar el articulo, porque esta parte es la que debes entender a fin de encontrar tu respuesta....

comentas si captaste ?

gracias

saludos
Última Edición: 16 años 1 mes antes por LOBOZAC.

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16 años 1 mes antes - 16 años 1 mes antes #62648 por andrea54
Muchas gracias por contestar LOBOZAC, creeras que como que ocupo explicacion como que con mas manzanitas, :unsure: a lo que voy entendiendo es que si se debe presentar la declaracion de junio, solo no la presentaria en el supuesto de presentar la suspension el 31 de mayo o antes...
¿Voy bien? o me regreso? o voy completamente al reves? :blush:
y muuuchas gracias otra vez por leer y contestar :)
y se agradecen tooodas las opiniones de quien quiera comentar :)
Última Edición: 16 años 1 mes antes por andrea54.

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16 años 1 mes antes #62649 por congresista
saludos:

deberás presentar declaracion por el mes de junio; si hubiera sido la suspensión hasta el 31 de mayo, obviamente junio ni hablarlo.


atte

congresista

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16 años 1 mes antes #62652 por cpcadena
yo considero que si debes de presentar junio puesto que al dar de baja no quedas eximido de presentar tus actividades que presentaste con anterioridad tienes hasta le dia de hoy para prsentar decalaraciones de junio.. asi que a trabajr

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16 años 1 mes antes #62655 por andrea54
Muchisimas gracias a todos por responder, soy nueva aqui, y encuentro muchas personas amables, gracias por ayudarme a despejar mis dudas :)

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