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compulsa -informacion diot
- cesar4
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15 años 8 meses antes #67252
por cesar4
compulsa -informacion diot Publicado por cesar4
buenas tardes compañeros del foro, disculpen por distraer su atenciòn, ojala me puedan apoyar con sus valiosas opiniones,a un contribuyente le llego compulsa de un proveedor (es a quien le estan haciendo la auditoria), me piden informacion de todo lo que se le compro del periodo de enero a marzo 2010, el proveedor nos indico que tuvo que realizar complementarias de sus declaraciones por las fechas de pago, observo que en mi estado de cuenta aparecen los pagos hechos el 27 de febrero de 2010 (sabado) y al proveedor le aparecen sus movimientos reflejados el 1 de marzo de 2010 (lunes), el banco que manejamos es banorte (da servicio los sabados) y el del proveedor es banamex, entonces ahora que quiero amarrar mi declaracion informativa de operaciones con terceros no coincidimos en febrero y marzo por las fecha en que aparecen asentados los movimientos en el banco ¿es correcto que se maneje tal cual aparece en el banco o debo hacer algun cambio?
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- bandido
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15 años 8 meses antes #67256
por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: compulsa -informacion diot
no debes de hacer ningùn cambio, ni el proveedor.... tu compruebas tus movimientos con tu estado de cuenta, y el proveedor con su edo de cta
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- mikecoz81
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15 años 8 meses antes #67264
por mikecoz81
Respuesta de mikecoz81 sobre el tema Re: compulsa -informacion diot
Buenas noches César
Estas seguro que tu banorte realmente efectuó el movimiento el día sábado?
Por que Banorte, trae 2 fechas, del movimiento y de la afectación.
Estas seguro que tu banorte realmente efectuó el movimiento el día sábado?
Por que Banorte, trae 2 fechas, del movimiento y de la afectación.
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- bandido
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15 años 8 meses antes #67275
por bandido
Respuesta de bandido sobre el tema Re: compulsa -informacion diot
art 31 fracc IX LISR
Tratándose de pagos que a su vez sean ingresos de contribuyentes personas físicas, de los contribuyentes a que se refieren el Capítulo VII de este Título, así como de aquéllos realizados a los contribuyentes a que hace referencia el último párrafo de la fracción I del artículo 18 de esta Ley y de los donativos, éstos sólo se deduzcan cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio de que se trate. Sólo se entenderán como efectivamente erogados cuando hayan sido pagados en efectivo, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, o en otros bienes que no sean títulos de crédito. Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dichatransmisión sea en procuración. También se entiende que es efectivamente erogado cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones.
"Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado ", en tu caso, el proveedor lo cobrò el 27/02/2010, y como prueba tienes tu estado de cuenta comprueba la fecha, minuto , segundo y nùmero de folio con que fuè cobrado, independientemente cuando el banco le tras`mitiò el dinero al otro banco
Tratándose de pagos que a su vez sean ingresos de contribuyentes personas físicas, de los contribuyentes a que se refieren el Capítulo VII de este Título, así como de aquéllos realizados a los contribuyentes a que hace referencia el último párrafo de la fracción I del artículo 18 de esta Ley y de los donativos, éstos sólo se deduzcan cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio de que se trate. Sólo se entenderán como efectivamente erogados cuando hayan sido pagados en efectivo, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, o en otros bienes que no sean títulos de crédito. Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dichatransmisión sea en procuración. También se entiende que es efectivamente erogado cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones.
"Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado ", en tu caso, el proveedor lo cobrò el 27/02/2010, y como prueba tienes tu estado de cuenta comprueba la fecha, minuto , segundo y nùmero de folio con que fuè cobrado, independientemente cuando el banco le tras`mitiò el dinero al otro banco
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- caamalr
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15 años 8 meses antes #67314
por caamalr
Asi es mi estimado cada quien presenta la información fiscal segun sus movimientos y datos comprobatarios de pago. Tu de acuerdo a tu Edo de cuenta.
Respuesta de caamalr sobre el tema Re: compulsa -informacion diot
Asi es mi estimado cada quien presenta la información fiscal segun sus movimientos y datos comprobatarios de pago. Tu de acuerdo a tu Edo de cuenta.
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- cesar4
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15 años 8 meses antes #67323
por cesar4
Respuesta de cesar4 sobre el tema Re: compulsa -informacion diot
gracias, por sus valiosas opiniones, que tengan bonitas fiestas
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